Corrección derrores del Reglamento de Ejecución (UE) 2016/12 de la Comisión, de 6 de enero de 2016, por el que se da por concluida la reconsideración provisional parcial de las medidas antidumping y compensatorias aplicables a las importaciones de módulos fotovoltaicos de silicio cristalino y componentes clave (como células) originarios o procedentes de la República Popular China ( DO L 4 de 7.1.2016 )

SectionCorrección de errores

2.2.2016 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 25/69

En la página 8, en el considerando 64:

donde dice:

El presente Reglamento es conforme al dictamen del Comité establecido en el artículo 15, apartado 1, del Reglamento (CE) no 1225/2009 y en el artículo 25, apartado 1, del Reglamento (CE) no 597/2009.

,

debe decir:

El Comité establecido en el artículo 15, apartado 1, del Reglamento antidumping de base y en el artículo 25, apartado 1, del Reglamento antisubvenciones de base no ha emitido ningún dictamen.

.

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