Informe final del consejero auditor en el Asunto de vidrio para automóviles (COMP/39.125 — PO/Vidrio para automóviles) [con arreglo a los artículos 15 y 16 de la Decisión (2001/462/CE, CECA) de la Comisión, de 23 de mayo de 2001, relativa al mandato de los consejeros auditores en determinados procedimientos de competencia — DO L 162 de 19.6.2001, p. 21]

SectionInformaciones

ES Diario Oficial de la Unión Europea C 173/9

Informe final del consejero auditor en el Asunto de vidrio para automóviles (COMP/39.125 - PO/Vidrio para automóviles)

[con arreglo a los artículos 15 y 16 de la Decisión (2001/462/CE, CECA) de la Comisión, de 23 de mayo de 2001, relativa al mandato de los consejeros auditores en determinados procedimientos de competencia - DO L 162 de 19.6.2001, p. 21]

(2009/C 173/06)

El proyecto de Decisión en el presente asunto plantea las siguientes observaciones:

INTRODUCCIÓN

En febrero y marzo de 2005, la Comisión procedió a diversos registros en varios Estados miembros en los locales de grandes productores de vidrio para automóviles. En febrero de 2005, la Comisión recibió una solicitud de dispensa del pago de multas o, alternativamente, de reducción de su importe, al amparo de la Comunicación de la Comisión de 2002 relativa a la dispensa del pago de multas y la reducción de su importe en caso de cártel ( 1

). Sobre la base de la información recopilada durante la investigación, la Comisión llegó a la conclusión preliminar de que los tres principales proveedores de vidrio para automóviles, a saber, Saint-Gobain, Pilkington y AGC, llegaron a acuerdos o concertaron prácticas para el suministro de vidrio para automóviles en la UE y que también intercambiaron información comercial sensible contraviniendo así el artículo 81 del Tratado CE y el artículo 53 del Acuerdo EEE a partir, como mínimo, de 1997 y al menos hasta octubre de 2004. Soliver, un proveedor belga más pequeño, participó en tales acuerdos o prácticas concertadas solamente desde diciembre de 1998 hasta marzo de 2003.

PROCEDIMIENTO ESCRITO Pliego de cargos y plazo de respuesta

La Comisión notificó un pliego de cargos el 19 de abril de 2007 a las siguientes partes:

i) Asahi Glass Co. Ltd y sus filiales; Glaverbel SA, Glaverbel France SA, Glaverbel Italia S.r.l., Glaverbel UK, Splintex France SA, Splintex UK Limited, AGC Automotive Europe SA y AGC Automotive Germany GmbH,

ii) La Compagnie de Saint-Gobain SA y sus filiales; Saint-Gobain Glass France SA, Saint-Gobain Sekurit Deutschland GmbH y Saint-Gobain Sekurit France SA,

iii) Pilkington Group Limited y sus filiales; Pilkington Automotive Ltd, Pilkington Automotive Deutschland GmbH, Pilkington Holding GmbH, Pilkington Italia Spa, y

iv) Soliver NV.

Las partes recibieron el pliego de cargos el 20 de abril de 2007 y dispusieron de dos meses para responder. Previa petición razonada...

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