Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre el tema «La evolución de la gran distribución y su impacto en proveedores y consumidores»

SectionResoluciones, recomendaciones y dictámenes

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Diario Oficial de la Unión Europea C 175/57

Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre el tema «La evolución de la gran distribución y su impacto en proveedores y consumidores»

(2009/C 175/10)

El 27 de septiembre de 2007, de conformidad con el artículo 29, apartado 2, de su Reglamento Interno, el Comité Económico y Social Europeo decidió elaborar un dictamen de iniciativa sobre el tema

La evolución de la gran distribución y su impacto en proveedores y consumidores

.

La Comisión Consultiva de las Transformaciones Industriales, encargada de preparar los trabajos del Comité en este asunto, aprobó su dictamen el 18 de noviembre de 2008 (ponente: Sra. SHARMA).

En su 449o Pleno de los días 3 y 4 de diciembre de 2008 (sesión del 3 de diciembre de 2008), el Comité Económico y Social Europeo aprobó el siguiente dictamen por 136 votos a favor, 21 en contra y 20 abstenciones.

Conclusiones, recomendaciones y propuestas

gran distribución minorista (GD) desempeña en Europa destacado en lo referente a su contribución a la econola creación de empleo y a la diversificación de la oferta a consumidores. Recientemente han aparecido datos concretos sobre los efectos de este fenómeno. En el contexto de de Lisboa, orientada a la competitividad, al crecio y a la creación de más y mejores puestos de trabajo, el predictamen ha identificado ámbitos específicos en los que se mejorar la transparencia y la diligencia dentro del sector, al mismo tiempo a los minoristas, proveedores, y consumidores.

Comisión Europea, y en particular las DG de Mercado Interior y Empresa, están llevando a cabo actualmente trabajos de sobre la evolución del sector minorista, especialen lo relativo a márgenes, longitud de la cadena de sumiy elementos que la integran, así como sobre el sector en su conjunto. La DG de Empleo examinará las neceque presentará el sector minorista en materia de cualifide aquí al 2020. El Comité brinda su apoyo a la Comisión colaborar en todo lo posible.

Comité presenta a continuación sus recomendaciones, medidas encaminadas a mantener el crecimiento y

una sana competencia para minoristas y proveedores, prolos empleados y ofrecer además beneficios a largo plazo los consumidores, todo ello sin detrimento de la

CESE seguirá observando la evolución de la gran distrianalizando, en particular, la evolución de los grandes en los países europeos de menor dimensión y en secincluidos en el presente estudio, como, por ejemplo, el de los electrodomésticos.

De acuerdo con estudios encargados por el CESE (1), resulta que en Europa Occidental se está produciendo un fenóde concentración de la gran distribución en el sector de la y la confección, así como en otros como el bricodeporte, el ocio y la cultura. Sin embargo, ello no es

consecuencia, por lo general, de fusiones, absorciones o adquisiciones dentro el sector. A pesar de que en los últimos años han aparecido grandes empresas internacionales de distribución, el sector sigue teniendo un carácter preponderantemente nacional.

1.6 El crecimiento y la prosperidad del sector minorista es un factor positivo para la economía europea. Muchos minoristas, que en sus orígenes fueron PYME, se abrieron paso a base de ser más eficientes, competitivos y productivos y estar más atentos a las necesidades del consumidor. Tanto los modelos de empresa de propiedad privada como las cooperativas y modelos de economía social han conocido un fuerte crecimiento. Muchas empresas europeas se han convertido en prósperos grupos multinacionales, presentes en China, los Estados Unidos, el Extremo Oriente y Rusia. Su solidez en el mercado nacional ha permitido a las empresas de más éxito exportar su modelo comercial a algunos de los mercados minoristas más exigentes del mundo. Y esto ha reportado grandes beneficios a los empleados, a los accionistas y también a los consumidores europeos, que disfrutan de una mayor oferta de productos y de precios competitivos.

1.7 La distribución minorista es un sector dinámico, innovador y competitivo, tal como ha quedado probado en repetidos estudios llevados a cabo por las autoridades nacionales en materia de competencia

(2) Comisión de la Competencia del Reino Unido sobre el mercado de alimentación: http://www.competitioncommission.org.uk/inquiries/ref2006/grocery/index.htm. Está prevista la publicación de la versión definitiva durante el segundo semestre de 2008. [2] Investigación de la Autoridad Federal de la Competencia austríaca sobre el poder de compra de los supermercados: http://www.bwb.gv.at/BWB/English/groceries_sector_inquiry.htm.

(2). Es importante no penalizar el éxito comercial, salvo cuando se trate de prácticas incompatibles con la realización del mercado interior, como la existencia de pruebas evidentes de abuso de posición dominante en el mercado o de perjuicios para el consumidor, contraviniendo el artículo 81 del Tratado de la UE. Un mercado competitivo es una manera eficaz de proteger al consumidor, y la eficiencia operativa puede suponer beneficios adicionales. En un mercado libre y equitativo, los minoristas compiten en servicio, calidad de los productos y relación calidad-precio.

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E S E C l e d I M C C , s o ñ a o c

s o m i t l ú s o l e t n a r u d a t s i r o n i m n ó i c u b i r t s i d n a r g a l e d n ó i c u l o v e

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Diario Oficial de la Unión Europea 28.7.2009

Aunque existen diferencias y disparidades que resultan comprensibles dentro de una agrupación económica de 27 Estados, el considera necesario proceder a una concertación, e una coordinación, a escala europea para que el comercio desempeñar su función de servicio universal. Este proceso plasmarse en la creación de un dispositivo europeo más de medición y trazabilidad de la actividad comercial, favorecer su desarrollo.

Con el fin de garantizar la transparencia de los procedimienregulan las operaciones entre los proveedores y el sector

GD, el CESE recomienda proseguir el debate sobre el valor y la legitimidad -con arreglo al Derecho comunitario en de competencia- de un código de conducta voluntario a regular las relaciones entre los minoristas y los proveedores a nivel de Estado miembro, así como la realización de un análisis detallado de la cadena de suministro, en la que, además del original y del sector de la GD, intervienen muchos actores.

Se podría plantear la creación, en el ámbito nacional y a de la autorregulación, de un código de conducta voluntario que, basado en contratos por escrito entre los minoristas y los abarcara las transacciones en toda la cadena de «de la granja a la mesa».

Este código de conducta brindaría también a un mayor de empresas de producción y servicios medianas o

pequeñas...

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