Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre el «Libro Verde — Eficacia en la ejecución de las resoluciones judiciales en la Unión Europea: Transparencia de los activos patrimoniales de los deudores»

SectionActos preparatorios

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Diario Oficial de la Unión Europea C 175/73

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(Actos preparatorios)

COMITÉ ECONÓMICO Y SOCIAL EUROPEO

449° PLENO DE LOS DÍAS 3 Y 4 DE DICIEMBRE DE 2008

Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre el «Libro Verde - Eficacia en la ejecución de las resoluciones judiciales en la Unión Europea: Transparencia de los activos patrimoniales de los deudores»

COM (2008) 128 final

(2009/C 175/12)

El 6 de marzo de 2008, de conformidad con el artículo 262 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, la Comisión Europea decidió consultar al Comité Económico y Social Europeo sobre el

Libro Verde - Eficacia en la ejecución de las resoluciones judiciales en la Unión Europea: Transparencia de los activos patrimoniales de los deudores

COM (2008) 128 final.

La Sección Especializada de Mercado Único, Producción y Consumo, encargada de preparar los trabajos en este asunto, aprobó su dictamen el 6 de noviembre de 2008 (ponente: Sr. Pegado Liz).

En su 449° Pleno de los días 3 y 4 de diciembre de 2008 (sesión del 3 de diciembre), el Comité Económico y Social Europeo ha aprobado por 161 votos a favor, 2 en contra y 7 abstenciones el presente Dictamen.

Conclusiones

Libro Verde sobre la eficacia en la ejecución de las resoluciones judiciales en la Unión Europea: Transparencia de los actipatrimoniales de los deudores (COM (2008) 128 final, de marzo de 2008) sigue al Libro Verde sobre el embargo de bancarios (COM (2006) 618 final) y forma parte de un conjunto de medidas que la Comisión ha venido aproal objeto de crear un espacio judicial europeo que sirva de a la realización del mercado único en lo que a sus aspecjudiciales se refiere.

CESE ha apoyado por lo general estas iniciativas, pero al tiempo ha destacado la necesidad de que se justifiquen en términos de subsidiariedad y proporcionalidad, lado, y también de compatibilidad con los principios fundel derecho procesal civil comunes a todos los Estamiembros y el pleno respeto de los derechos fundamentales personas, por otro.

Cabe señalar que, tanto en su dictamen sobre el anterior Verde, relativo a los embargos de activos bancarios, como

en el presente dictamen, el CESE considera que las iniciativas no solo no están suficientemente basadas en elementos que permitan definir y caracterizar las situaciones planteadas, sino que algunas de las medidas propuestas sobrepasan claramente, en términos de proporcionalidad, lo que es realmente necesario y no puede ser alcanzado con los medios nacionales existentes; en algunos casos, podrían incluso atentar contra derechos fundamentales de los ciudadanos como el derecho a la intimidad o el equilibrio de los recursos de defensa.

1.4 El CESE considera que, en los ámbitos ahora examinados, se puede y se debe progresar considerablemente a través de la mejora de la cooperación entre las autoridades nacionales, una mayor eficacia y prontitud en el funcionamiento de los sistemas nacionales existentes, un mejor acceso a las informaciones y registros existentes, un intercambio de información mejorado y un mejor conocimiento recíproco de la forma en que funcionan los sistemas nacionales y de cómo podrían agilizarse.

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Diario Oficial de la Unión Europea 28.7.2009

El CESE se pronuncia, pues, claramente en contra de la creaun registro central de la población europea, del acceso

indiscriminado de cualquier acreedor a los registros fiscala seguridad social y de la adopción, a nivel comunitario, de un formulario normalizado de declaración de todo el patrimolos deudores.

El Comité considera que la creación de una base de datos de comparado, compilada por profesionales competentes y

actualizada de manera permanente, podría contribuir a mejorar el de los sistemas de ejecución nacionales y del funpráctico de los tribunales.

Por último, el CESE sugiere en sus observaciones específicas 5.8) que se tomen en consideración algunas iniciativas que se ajustan al objetivo del Libro Verde sin que ello

una legislación comunitaria adicional.

Síntesis del Libro Verde

Con este Libro Verde la Comisión pone en marcha una consulta

(2), en particular para facilitar la ejecución de resoluciones judiciales en la Unión Europea a través de medidas que permitan identificar el lugar de residencia o la sede del deudor donde se le pueda notificar la ejecución, y recabar información exacta sobre bienes de su patrimonio susceptibles de cubrir la deuda pendiente de pago que pudieran encontrarse en cualquier lugar de cualquier Estado miembro.

3.2 La Comisión ha tenido el acierto de solicitar repuestas no sólo a los 15 Estados miembros cuya situación se examinó en el estudio que sirvió de base para este Libro Verde

(1) a las partes interesadas sobre cómo mejorar de las resoluciones judiciales, por lo que se refiere a de superar los problemas que plantean las dificultades de acceder a información fiable sobre el paradero de los deudores su patrimonio.

La Comisión considera que conocer...

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