Asunto C-109/08: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Segunda) de 4 de junio de 2009 — Comisión de las Comunidades Europeas/República Helénica (Incumplimiento de Estado — Artículos 28 CE, 43 CE y 49 CE — Directiva 98/34/CE — Normas y reglamentaciones técnicas — Normativa nacional aplicable a los juegos eléctricos, electromecánicos y electrónicos para ordenadores — Sentencia del Tribunal de Justicia por la que se declara un incumplimiento — No ejecución — Artículo 228 CE — Sanciones pecuniarias)

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ES Diario Oficial de la Unión Europea 1.8.2009

(DO L 145, p. 1; EE 09/01, p. 54) - Calificación del arrendamiento a largo plazo de oficinas y de plazas de aparcamiento, por parte de un organismo público, como actividad económica o como gestión patrimonial - Modalidades de ejercicio de la facultad de los Estados miembros de considerar actividades de la autoridad pública las actividades de los organismos públicos exentos en virtud de los artículos 13 o 28 de la Directiva

Los Estados miembros deben establecer una disposición expresa para poder invocar la facultad establecida en el artículo 4, apartado 5, párrafo cuarto de la Directiva 77/388/CEE del Consejo, de 17 de mayo de 1977, Sexta Directiva en materia de armonización de las legislaciones de los Estados miembros relativas a los impuestos sobre el volumen de negocios - Sistema común del impuesto sobre el valor añadido: base imponible, según la cual determinadas actividades de organismos de Derecho público, exentas de impuesto en virtud de los artículos 13 o 28 de dicha Directiva, se considerarán actividades de la autoridad pública.

artículo 4

apartado 5, párrafo segundo, de la Directiva 77/388 debe interpretarse en el sentido de que los organismos de Derecho público deben considerarse sujetos pasivos en cuanto a las actividades u operaciones que desarrollen en el ejercicio de sus funciones públicas, no sólo cuando el hecho de no considerarlos sujetos pasivos en virtud de los párrafos primero o cuarto de dicha disposición dé lugar a distorsiones graves de la competencia en perjuicio de sus competidores privados, sino también cuando dé lugar a tales distorsiones en su propio perjuicio.

) DO C 142, de 7.6.2008.

Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Segunda) de 4 de de 2009 - Comisión de las Comunidades

Europeas/República Helénica

(Asunto C-109/08) ( 1 )

(Incumplimiento de Estado - Artículos 28 CE, 43 CE y 49 CE - Directiva 98/34/CE - Normas y reglamentaciones técnicas - Normativa nacional aplicable a los juegos eléctricos, electromecánicos y electrónicos para ordenadores - Sentencia del Tribunal de Justicia por la que se declara un incumplimiento - No ejecución - Artículo 228 CE - Sanciones pecuniarias)

(2009/C 180/26)

Lengua de procedimiento: griego

Comisión de las Comunidades Europeas (representantes: M. Patakia y M. Konstantinidis, agentes)

Demandada: República Helénica (representantes: N. Dafniou, V. Karra y P. Mylonopoulos, agentes)

Objeto

Incumplimiento de Estado -...

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