Información comunicada por los Estados miembros acerca de las ayudas estatales concedidas de conformidad con el Reglamento (CE) no 1857/2006 de la Comisión sobre la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado a las ayudas estatales para las pequeñas y medianas empresas dedicadas a la producción de productos agrícolas y por el que se modifica el Reglamento (CE) no 70/2001

SectionInformaciones

ES Diario Oficial de la Unión Europea C 184/3

Información comunicada por los Estados miembros acerca de las ayudas estatales concedidas de conformidad con el Reglamento (CE) n o 1857/2006 de la Comisión sobre la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado a las ayudas estatales para las pequeñas y medianas empresas dedicadas a la producción de productos agrícolas y por el que se modifica el Reglamento (CE) n o

70/2001

(2009/C 184/03)

o : XA 113/09 Estado miembro: Bélgica

Vlaanderen

Denominación del régimen de ayudas o nombre de la empresa que recibe la ayuda individual: Vlaams Fokkerijcentrum

Decreet van 19 december 2008 houdende de algemene uitgavenbegroting van de Vlaamse Gemeenschap voor het begroBesluit van de Vlaamse Regering van 2 september 2005 betreffende de uitbouw van fokkerijstructuren in Vlaanderen

Ministerieel besluit van 25 oktober 2005 houdende de organisatie van de uitbouw van fokkerijstructuren in Vlaanderen

Gasto anual previsto en virtud del régimen o cuantía global de la ayuda individual concedida a la empresa: 0,1 millones

Intensidad máxima de la ayuda:

La intensidad máxima de la ayuda representa el 100 % del total de los gastos relacionados con servicios de asesoría prestados por terceros, los costes de los servicios que no constituyan una actividad continua o periódica ni estén relacionados con los gastos de funcionamiento habituales de la empresa, como los servicios normales de asesoramiento fiscal, los servicios jurídicos periódicos o la publicidad.

La intensidad máxima de la ayuda asciende al 100 % del total de los gastos relacionados con la organización de foros de intercambio de conocimientos entre empresas, concursos, exhibiciones y ferias, y participación en esos eventos.

Fecha de aplicación:

La ayuda podrá concederse a partir del 1 de mayo, con la condición de que hayan transcurrido al menos 15 días desde

Podrá concederse mediante un decreto ejecutivo que deberá renovarse anualmente. El proyecto de decreto ejecutivo está en fase de elaboración y en él se incluirá una cláusula de statu

Duración del régimen o de la ayuda individual: La subvención se concederá durante un período que concluirá el 31 de diciembre de 2009.

Objetivo de la ayuda:

La asociación reconocida Vlaams Fokkerijcentrum vzw (VFc) asesora a las asociaciones reconocidas de cría animal de los sectovacuno, porcino, avícola, equino, pequeños rumiantes y

animales de corral. El asesoramiento prestado se refiere a la organización de las técnicas de cría.

La asociación VFc participa en exposiciones destinadas al intercambio de conocimientos.

La ayuda se concede en virtud del artículo 15 del Reglamento (CE) n o 1857/2006 y se cumplen los criterios establecidos en dicho artículo:

Artículo 15

apartado 2, letra c): servicios de asesoría prestados por terceros: los honorarios correspondientes a los servicios que no constituyan una actividad continua o periódica, ni estén relacionados con los gastos de funcionamiento habituales de la empresa, como los servicios normales de asesoramiento fiscal, los servicios jurídicos periódicos o la publicidad.

Artículo 15

apartado 2, letra d): organización de foros de intercambio de conocimientos entre empresas, concursos, exhibiciones y ferias, y participación en esos eventos.

Sector o sectores beneficiarios: Sector ganadero

Nombre y dirección del organismo que concede la ayuda:

Departement Landbouw en Visserij Duurzame Landbouwontwikkeling Ellips, 6e verdieping

Koning Albert II laan, 35, bus 40 1030 Bruxelles/Brussel BELGIQUE/BELGIË

Dirección web:

http://www2.vlaanderen.be/ned/sites/landbouw/info/steun/eu. html

Otros datos: -

Secretario General

Jules VAN LIEFFERINGE

Ayuda n o : XA 120/09

Estado miembro: Italia

Región: Commissariato di Governo per l'Emergenza brucellosi negli allevamenti bufalini in provincia di Caserta e zone limitrofe

Denominación del régimen de ayuda o nombre de la empresa que recibe la ayuda individual concedida a la empresa: Indennizzi connessi con l'attuazione del Piano Operativo per fronteggiare il rischio sanitario connesso alla diffusione della brucellosi negli allevamenti bufalini nel territorio della provincia di Caserta e zone limitrofe.

ES Diario Oficial de la Unión Europea 6.8.2009

Decreto del Presidente del Consiglio dei Ministri 3 agosto 2007 e successivi Decreti del Presidente del Consiglio dei Ministri del 4 luglio 2008 e del 20 febbraio 2009

Ordinanza del Presidente del Consiglio dei Ministri 21 Dicembre 2007 n. 3634 modificata con Ordinanza del Presidente del Consiglio dei Ministri 28 maggio 2008 n. 3675

Decreto Commissariale n. 4 del 6 maggio 2008 e Decreto Commissariale n. 10 del 31 luglio 2008;

Decreto...

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