Reglamento de Ejecución (UE) 2016/534 de la Comisión, de 31 de marzo de 2016, por el que se modifica el anexo I del Reglamento (CEE) n.o 2658/87 del Consejo, relativo a la nomenclatura arancelaria y estadística y al arancel aduanero común

Enforcement date:April 26, 2016
SectionReglamento de ejecución
Issuing OrganizationConsejo de la Unión Europea

6.4.2016 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 89/6

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (CEE) n.o 2658/87 del Consejo, de 23 de julio de 1987, relativo a la nomenclatura arancelaria y estadística y al arancel aduanero común (1), y en particular su artículo 9, apartado 1, letra a),

Considerando lo siguiente:

(1) El Reglamento (CEE) n.o 2658/87 estableció una nomenclatura de mercancías (en lo sucesivo denominada «nomenclatura combinada»), que figura en el anexo I de dicho Reglamento.

(2) Entre los productos lácteos del capítulo 4 se incluyen los permeatos, que son productos lácteos caracterizados por un alto contenido de lactosa obtenidos extrayendo la grasa y las proteínas a partir de leche, lactosuero, nata o suero de mantequilla dulce, o de materias primas similares por ultrafiltración u otras técnicas de transformación.

(3) Existen opiniones divergentes en lo que respecta a la clasificación del lactosuero y los permeatos en las subpartidas de la partida 0404. En aras de la seguridad jurídica, es necesario aclarar el ámbito de aplicación de las subpartidas 0404 10 y 0404 90 relativas a dichos productos.

(4) La distinción entre «permeato de lactosuero» y «permeato de leche» puede basarse en la detección o no detección de sustancias asociadas con la producción del lactosuero. Por tanto, este criterio debe utilizarse, junto con un criterio organoléptico, a efectos de distinguir entre permeato de lactosuero y permeato de leche.

(5) La subpartida 0404 10 debe incluir el «permeato de lactosuero» en general, que es un producto con un olor ligeramente ácido, obtenido mediante ultrafiltración de suero o de mezclas de componentes naturales del lactosuero. La clasificación de los permeatos de lactosuero en dicha subpartida debe estar condicionada a la presencia de sustancias asociadas a la producción de lactosuero (por ejemplo, ácido láctico, lactatos y glicomacropéptidos) en dicho producto.

(6) La subpartida 0404 90 debe incluir el «permeato de leche», que es un producto obtenido mediante ultrafiltración de leche, con un olor lechoso en general. La clasificación de los permeatos de lactosuero en dicha subpartida debe estar condicionada a un nivel cuantitativamente limitado o a la ausencia de sustancias asociadas a la producción de lactosuero en dicho producto.

(7) El método de referencia para la detección de ácido láctico y lactatos (norma ISO 8069: 2005) se explica en la parte A...

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