Dictamen del Comité Económico y Social Europeo — Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones — Mejorar el mercado único: más oportunidades para los ciudadanos y las empresas [COM(2015) 550 final]

Sectiondictamen
Issuing OrganizationParlamento Europeo

18.5.2016 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 177/1

Ponente: Antonello PEZZINI

El 15 de julio de 2015, de conformidad con el artículo 304 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, la Comisión Europea decidió consultar al Comité Económico y Social Europeo sobre la

Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones — Mejorar el mercado único: más oportunidades para los ciudadanos y las empresas

[COM(2015) 550 final].

La Sección de Mercado Único, Producción y Consumo, encargada de preparar los trabajos en este asunto, aprobó su dictamen el 1 de marzo de 2016.

En su 515.o pleno de los días 16 y 17 de marzo de 2016 (sesión del 16 de marzo), el Comité Económico y Social Europeo aprobó por 170 votos a favor, 2 en contra y 1 abstención el presente dictamen.

1.1. El Comité Económico y Social Europeo (CESE) ha afirmado en reiteradas ocasiones que el mercado único es un elemento central de la integración europea, capaz de ofrecer beneficios concretos y de generar un crecimiento sostenible de las economías europeas.

1.1.1. El Comité pide que en la aplicación del mercado único se dé importancia a los sectores de la economía verde, aumentando los modelos de mercado de producción y consumo sostenibles, para seguir aplicando los principios de la economía circular y de la lucha contra el cambio climático, mediante el estudio de nuevos indicadores.

1.1.2. Por lo que respecta al mercado de la energía, el CESE considera necesario intensificar los esfuerzos y las inversiones en el sector de las redes de gas y electricidad e introducir el principio de subsidiariedad en los almacenamientos energéticos entre los diferentes Estados miembros.

1.2. Los Fondos Europeos para el Desarrollo Regional y el Fondo Social Europeo deberían prestar una atención cada vez mayor al mercado único y a la inclusión social de los ciudadanos y trabajadores europeos.

1.3. En cuanto al paquete sobre la movilidad de los trabajadores, este debería proponerse la eliminación de todos los obstáculos a la libre circulación de trabajadores, manteniendo elevados niveles de seguridad, y por ello el CESE aboga por una mejor coordinación entre los sistemas de seguridad social, con la introducción de entes de previsión con funciones reconocidas a nivel europeo, considera fundamental aplicar plenamente las disposiciones del Tratado sobre el derecho de los trabajadores a ser informados y consultados, y aboga por una mayor participación de los trabajadores en la gestión de la empresa.

1.4. El CESE estima que los consumidores deben ser considerados protagonistas del mercado único y pide a la Comisión que desempeñe un papel más enérgico a la hora de coordinar el Derecho de la UE en el sector y que introduzca mejores mecanismos para la resolución de litigios. Se precisa un esfuerzo mayor para mejorar la seguridad de los productos y aumentar la vigilancia del mercado, con particular atención a los fraudes en el mercado digital. A tal fin espera que se desarrolle un mecanismo racional de recurso colectivo para los consumidores que también sea válido a nivel transnacional.

1.5. El CESE considera que los servicios financieros al por menor deben mejorarse en todos los países y propone la creación de ventanillas únicas y de redes de ventanillas en los distintos países, conectadas a un sistema central europeo.

1.6. El emprendimiento social y colaborativo es fundamental para la cohesión social, a fin de garantizar a los ciudadanos europeos un crecimiento económico más eficiente y sostenible. A tal fin, el CESE puede contribuir a la reflexión de la Comisión y ya ha presentado la propuesta de una estructura permanente (1) en la que profundizar los distintos aspectos.

1.7. Los servicios y redes que ofrecen prestaciones e información, asesoramiento jurídico y asistencia a la comercialización deberían cubrir toda la gama de tipos de empresa (2) con una atención particular a las microempresas.

1.7.1. Todas las organizaciones más representativas de los diversos tipos de empresa deberían participar en el diálogo social, a nivel de empresa, cuando no haya duda alguna de su representatividad.

1.8. Las empresas europeas, sobre todo las pymes y, con mayor motivo, las microempresas, necesitan un mercado único fuerte y dinámico, y el CESE está de acuerdo en la necesidad de una propuesta legislativa en materia de insolvencia de las empresas y reestructuración precoz, y apoya la propuesta de brindar una «segunda oportunidad» a los emprendedores. En esta propuesta hay que dar importancia a la protección de los trabajadores y consumidores y la necesidad de garantizar su adecuada protección.

1.9. El CESE considera necesario potenciar, entre empresas y autoridades públicas, el principio del reconocimiento mutuo de los bienes no armonizados.

1.10. El CESE subraya la necesidad de reducir y eliminar los obstáculos administrativos que limitan el desarrollo de las empresas y que perjudican en mayor medida a las pequeñas y medianas empresas, así como a las microempresas. Los requisitos adicionales y superfluos introducidos por los Estados miembros deberían eliminarse cuando contravengan una directiva o sean contrarios a sus objetivos; y hace falta un mayor control de la coherencia por parte de la Comisión. El Comité destaca que debería mantenerse la particularidad de las profesiones liberales con un refuerzo de la colaboración en línea entre las autoridades de los Estados miembros.

1.11. Es importante mejorar la eficacia de la Directiva sobre los servicios y los procedimientos de notificación de la Directiva, impidiendo formas de proteccionismo y otros obstáculos a la libre circulación de servicios con un planteamiento por sectores, para identificar discrepancias y obstáculos, y hay que adoptar el principio de la tolerancia cero a través de procedimientos de infracción...

To continue reading

Request your trial

VLEX uses login cookies to provide you with a better browsing experience. If you click on 'Accept' or continue browsing this site we consider that you accept our cookie policy. ACCEPT