Decisión del Órgano de Vigilancia de la AELC n.o 110/15/COL, de 8 de abril de 2015, por la que se declara incompatible la ayuda adicional de 16 millones NOK de Innovation Norway a Finnfjord AS (Noruega) [2016/905]

SectionDecision

9.6.2016 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 152/47

EL ÓRGANO DE VIGILANCIA DE LA AELC (EN LO SUCESIVO DENOMINADO «EL ÓRGANO»),

Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo denominado «el Acuerdo EEE»), y en particular su artículo 61 y su Protocolo 26,

Visto el Acuerdo entre los Estados de la AELC sobre la creación de un Órgano de Vigilancia y un Tribunal de Justicia (en lo sucesivo denominado «el Acuerdo de Vigilancia y Jurisdicción»), y en particular su artículo 24,

Visto el Protocolo 3 del Acuerdo de Vigilancia y Jurisdicción (en lo sucesivo denominado «el Protocolo 3»), y en particular su artículo 7, apartado 5, de la parte II,

Considerando lo siguiente:

(1) En 2011, se concedieron a la empresa Finnfjord AS («Finnfjord») 175 millones de coronas noruegas (NOK) en ayudas estatales en el marco del Régimen del Fondo de Energía (véase más abajo) para la construcción de un sistema de recuperación de energía en su planta de producción de ferrosilicio. La concesión de la ayuda fue aprobada por el Órgano mediante su Decisión n.o 39/11/COL (1).

(2) Tras las conversaciones previas a la notificación que se iniciaron en noviembre de 2012, las autoridades noruegas, mediante carta de 26 de junio de 2013, notificaron la ayuda adicional otorgada por Innovation Norway («IN») a Finnfjord, con arreglo al artículo 1, apartado 3, de la parte I del Protocolo 3 (2). Esta medida es el objeto de la presente Decisión.

(3) Por carta de 5 de julio de 2013 (3), el Órgano de Vigilancia solicitó información adicional a las autoridades noruegas. Las autoridades noruegas respondieron por carta de 19 de agosto de 2013 (4). Mediante carta de 28 de agosto de 2013 (5), el Órgano presentó una nueva solicitud de información. Las autoridades noruegas respondieron por carta de 18 de septiembre de 2013 (6). Por carta de 13 de noviembre de 2013 (7), el Órgano informó a las autoridades noruegas de que había adoptado la Decisión n.o 445/13/COL de incoar un procedimiento de investigación formal sobre la medida notificada.

(4) Por correo electrónico de 21 de febrero de 2014 (8), las autoridades noruegas formularon sus observaciones a la Decisión. El 10 de abril de 2014, tras prolongadas discusiones con las autoridades noruegas y Finnfjord sobre información confidencial, la Decisión se publicó en el Diario Oficial de la Unión Europea y en el Suplemento EEE (9). Finnfjord fue el único tercero que presentó observaciones (10). Mediante carta de 13 de mayo de 2014 (11), estas observaciones se remitieron a las autoridades noruegas. Por carta de 6 de junio de 2014 (12), las autoridades noruegas presentaron comentarios a las observaciones de terceros. Mediante correo electrónico de 25 de septiembre de 2014 (13), Finnfjord presentó observaciones adicionales. Mediante correo electrónico de 8 de octubre de 2014 (14), el Órgano pidió información adicional a Finnfjord. Finnfjord respondió mediante correos electrónicos de 24 y 27 de octubre de 2014 (15). Por carta de 27 de octubre de 2014 (16), se transmitieron observaciones e información adicionales a las autoridades noruegas. Las autoridades noruegas respondieron por carta de 12 de noviembre de 2014 (17). Entre noviembre de 2014 y enero de 2015, el Órgano ha mantenido contactos informales por correo electrónico y por teléfono con las autoridades noruegas y Finnfjord.

(5) La medida propuesta es una subvención directa de 16 millones NOK de IN a Finnfjord, destinada a cubrir parcialmente el aumento de coste del proyecto, de [680-720] millones NOK a [aproximadamente 800] millones NOK.

(6) Mediante carta de 10 de diciembre de 2012, IN informó a Finnfjord de su decisión de aprobar la medida notificada.

(7) IN ha explicado que Finnfjord necesitaba [80-95] millones NOK adicionales para completar el proyecto de recuperación de energía. Por tanto, los 16 millones NOK solo cubrían parte de los aumentos de costes.

(8) Al mismo tiempo que aportaba la subvención directa de 16 millones NOK a Finnfjord, IN también aportó a Finnfjord un préstamo de 18 millones NOK. En aquel momento, Finnfjord ya había tomado en préstamo 100 millones NOK de IN en relación con el mismo proyecto. Ninguno de los préstamos se ha notificado al Órgano. IN sostiene que los préstamos se han concedido en condiciones de mercado y, que por tanto, no implican ayuda estatal en el sentido del artículo 61, apartado 1, del Acuerdo EEE.

(9) En paralelo con el préstamo de 18 millones NOK de IN, Finnfjord garantizó un préstamo de [45-60] millones NOK de la entidad financiera SpareBank 1 Nord-Norge («SNN»). Los préstamos existentes de Finnfjord procedentes de SNN en relación con el proyecto ascendían a [300-325] millones NOK.

(10) En total, la subvención directa de 16 millones NOK y los dos préstamos de 18 millones NOK y [45-60] millones NOK, cubrían el incremento de costes de [80-95] millones NOK.

(11) IN es una entidad pública creada por la Ley sobre Innovation Norway (18). Es propiedad del Estado noruego a través del Ministerio de Administración Local y Desarrollo Regional (51 %) y de las 19 autoridades regionales de Noruega (49 %). Se financia mediante recursos públicos.

(12) Enova SF («Enova») es una empresa pública (19) propiedad al cien por cien del Estado noruego a través del Ministerio de Petróleo y Energía. Es responsable de la gestión del Régimen del Fondo de Energía, un régimen de ayudas estatales para el fomento de la protección del medio ambiente, aprobado por el Órgano mediante las Decisiones n.o 125/06/COL (20) y n.o 248/11/COL (21). Enova se financia mediante recursos públicos.

(13) En el marco del Régimen del Fondo de Energía, Enova organiza concursos para ayudas, donde los proyectos ganadores son los que tienen mejores resultados en términos de energía por NOK de ayuda (22).

(14) Enova no abona el último 20 % de una medida individual de ayuda hasta que ha aprobado el informe final del proyecto (23). Según un comunicado de prensa de Finnfjord (24), el sistema de recuperación de energía estaba finalizado y en funcionamiento el 30 de octubre de 2012. El 22 de noviembre de 2012, el informe final de Finnfjord fue aprobado por Enova. El 23 de noviembre de 2012, Enova desembolsó los últimos 35 millones NOK de ayuda (20 % del importe total de la ayuda, de 175 millones NOK).

(15) Finnfjord es una sociedad de responsabilidad limitada de propiedad familiar. La planta beneficiaria de la ayuda propuesta está situada en Finnsnes, en el Condado de Troms, el segundo más septentrional de Noruega.

(16) En la notificación que dio lugar a la Decisión del Órgano de Vigilancia n.o 39/11/COL, de 9 de febrero de 2011, por la que se aprobaron 175 millones NOK de ayuda de Enova a Finnfjord, el presupuesto para el proyecto de recuperación de energía Finnfjord se estimaba en 511,66 millones NOK. La ayuda se concedió para la sustitución del actual sistema de refrigeración por una unidad de recuperación de energía. La intención era generar anualmente 224 GWh de potencia eléctrica y recuperar 125 GWh de vapor para usos industriales. La producción anual de energía estimada asciende, pues, a 349 GWh.

(17) Según la notificación actual, en febrero de 2011 el presupuesto estimado ya había aumentado en 190 millones NOK, desde 511,66 hasta 700 millones NOK. A pesar de este aumento sustancial, el 7 de febrero de 2011 el consejo de administración de Finnfjord decidió seguir adelante con el proyecto. Finnfjord no solicitó en ese momento más ayuda. La ayuda notificada no está destinada a cubrir el aumento de los costes que dio lugar a la estimación de 700 millones NOK.

(18) El incremento de los costes se debió en gran parte a la decisión de Finnfjord de centrar exclusivamente el proyecto en la producción de electricidad a partir de vapor (y no en recuperar el vapor industrial) mediante la adquisición de una turbina de vapor más potente. La turbina se encargó el 7 de enero de 2011. El 23 de febrero de 2011 se celebró un contrato jurídicamente vinculante respecto de la turbina. Mediante carta de 16 de febrero de 2011, Finnfjord informó a Enova que había encargado una turbina más potente, que produciría anualmente 344,5 GWh de energía eléctrica. Esta mayor producción de energía eléctrica estaba, por tanto, cercana a la producción total estimada de 349 GWh de electricidad y vapor. Sobre esa base, Finnfjord solicitó la exclusión de la producción de vapor del proyecto subvencionado. Mediante carta de 17 de febrero de 2011, Enova aprobó la modificación del proyecto.

(19) A lo largo de la fase de proyecto, Finnfjord presentó a Enova informes de situación. En su informe de 30 de abril de 2012, Finnfjord mencionó mayores aumentos de costes relacionados con el edificio de turbinas, las tuberías de condensación y vapor, y zanjas. Los costes adicionales ascendían a aproximadamente 5 millones NOK. Finnfjord aún pretendía mantener el coste total del proyecto por debajo de los 700 millones NOK estimados.

(20) En su informe de situación de 29 de junio de 2012, los costes estimados totales se mantuvieron en 700 millones NOK. Sin embargo, en ese momento, se calculó que el proyecto incurriría en mayores costes, de [5-10] millones NOK adicionales. Este incremento de los costes fue debatido por la junta de Finnfjord en una reunión celebrada el 19 de junio de 2012. Las autoridades noruegas no han explicado por qué el aumento de coste total de [10-15] millones NOK ([…]) no dio lugar a un ajuste de la estimación total de costes de 700 millones NOK en el informe de situación de 29 de junio de 2012.

(21) Las autoridades noruegas han explicado que Finnfjord, en algún momento durante la primavera de 2012, mantuvo conversaciones informales con Enova sobre la obtención de ayudas adicionales para cubrir el aumento de costes del proyecto. El 5 de julio de 2012, a raíz de los contactos informales, Finnfjord solicitó formalmente ayuda adicional de Enova. En ese momento, Finnfjord había revisado su estimación de costes totales a [730-760] millones NOK.

(22) La...

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