Exposición de motivos del Consejo: Posición (UE) n.o 10/2016 del Consejo en primera lectura con vistas a la adopción de una Directiva del Parlamento europeo y del Consejo relativa a las medidas para garantizar un elevado nivel común de seguridad de las redes y de los sistemas de información en la Unión

SectionExposición de motivos
Issuing OrganizationConsejo de la Unión Europea

16.6.2016 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 218/31

1. El 12 de febrero de 2013, la Comisión presentó su propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a medidas para garantizar un elevado nivel común de seguridad de las redes y de la información en la Unión (en lo sucesivo, «la Directiva»), con el artículo 114 del TFUE como base jurídica.

2. El Comité Económico y Social Europeo votó su dictamen el 22 de mayo de 2013 y el Comité de las Regiones votó el suyo los días 3 y 4 de julio de 2013.

3. El Parlamento Europeo votó su resolución legislativa en primera lectura el 13 de marzo de 2014 (1), aprobando 138 enmiendas.

4. El Consejo y el Parlamento Europeo entablaron negociaciones con vistas a llegar a un acuerdo rápido en segunda lectura en octubre de 2014. Las negociaciones concluyeron con éxito el 7 de diciembre de 2015 al alcanzar el Parlamento Europeo y el Consejo un acuerdo provisional sobre un texto transaccional.

5. El 18 de diciembre de 2015, el Comité de Representantes Permanentes confirmó el texto transaccional de la Directiva acordado por ambas instituciones.

6. El 28 de enero de 2016, la Presidencia de la Comisión de Mercado Interior y Protección del Consumidor del Parlamento Europeo remitió una carta a la Presidencia del Comité de Representantes Permanentes en la que declaraba que, en caso de que el Consejo transmitiera formalmente su Posición al Parlamento Europeo tal como se había acordado, a reserva de la formalización de los juristas-lingüistas, recomendaría al Pleno la aprobación sin enmiendas de la Posición del Consejo en la segunda lectura del Parlamento.

7. El 29 de febrero de 2016, el Consejo confirmó su acuerdo político sobre el texto transaccional de la Directiva.

8. Del resultado de las negociaciones se desprende que la Directiva establece medidas con el objeto de lograr un elevado nivel común de seguridad de las redes y los sistemas de información dentro de la Unión Europea, a fin de mejorar el funcionamiento del mercado interior.

9. Tras la votación en el Pleno, el Parlamento Europeo y el Consejo entablaron negociaciones con el fin de alcanzar un acuerdo en segunda lectura sobre la base de una Posición del Consejo en primera lectura que el Parlamento pudiera aprobar sin cambios. El texto de la Posición del Consejo en primera lectura refleja plenamente el acuerdo transaccional alcanzado entre los colegisladores.

10. Los principales puntos del acuerdo transaccional alcanzado con el...

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