Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre la Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo relativa a las normas de contratación pública por lo que respecta a la actual crisis del asilo [COM(2015) 454 final]

SectionDictamen confirmatorio
Issuing OrganizationParlamento Europeo

20.7.2016 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 264/73

Ponente: Erik SVENSSON

El 14 de octubre de 2015, de conformidad con el artículo 304 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, la Comisión decidió consultar al Comité Económico y Social Europeo sobre la

Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo relativa a las normas de contratación pública por lo que respecta a la actual crisis del asilo

[COM(2015) 454 final].

La Sección Especializada de Mercado Único, Producción y Consumo, encargada de preparar los trabajos en este asunto, aprobó su dictamen el 13 de abril de 2016.

En su 516.o pleno de los días 27 y 28 de abril de 2016 (sesión del 27 de abril de 2016), el Comité Económico y Social Europeo aprobó por 220 votos a favor, 1 voto en contra y 9 abstenciones el presente dictamen.

1.1. El CESE toma nota con interés del carácter clarificador de la Comunicación de la Comisión —que no conlleva cambio alguno de la normativa vigente— en un contexto en el que, como bien se describe, los poderes adjudicadores se ven sometidos a una gran presión para responder a las situaciones de emergencia causadas por la crisis de los refugiados y el asilo.

1.2. El CESE confía en que tanto la Directiva vigente como las futuras directivas puedan ofrecer un margen suficiente para actuar rápidamente gracias a la posibilidad de acortar considerablemente los plazos para la presentación de las ofertas y de recurrir a la adjudicación directa.

1.3. No obstante, el CESE desea hacer hincapié en la importancia de: — respetar un elevado grado de transparencia y documentar los procedimientos de forma extremadamente detallada,

— no aprovechar la flexibilidad de la legislación de forma indebida,

— intentar que la contratación incluya soluciones que faciliten posteriormente la integración y un apoyo suplementario, y

— acortar la duración de los contratos adjudicados para responder a una situación de emergencia.

1.4. No debe subestimarse el papel de las organizaciones sin ánimo de lucro como complemento de la contratación pública. Gracias a sus intervenciones en este ámbito, en muchos países se ha podido ayudar y respaldar a un número de personas mucho mayor del que habría sido posible en su ausencia.

1.5. El CESE considera importante reducir los trámites burocráticos que retrasan las contrataciones, aun cuando la normativa permite una gestión más rápida.

1.6. Debido a un contexto de nuevas y crecientes amenazas, los poderes adjudicadores deberían plantearse adjudicar separadamente los contratos de seguridad y seguros.

1.7. El CESE desea señalar que los problemas son similares en relación con los refugiados que optan por no presentar solicitud de asilo, pues en estos casos también hay una necesidad urgente de asistencia, atención sanitaria y protección.

1.8. El CESE subraya que, por lo que respecta a la contratación pública en el contexto de la crisis del asilo y los refugiados, debe examinarse la conveniencia de integrar también servicios que faciliten la vida de estas personas y las preparen para una eventual futura integración.

1.9. Por último, el CESE pide y recomienda a la Comisión que clarifique la Comunicación en lo referente a la contratación pública en el contexto de la actual crisis del asilo y los refugiados, o que se elabore otra Comunicación que trate la cuestión de la contratación...

To continue reading

Request your trial

VLEX uses login cookies to provide you with a better browsing experience. If you click on 'Accept' or continue browsing this site we consider that you accept our cookie policy. ACCEPT