Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre el tema «Los recursos autóctonos de carbón en la transición energética de la UE» (Dictamen de iniciativa)

SectionDictamen de propia iniciativa

19.8.2016 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 303/1

Ponente general: Dumitru FORNEA Coponente general: Renata EISENVORTOVÁ

El 19 de febrero de 2015, de conformidad con el artículo 29, apartado 2, de su Reglamento interno, el Comité Económico y Social Europeo decidió elaborar un dictamen de iniciativa sobre el tema:

Contribución de los recursos autóctonos de carbón y lignito a la seguridad energética de la UE

(dictamen de iniciativa)

La Comisión Consultiva de las Transformaciones Industriales (CCMI), encargada de preparar los trabajos en este asunto, aprobó su dictamen el 5 de noviembre de 2015.

En su reunión de 24 de mayo de 2016, la Mesa decidió modificar el título del dictamen y pasar a denominarlo:

Los recursos autóctonos de carbón en la transición energética de la UE

En su 517.o Pleno, celebrado los días 25 y 26 de mayo de 2016 (sesión del 25 de mayo), el Comité Económico y Social Europeo aprobó por 139 votos a favor, 17 en contra y 54 abstenciones el presente dictamen.

1.1. Durante la transición energética hacia una economía de bajas emisiones, el sistema energético de la UE se enfrentará a un período de profundas transformaciones tecnológicas, económicas y sociales, que afectarán a muchos de los sectores energéticos, incluida la industria del carbón y, por ende, a las cuencas mineras de la UE.

1.2. En algunos Estados miembros, los recursos autóctonos de carbón y lignito siguen siendo importantes para generar electricidad y calor, puesto que no solo contribuyen a un suministro energético seguro y asequible y a la competitividad económica, sino que desempeñan un papel estabilizador en el sistema energético, en términos tanto técnicos como económicos.

1.3. Sin embargo, las cuencas mineras que siguen activas deben prepararse para la supresión progresiva de la producción de carbón, bien para ajustarse a las decisiones de política energética y climática de la UE relativas a la utilización de combustibles fósiles, bien por razones económicas.

1.4. El porvenir de las regiones que actualmente dependen de la utilización del carbón y sus condiciones de vida futuras son cuestiones que deben tenerse en cuenta en una planificación a largo plazo que abarque dos generaciones, es decir, un período de 25 a 50 años. El uso del carbón para fines energéticos debe suprimirse de forma gradual en estas regiones, pero sin dar lugar a una situación de estancamiento. Habida cuenta de su potencial económico y social, estas regiones deben participar en la aplicación de la política energética y climática de la UE. El objetivo del desarrollo sostenible de estas regiones debe alcanzarse garantizando diálogos políticos, cívicos y sociales que permitan asegurar la existencia de planes de transición a nivel nacional, sectorial y empresarial.

1.5. A fin de preservar la seguridad energética, la competitividad de la industria, la protección del medio ambiente, el cumplimiento de las obligaciones de reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero y la cohesión social en las cuencas mineras, el CESE recomienda establecer un «Plan de apoyo a la transición para las comunidades y regiones que dependen de la producción de carbón» (en lo sucesivo, «el Plan») que aborde los problemas relacionados con la reestructuración de la industria del carbón durante la transición energética, de modo que las cuencas mineras puedan adaptarse al cambio.

1.6. El Plan podría ser elaborado por un grupo consultivo en cooperación con la Comisión Europea y el Parlamento Europeo. Los miembros de este grupo deberán ser representantes de las cuencas mineras, los sindicatos, las ONG, las empresas de I+D y la industria del carbón.

1.7. El Plan debe basarse en tres pilares: i) los diálogos políticos, cívicos y sociales; ii) las inversiones económicas, sociales y medioambientales; y, iii) las inversiones en educación, formación, investigación y desarrollo, innovación y cultura.

1.8. El Plan debería animar a las regiones a que emprendan transformaciones, promuevan el desarrollo innovador, mantengan su atractivo para la inversión y creen oportunidades de empleo y hagan posible una vida digna. En este proceso de transición, es necesario aprovechar plenamente los conocimientos técnicos y el potencial de las cuencas mineras.

1.9. Las autoridades regionales, los gobiernos de los Estados miembros y las instituciones de la UE deben comprometerse conjuntamente con la transición energética y la correspondiente reestructuración de las cuencas mineras.

1.10. El Comité Económico y Social Europeo y el Comité de las Regiones poseen la experiencia necesaria para participar en este proceso, tanto a nivel europeo como nacional. Además, están capacitados para ofrecer un marco eficaz para el diálogo político, social y cívico, necesario para poder consultar a los habitantes de las cuencas mineras.

1.11. En lo que respecta a la transición energética, una de las principales preocupaciones expresadas por las cuencas mineras de la UE es la creación de un marco institucional y político adecuado, capaz de impulsar las inversiones públicas y privadas que se necesitarán en los próximos años.

2.1. En la última década, la UE ha experimentado importantes cambios en su sistema energético. La UE está en vías de pasar a una economía hipocarbónica y alcanzar sus objetivos «20-20-20» en materia de emisiones de gases de efecto invernadero, eficiencia energética y fuentes de energía renovable. En 2014, la UE aprobó el marco de actuación en materia de clima y energía hasta el año 2030 junto con una reducción del 40 % en las emisiones de gases de efecto invernadero, una proporción del 27 % del consumo de energías renovables y un ahorro energético del 27 %. Con estos objetivos a medio plazo se pretende ayudar a la UE a alcanzar su objetivo de reducción de los gases de efecto invernadero de aquí a 2050 mediante una reducción del 80-95 % de las emisiones de gases de efecto invernadero.

2.2. Por tanto, el sistema energético de la UE está pasando de una época dominada por los combustibles fósiles y la producción de electricidad en grandes instalaciones centrales a la producción de electricidad a partir de fuentes de energía renovables e instalaciones descentralizadas, maximizando al mismo tiempo las posibilidades que ofrecen una mayor eficiencia energética y una mejor gestión de la demanda de energía.

2.3. El proyecto de la Unión de la Energía supuso un firme espaldarazo a la transición energética y la ambiciosa política climática de la UE, que también se promovieron con entusiasmo tras el Acuerdo de París, lo cual envía una señal clara para reducir las emisiones de manera suficiente y mantener así el aumento de la temperatura media mundial por debajo del límite acordado de los 2 oC de aquí a finales del siglo.

2.4. A fin de estabilizar el clima, es necesario llevar a cabo cambios profundos en los sistemas energéticos de todos los sectores económicos (1).

2.5. La transición energética abarca aspectos tecnológicos, de investigación, sociales, culturales, económicos y medioambientales, lo cual apunta claramente a un papel más activo a nivel individual y colectivo. Este proceso requiere prestar especial atención a la investigación y el desarrollo, puesto que plantea nuevos desafíos para el sistema energético y los sectores industriales, que tienen que reaccionar y adaptarse a esta situación.

3.1. La industria del carbón es uno de los sectores que se han visto profundamente afectados por la transición energética. Durante siglos, el carbón se encontraba en el centro de la evolución...

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