Resolución del Parlamento Europeo, de 11 de marzo de 2015, sobre la gobernanza del mercado único en el marco del Semestre Europeo 2015 (2014/2212(INI))

SectionResolution
Issuing OrganizationParlamento Europeo

30.8.2016 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 316/98

El Parlamento Europeo,

— Vista la Comunicación de la Comisión, de 28 de noviembre de 2014, titulada «Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento para 2015» (COM(2014)0902),

— Vista la Comunicación de la Comisión, de 13 de noviembre de 2013, titulada «Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento para 2014» (COM(2013)0800) y el Informe de la Comisión, de 13 de noviembre de 2013, titulado «Un mercado único en favor del crecimiento y el empleo: Análisis de los progresos registrados y de los obstáculos subsistentes en los Estados miembros — Contribución al Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento 2014» (COM(2013)0785),

— Visto el Informe de la Comisión, de 28 de noviembre de 2012, titulado «Estado de la integración del mercado único 2013 — Contribución al Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento de 2013» (COM(2012)0752),

— Vista la Comunicación de la Comisión, de 8 de junio de 2012, titulada «Mejorar la gobernanza del mercado único» (COM(2012)0259),

— Vista la Comunicación de la Comisión, de 3 de marzo de 2010, titulada «Europa 2020: Una estrategia para un crecimiento inteligente, sostenible e integrador» (COM(2010)2020),

— Vista la Comunicación de la Comisión, de 19 de marzo de 2014, titulada «Balance de la Estrategia Europa 2020 para un crecimiento inteligente, sostenible e integrador» (COM(2014)0130),

— Vista la Comunicación de la Comisión, de 2 de junio de 2014, titulada «Semestre Europeo 2014: recomendaciones específicas por país — Cimentar el crecimiento» (COM(2014)0400),

— Vista la Comunicación de la Comisión, de 3 de octubre de 2012, titulada «Acta del Mercado Único II — Juntos por un nuevo crecimiento» (COM(2012)0573),

— Vista la Comunicación de la Comisión, de 13 de abril de 2011, titulada «Acta del Mercado Único — Doce prioridades para estimular el crecimiento y reforzar la confianza — Juntos por un nuevo crecimiento» (COM(2011)0206),

— Visto el Informe al Presidente de la Comisión Europea, de 9 de mayo de 2010, elaborado por Mario Monti y titulado «Una nueva estrategia para el mercado único — Al servicio de la economía y la sociedad de Europa»,

— Visto el estudio de septiembre de 2014 titulado «The Cost of Non-Europe in the Single Market», elaborado por encargo de la Comisión IMCO,

— Visto el estudio de septiembre de 2014 titulado «Indicators for Measuring the Performance of the Single Market — Building the Single Market Pillar of the European Semester», elaborado por encargo de la Comisión IMCO,

— Visto el estudio de septiembre de 2014 titulado «Contribution of the Internal Market and Consumer Protection to Growth», elaborado por encargo de la Comisión IMCO,

— Vista la edición en línea de julio de 2014 del Cuadro de indicadores del mercado único,

— Vistas las Conclusiones del Consejo Europeo de los días 26 y 27 de junio de 2014,

— Vistas las Conclusiones del Consejo Europeo de los días 20 y 21 de marzo de 2014,

— Vistas las deliberaciones del Consejo de Competitividad de los días 25 y 26 de septiembre de 2014 sobre la Estrategia Europa 2020 para el empleo y el crecimiento,

— Vista su Resolución, de 7 de febrero de 2013, con recomendaciones destinadas a la Comisión sobre la gobernanza del mercado único (1), y la respuesta de la Comisión, adoptada el 8 de mayo de 2013,

— Vista su Resolución, de 25 de febrero de 2014, sobre la gobernanza del mercado único en el marco del Semestre Europeo 2014 (2), y la respuesta de la Comisión, adoptada el 28 de mayo de 2014,

— Vista su Resolución, de 22 de octubre de 2014, sobre el Semestre Europeo para la coordinación de las políticas económicas: aplicación de las prioridades para 2014 (3),

— Visto el artículo 52 de su Reglamento,

— Visto el informe de la Comisión de Mercado Interior y Protección del Consumidor (A8-0018/2015),

A. Considerando que, en el contexto de la revisión intermedia de la Estrategia Europa 2020, el mercado único y el mercado único digital deben considerarse como dos instrumentos claves para el relanzamiento del crecimiento económico y la creación de empleo de calidad en la UE, garantizando al mismo tiempo la complementariedad con motores del crecimiento más tradicionales como el impulso a las inversiones en I+D+i, la formación y la educación, y prestando a la vez especial atención a las necesidades de las pymes;

B. Considerando que la estrategia del mercado único requiere un enfoque global que tenga en cuenta las preocupaciones de los ciudadanos, de los consumidores y de las pymes y que refleje las prioridades del mercado único en todos los ámbitos de las políticas, con el fin de garantizar la consecución de un mercado único viable que sirva como catalizador para la recuperación económica y el crecimiento sostenible;

C. Considerando que es necesario reforzar la gobernanza del mercado único en el marco del Semestre Europeo como una prioridad horizontal de las distintas políticas de la Unión, manteniendo el necesario equilibrio entre las dimensiones económica, social y medioambiental, y mejorar la calidad de la transposición, la aplicación y el cumplimiento de las normas que lo regulan para que funcionen tanto en términos prácticos como económicos y se reduzca asimismo considerablemente la duración de los procedimientos de infracción;

D. Considerando que la gobernanza del mercado único ha impulsado un proceso muy positivo, en el marco del Semestre Europeo y de las correspondientes recomendaciones específicas por país (REP), para lograr una Europa más competitiva, que genere empleos de calidad y con un crecimiento equitativo que suponga un mayor atractivo para los inversores;

E. Considerando que, más de veinte años después de su creación oficial, el mercado único todavía no se ha realizado por completo, principalmente porque los Estados miembros no han transpuesto o incorporado totalmente la legislación de la Unión;

F. Considerando que la estrategia del mercado único debe enfocarse con coherencia y determinación, y coordinarse y basarse en un enfoque global y un acuerdo pragmático, exhaustivo y de amplio alcance apoyado por todos los Estados miembros y las instituciones europeas; considerando que siguen siendo necesarios un liderazgo fuerte, un compromiso y una coordinación por parte de todas las instituciones de la UE, especialmente de los Presidentes de la Comisión y del Consejo, así como una implicación, una cooperación y una solidaridad políticas claras por parte de los Estados miembros para aplicar y cumplir plenamente las normas relativas al mercado único y aumentar su credibilidad y la confianza en el mismo y en su gestión;

G. Considerando que, si bien existen muchos instrumentos dentro del Semestre Europeo para medir el rendimiento económico del mercado único, principalmente indicadores específicos, hasta ahora no han tenido repercusiones claras en las políticas;

H. Considerando que deben realizarse los máximos esfuerzos no solo para garantizar la claridad, la simplicidad, la operatividad y la aplicabilidad de la legislación sino también para establecer un marco predecible y estable a fin de evaluar el funcionamiento práctico de la legislación en el ámbito del mercado único;

I. Considerando que es necesario un mercado único que funcione correctamente, sea eficaz y esté basado en una economía social de mercado sostenible y altamente innovadora y competitiva para estimular el crecimiento sostenible y la competitividad, atraer inversiones, fomentar la cohesión social y crear puestos de trabajo de manera que se revitalice la economía europea; que un mercado único más profundo y justo, con una base industrial reforzada, figura en un lugar prioritario en el programa de trabajo de la Comisión para 2015; que los Estados miembros y la UE deben diseñar conjuntamente una política industrial europea, apoyándose en el trabajo ya realizado en este ámbito en los últimos años y centrándose en sectores estratégicos, con vistas también a lograr los objetivos fijados en el programa de trabajo; que se precisa asimismo el mercado único para permitir que puedan tenerse en cuenta adecuadamente las necesidades de los ciudadanos, los consumidores y las empresas, y garantizar que las políticas propuestas proporcionan un valor añadido a los ciudadanos europeos y a otros agentes;

J. Considerando que es necesario un enfoque más centrado en el mercado único en el contexto del Semestre Europeo a fin de aprovechar mejor sus potenciales de crecimiento y empleo, situar su optimización en el centro de la estrategia industrial europea, comunicar mejor sus efectos positivos y permitir que beneficie plenamente a los ciudadanos y las empresas;

K. Considerando que los Estados miembros se han comprometido a completar el mercado interior de la energía antes de 2014 y a integrar en él las «islas energéticas» antes de 2015;

L. Considerando que un mercado interior de la energía plenamente integrado es indispensable para alcanzar los objetivos generales de la Unión en materia de seguridad y sostenibilidad energéticas, y tiene un valor esencial para su competitividad general, el crecimiento económico y la creación de nuevos empleos, tal como se reconoce en el Acta del Mercado Único II y en la Estrategia Europa 2020;

1. Reitera su petición a la Comisión para que mejore la gobernanza del mercado único mediante el desarrollo de un conjunto de instrumentos analíticos a fin de medir mejor el funcionamiento económico y reglamentario del mercado único en el marco del pilar del mercado único del Semestre Europeo; opina que dicho instrumento analítico podría aportar contribuciones útiles para las recomendaciones específicas por país (REP), el Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento, las orientaciones del Consejo Europeo para los Estados miembros y los planes de acción nacionales para la puesta en práctica de las directrices sobre el mercado único;

2. Hace hincapié en la importancia...

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