Convocatoria de manifestaciones de interés para la selección de miembros externos del Comité de Seguimiento de las Auditorías (CSA) — Asesor especial en virtud del artículo 5 del Régimen aplicable a los otros agentes de la Unión Europea: miembro externo del Comité de Seguimiento de las Auditorías (CSA) de la Comisión Europea

SectionDiario Oficial

29.11.2016 ES Diario Oficial de la Unión Europea CA 442/1

EL CSA asiste al Colegio de Comisarios de la Comisión Europea en el cumplimiento de sus obligaciones en virtud de los Tratados y otros instrumentos legales, asegurando la independencia del Servicio de Auditoría Interna (SAI), controlando la calidad de las tareas de auditoría interna y asegurando que las recomendaciones de auditoría por parte de las DG y los servicios de la Comisión se tengan debidamente en cuenta y reciban un seguimiento adecuado. El CSA informa al Colegio de Comisarios y contribuye a la mejora de la eficiencia y la eficacia de la institución en la consecución de sus objetivos, contribuyendo además a la junta de supervisión de la gobernanza, la gestión del riesgo y las prácticas de control interno de la Comisión Europea.

El CSA es un órgano de control y no tiene poderes de gestión. Está compuesto por miembros de la Comisión Europea y miembros externos con experiencia profesional demostrada en auditoría y campos relacionados, y está presidido por el vicepresidente primero de la Comisión Europea. Los miembros externos serán nombrados oficialmente tras un procedimiento de selección abierto y transparente, por un período máximo de cuatro años, renovable una sola vez.

La información completa sobre el mandato del CSA está recogida en su Carta (disponible en inglés, alemán y francés):

http://ec.europa.eu/dgs/internal_audit/about/what-we-do/index_en.htm

El CSA aspira a establecer una lista de reserva y a contratar candidatos con probada experiencia profesional en auditoría y campos relacionados como miembros externos en función de las necesidades del CSA. La inclusión en la lista de reserva no garantiza la contratación.

Se espera que cada miembro externo dedique aproximadamente unas 30-45 jornadas completas al año a sus responsabilidades, incluidas unas diez a quince reuniones anuales que tendrán lugar en Bruselas. Los miembros externos serán designados asesores especiales con arreglo a las normas de la Comisión y serán retribuidos por días según lo establecido en las «condiciones de empleo».

Los candidatos seleccionados contribuirán a la rigurosa supervisión de una gran organización internacional con vistas a seguir aumentando la eficacia y la eficiencia de la gobernanza, la gestión de riesgos y las prácticas de control interno.

Como expertos reconocidos en este campo, los miembros externos contribuyen y participan activamente en las actividades del CSA, principalmente...

To continue reading

Request your trial

VLEX uses login cookies to provide you with a better browsing experience. If you click on 'Accept' or continue browsing this site we consider that you accept our cookie policy. ACCEPT