Decisión (UE) 2017/37 del Consejo, de 28 de octubre de 2016, relativa a la firma, en nombre de la Unión Europea, del Acuerdo Económico y Comercial Global (CETA) entre Canadá, por una parte, y la Unión Europea y sus Estados miembros, por otra

SectionDecision
Issuing OrganizationConsejo de la Unión Europea

14.1.2017 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 11/1

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y en particular su artículo 43, apartado 2, su artículo 91, su artículo 100, apartado 2, su artículo 153, apartado 2, su artículo 192, apartado 1, y su artículo 207, apartado 4, párrafo primero, en relación con su artículo 218, apartado 5,

Vista la propuesta de la Comisión Europea,

Considerando lo siguiente:

(1) El 24 de abril de 2009, el Consejo autorizó a la Comisión a entablar negociaciones con miras a un Acuerdo Económico y Comercial Global con Canadá.

(2) Dichas negociaciones han concluido, y el Acuerdo Económico y Comercial Global (CETA) entre Canadá, por una parte, y la Unión Europea y sus Estados miembros, por otra (en lo sucesivo, «Acuerdo»), debe firmarse en nombre de la Unión, a reserva del cumplimiento de los procedimientos necesarios para su celebración en una fecha posterior.

(3) De conformidad con el artículo 30.6, apartado 1, del Acuerdo, este no debe conceder derechos u obligaciones que puedan invocarse directamente ante los órganos jurisdiccionales...

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