Asunto C-481/07 P: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Sexta) de 16 de julio de 2009 — SELEX Sistemi Integrati SpA/Comisión de las Comunidades Europeas (Recurso de casación — Responsabilidad extracontractual de la Comunidad — Decisión de la Comisión por la que se desestima una denuncia contra Eurocontrol — Perjuicio real y efectivo)

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ES Diario Oficial de la Unión Europea C 220/5

Otras partes en el procedimiento: Schneider Electric SA (representantes: M. Pittie y A. Winckler, abogados), República Federal de Alemania, República Francesa)

Recurso de casación formulado contra la sentencia del Tribunal de Primera Instancia (Sala Cuarta ampliada) de 11 de julio de 2007, Schneider Electric SA/Comisión (T-351/03), mediante la cual el Tribunal de Primera Instancia condenó a la Comunidad Europea a indemnizar a Schneider Electric SA, por una parte, los gastos a los que ésta tuvo que hacer frente para participar en la reanudación del procedimiento de examen de la operación de concentración que tuvo lugar tras el pronunciamiento de las sentencias del Tribunal de Primera Instancia de 22 de octubre de 2002, Schneider Electric/Comisión (T-310/01 y T-77/02) y, por otra parte, dos tercios de los daños que sufrió Schneider Electric debido al importe de la reducción del precio de cesión de Legrand SA que Schneider Electric tuvo que ofrecer al cesionario para compensarle por el aplazamiento de la realización efectiva de la venta de Legrand hasta el 10 de diciembre de 2002 - Requisitos para la generación de la responsabilidad extracontractual de la Comunidad - Conceptos de falta, perjuicio y relación de causalidad directa entre la falta cometida y el perjuicio sufrido - Infracción «suficientemente caracterizada» del Derecho comunitario que afecta a un procedimiento de examen de la compatibilidad de una operación de concentración con el mercado común.

Anular la sentencia del Tribunal de Primera Instancia de las Comunidades Europeas de 11 de julio de 2007, Schneider Electric/Comisión (T-351/03), en la medida en que:

condenó a la Comunidad a reparar dos tercios del daño invocado por Schneider debido al importe de la reducción del precio de cesión de Legrand que hubo de ofrecer al cesionario para compensarle por el aplazamiento de la realización efectiva de la venta hasta el 10 de diciembre de 2002;

- ordenó un dictamen pericial con objeto para evaluar dicho elemento del perjuicio;

Desestimar el recurso de casación en todo lo demás

partes comunicarán al Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas, en un plazo de tres meses a partir de la fecha en que se dicte la presente sentencia, la evaluación del perjuicio constituido por los gastos a los que Schneider tuvo que hacer frente con el objeto de participar en la reanudación del procedimiento de examen de la operación de concentración que tuvo...

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