Convocatoria de propuestas — EACEA/19/09 — MEDIA 2007 — Apoyo a la distribución internacional de películas europeas — el Plan «selectivo» 2010

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ES Diario Oficial de la Unión Europea C 234/7

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PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS

COMISIÓN Convocatoria de propuestas - EACEA/19/09

MEDIA 2007 - Apoyo a la distribución internacional de películas europeas - el Plan «selectivo» 2010

(2009/C 234/04)

  1. Objetivos y descripción

    El presente anuncio de convocatoria de propuestas se basa en la Decisión n o 1718/2006/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de noviembre de 2006, relativa a la aplicación de un programa de apoyo al sector audiovisual europeo (MEDIA 2007) ( 1

    ).

    Una de las medidas que se aplicarán en el marco de esta Decisión es el apoyo a la distribución internacional de películas europeas.

    El objetivo del plan «selectivo» es estimular y apoyar la distribución internacional de películas europeas no nacionales recientes, animando a los distribuidores en particular a invertir en la promoción y distribución adecuadas de películas europeas no nacionales.

    El plan pretende estimular el establecimiento de vínculos entre los sectores de la producción y distribución, mejorando así la posición competitiva de las películas europeas no nacionales.

  2. Candidatos admisibles

    El presente anuncio va dirigido a empresas cuyas actividades contribuyan a la consecución de los objetivos anteriormente expuestos.

    Los candidatos deberán tener su sede en:

    - uno de los 27 Estados miembros de la Unión Europea,

    - uno de los países miembro de la AELC,

    - Suiza,

    - Croacia.

  3. Acciones admisibles

    Las acciones admisibles en esta convocatoria de propuestas son las siguientes:

    Distribución cinematográfica de películas no nacionales. La película debe haber sido producida mayoritariamente por productor/es establecidos en países que participan en el programa MEDIA y realizada con una participación significativa de profesionales de estos países. La pelicula debe ser una obra de ficción reciente, o bien un documental de más de 60 minutos de duración y de un país diferente al del país de distribución. Los derechos de propiedad intelectual no podrán ser anteriores a 4 años desde la fecha de presentación de la solicitud. No serán admisibles películas con un presupuesto de producción superior a 15 millones EUR.

    ( 1 ) DO L 327 de 24.11.2006, p. 12.

    ES Diario Oficial de la Unión Europea 29.9.2009

    El período válido será normalmente de 6 meses antes de la primera fecha posible de aparición de la película (i.e. el plazo de presentación correspondiente) hasta 10 meses después de la última fecha de exhibición (i.e. la fecha...

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