Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre la «Propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo sobre residuos de aparatos eléctricos y electrónicos (RAEE)»COM(2008) 810 final – 2008/0241 (COD)

SectionActos preparatorios

ES Diario Oficial de la Unión Europea C 306/39

Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre la «Propuesta de Directiva del Parlamento

Europeo y del Consejo sobre residuos de aparatos eléctricos y electrónicos (RAEE)»

COM(2008) 810 final - 2008/0241 (COD)

(2009/C 306/09)

El 20 de enero de 2009, de conformidad con el apartado 1 del artículo 175 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, el Consejo decidió consultar al Comité Económico y Social Europeo sobre la

Propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo sobre residuos de aparatos eléctricos y electrónicos (RAEE)

La Sección Especializada de Agricultura, Desarrollo Rural y Medio Ambiente, encargada de preparar los trabajos en este asunto, aprobó su dictamen el 18 de mayo de 2009 (ponente: Sylvia GAUCI).

En su 454 o Pleno de los días 10 y 11 de junio de 2009 (sesión del 11 de junio), el Comité Económico y Social Europeo ha aprobado por 103 votos a favor y 3 abstenciones el presente Dictamen.

Introducción Artículo 3

La revisión de la Directiva RAEE ha de tener como objetivo un impacto positivo, tanto en términos medioambientales como económicos, algo que beneficiará al medio ambiente y a las empresas y ciudadanos europeos.

La experiencia demuestra que el fin que perseguía esta directiva -alcanzar un enfoque funcional del mercado interior respecto de la gestión de los residuos- no se ha materializado

Durante la aplicación de la Directiva RAEE se han registrado numerosos problemas y divergencias entre los distintos Estados miembros.

Si bien estas divergencias son, en parte, consecuencia de las ambiguas definiciones que recoge la directiva, también se explican por la libertad de aplicación que el artículo 175 del Tratado otorga a los Estados miembros.

Conclusiones y recomendaciones

El Comité pasa a resumir cuáles son las cuestiones que deben examinarse, hasta la fecha de hoy, como resultado de la revisión de la Directiva RAEE.

La Directiva RAEE persigue la simplificación mediante la reducción de la carga administrativa que grava a los operadores

Con esta revisión, y actuando de manera conjunta con las autoridades nacionales, la Unión Europea debe garantizar que la directiva establece unas condiciones equitativas en todos los países de la UE. Sería deseable disponer de un fundamento jurídico doble, basándose en los artículos 95 y 175 del Tratado CE, en virtud del cual las disposiciones relativas al ámbito, las definiciones, los requisitos de los productos y las responsabilidades de los productores que se deriven de la comercialización nuevos productos corresponderían al marco jurídico del artículo 95 del Tratado, mientras que las disposiciones relativas a los objetivos y al tratamiento de residuos recaerían en el ámbito del artículo 175 del Tratado CE.

2.4 Es necesario que todas las partes integrantes de la cadena -productores, importadores, minoristas, comerciantes y dueños de desguaces- asuman las mismas responsabilidades a la hora de gestionar los RAAE.

2.5 La revisión de la directiva debe permitir una mejor interacción entre, por un lado, las disposiciones relacionadas con la protección del medio ambiente y, por el otro, la normativa que posibilita el funcionamiento sin problemas del mercado interior.

2.6 Más concretamente, la definición de productor no debe suponer un incremento de los obstáculos al mercado interior. Todo ello se ajusta más al reciente caso del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas en el que se exige que la protección medioambiental no vaya en...

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