Actualización de la lista de permisos de residencia mencionados en el artículo 2, apartado 15, del Reglamento (CE) no 562/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código comunitario de normas para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen) ( DO C 247 de 13.10.2006, p. 1; DO C 153 de 6.7.2007, p. 5; DO C 192 de 18.8.2007, p. 11; DO C 271 de 14.11.2007, p. 14; DO C 57 de 1.3.2008, p. 31; DO C 134 de 31.5.2008, p. 14; DO C 207 de 14.8.2008, p. 12; DO C 331 de 21.12.2008, p. 13; DO C 3 de 8.1.2009, p. 5; DO C 64 de 19.3.2009, p. 15; DO C 198 de 22.8.2009, p. 9; DO C 239 de 6.10.2009, p. 2)

SectionInformaciones

ES Diario Oficial de la Unión Europea 18.12.2009

Actualización de la lista de permisos de residencia mencionados en el artículo 2, apartado 15, del Reglamento (CE) n o 562/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código comunitario de normas para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen) (DO C 247 de 13.10.2006, p. 1; DO C 153 de 6.7.2007, p. 5; DO C 192 de 18.8.2007, p. 11; DO C 271 de 14.11.2007, p. 14; DO C 57 de 1.3.2008, p. 31; DO C 134 de 31.5.2008, p. 14; DO C 207 de 14.8.2008, p. 12; DO C 331 de 21.12.2008, p. 13; DO C 3 de 8.1.2009, p. 5; DO C 64 de 19.3.2009, p. 15; DO C 198 de 22.8.2009, p. 9; DO C 239 de 6.10.2009, p. 2) (2009/C 308/09)

La publicación de la lista de permisos de residencia a que se refiere el artículo 2, apartado 15, del Reglamento (CE) n o 562/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de marzo de 2006, por el que se establece un Código comunitario de normas para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen), se basa en la información comunicada por los Estados miembros a la Comisión de conformidad con el artículo 34 del Código de fronteras Schengen.

Además de la publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea, se puede consultar una actualización mensual en el sitio Internet de la Dirección General de Justicia, Libertad y Seguridad.

MALTA

Sustitución de la lista publicada en el DO C 153 de 6.7.2007 - El formato de los permisos de residencia expedidos a los nacionales de terceros países es el formato uniforme previsto en el Reglamento (CE) n o 1030/2002 del Consejo, de 13 de junio de 2002, por el que se establece un modelo uniforme de permiso de residencia para nacionales de terceros países.

En el espacio en blanco previsto en cada documento para el «type of permit» (tipo de permiso) se indicará alguna de las siguientes categorías: 1) Xogħol (trabajador por cuenta ajena); 2) Jaħdem għal rasu (trabajador por cuenta propia); 3) Temporanju (temporal); 4) Residenti fit-tul-KE (residente de larga duración-CE); 5) Benestant (económicamente autosuficiente); 6) Adozzjoni (adopción); 7) Raġunijiet ta' Saħħa (motivos de salud); 8) Reliġjuż (motivos religiosos); 9) Skema-Residenza Permanenti (régimen de residencia permanente); 10) Persuna ezenti - Membru tal-Familja (miembros de la familia de ciudadanos de Malta que gozan del «status de persona exenta»)

Con anterioridad al 1 de enero de 2008, la situación inmigratoria de tales...

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