Notificación para las personas, entidades y organismos que han sido incluidos por el Consejo en la lista de personas, entidades y organismos a la que se aplica el artículo 6.2 del Reglamento (CE) no 329/2007 del Consejo (Anexo V)

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ES Diario Oficial de la Unión Europea C 315/9

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Notificación para las personas, entidades y organismos que han sido incluidos por el Consejo en la lista de personas, entidades y organismos a la que se aplica el artículo 6.2 del Reglamento (CE) n o

329/2007 del Consejo (Anexo V)

(2009/C 315/05)

Se comunica a las personas, entidades y organismos que figuran en el Anexo V del Reglamento (CE) n o 329/2007 del Consejo de 27 de marzo de 2007 ( 1 ) la siguiente información.

El Consejo de la Unión Europea ha resuelto que las personas, entidades y organismos que figuran en la mencionada lista se ajustan a los criterios establecidos en el artículo 6.2, del Reglamento (CE) n o 329/2007 de 27 de marzo de 2007 relativo a la adopción de medidas restrictivas contra República Popular Democrática de Corea y que en consecuencia han sido incluidos, en la lista que figura en el Anexo V del mismo. Este Reglamento dispone que se congelarán todos los fondos, demás activos financieros y recursos económicos pertenecientes a las personas, entidades y organismos afectados, y que no se pondrán fondos, ni otros activos financieros y recursos económicos a disposición de los mismos ni directa ni indirectamente.

Se advierte a las personas, entidades y organismos afectados de la posibilidad de presentar a las autoridades competentes de los Estados miembros correspondientes, indicadas en los sitios web en el Anexo II del Reglamento, una solicitud para obtener la autorización de utilizar los fondos congelados para necesidades básicas o pagos específicos (véanse los artículos 7 y 8...

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