Publicación de una solicitud con arreglo al artículo 6, apartado 2, del Reglamento (CE) no 510/2006 del Consejo sobre la protección de las indicaciones geográficas y de las denominaciones de origen de los productos agrícolas y alimenticios

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ES Diario Oficial de la Unión Europea 23.12.2009

Publicación de una solicitud con arreglo al artículo 6, apartado 2, del Reglamento (CE) n o 510/2006

del Consejo sobre la protección de las indicaciones geográficas y de las denominaciones de origen de los productos agrícolas y alimenticios

(2009/C 315/09)

Esta publicación otorga un derecho de oposición con arreglo al artículo 7 del Reglamento (CE) n o 510/2006. Las declaraciones de oposición deben llegar a la Comisión en un plazo de seis meses a partir de la presente publicación

DOCUMENTO ÚNICO

REGLAMENTO (CE) N o 510/2006 DEL CONSEJO

QUESO DE FLOR DE GUÍA

/«QUESO DE MEDIA FLOR DE GUÍA»/«QUESO DE GUÍA»

N o CE: ES-PDO-005-0605-21.05.2007

IGP ( ) DOP ( X )

  1. Denominación:

    Queso de Flor de Guía

    /«Queso de Media Flor de Guía»/«Queso de Guía»

  2. Estado Miembro o Tercer País:

    España

  3. Descripción del producto agrícola o alimenticio:

    3.1. Tipo de producto [según la clasificación del anexo II]:

    Clase 1.3 Queso

    3.2. Descripción del producto que se designa con la denominación indicada en el punto 1:

    D e s c r i p c i ó n G e n e r a l

    Estos tipos de quesos presentan un carácter estacional muy marcado y altamente arraigada con el sistema tradicional de producción (lactación de enero a julio cuando existen pastos aprovechables en la zona amparada y la leche se procesa en las queserías; y secado de agosto a diciembre, cuando se realiza trashumancia hacia la cumbre de la isla en busca de pastos aprovechables). Esta característica es fundamental y marca el periodo de producción tal y como se ha venido haciendo tradicionalmente.

    La Denominación de Origen Protegida «Queso de Flor de Guía»/«Queso de Media Flor de Guía»/«Queso de Guía» ampara los siguientes tipos de quesos:

    Queso de Flor de Guía: graso o semigraso. Es elaborado fundamentalmente con leche de oveja canaria admitiéndose, no obstante, la mezcla de leche de oveja con la de otras especies, siempre que se respeten las siguientes proporciones:

    - la leche de oveja de raza canaria estará presente siempre al menos en un 60 %,

    - el porcentaje máximo a utilizar de leche de vaca de raza canaria y sus cruces será de un 40 %,

    - la proporción máxima a usar de leche de cabra de cualquiera de las razas canarias se establece en un 10 %.

    Su principal característica radica en que la coagulación de la leche se realizará exclusivamente con cuajo vegetal obtenido de los capítulos florales secos de las variedades de cardo Cynara cardunculus var. Ferocissima y Cynara scolymus.

    Queso de Media Flor de Guía: graso o semigraso. Es elaborado fundamentalmente con leche de oveja canaria admitiéndose, no obstante, la mezcla de leche de oveja con la de otras especies, siempre que se respeten las siguientes proporciones:

    ES Diario Oficial de la Unión Europea C 315/19

    - la leche de oveja de raza canaria estará presente siempre al menos en un 60 %,

    - el porcentaje máximo a utilizar de leche de vaca de raza canaria y sus cruces será de un 40 %,

    - la proporción máxima a usar de leche de cabra de cualquiera de las razas canarias se establece en un 10 %.

    Se caracteriza este tipo de queso porque la coagulación de la leche se realizará con cuajo vegetal obtenido de los capítulos florales secos de las variedades de cardo Cynara cardunculus var. Ferocísima y Cynara scolymus en un porcentaje siempre superior al 50 %.

    Queso de Guía: graso o semigraso. Es elaborado fundamentalmente con leche de oveja canaria admitiéndose, no obstante, la mezcla de leche de oveja con la de otras especies, siempre que se respeten las siguientes proporciones:

    - La leche de oveja de raza canaria estará presente siempre al menos en un 60 %.

    - El porcentaje máximo a utilizar de leche de vaca de raza canaria y sus cruces será de un 40 %.

    - La proporción máxima a usar de leche de cabra de cualquiera de las razas canarias se establece en un 10 %.

    En este tipo de queso la coagulación de la leche se realizará con cuajo animal y/o vegetal (Cynara cardunculus var. ferocissima, Cynara scolymus) y/o otros fermentos autorizados.

    Los quesos amparados según el grado de maduración, se clasifican en:

    - «Semicurado», si el proceso de maduración está comprendido entre 15 y 60 días,

    - «Curado», si el proceso de maduración es superior a 60 días.

    C a r a c t e r í s t i c a s f í s i c a s y o r g a n o l é p t i c a s

    Las características físicas y organolépticas de estos quesos son las siguientes:

    Queso de Flor de Guía:

    Forma: cilíndrica.

    Altura: de 4 a 6 cm.

    Diámetro: entre 15 y 30 cm.

    Peso: entre 0,5 y 5 Kg.

    Corteza: en los quesos de corta maduración, la corteza exterior es bastante fina, elástica y blanda, de color blanco-marfil apagado y formas con tendencia a torta. En los quesos de mayor maduración, la corteza es más dura, bien definida y de color marrón oscuro. En ambos casos la corteza presenta las impresiones de la quesera en la cara de la base con las marcas del paño bien definidas y los bordes lisos.

    Pasta: en los quesos semicurados la masa es de color crema, de consistencia muy blanda, cerrada al corte, de textura muy cremosa y de sabor ácido y amargo, muy aromático, mientras que en los curados es de color amarillo-parduzco, de consistencia dura, que al partirse produce un agradable olor, sabor amargo y sensación picante.

    Olor: Intensidad media, familia láctica, vegetal (cardo y frutos secos)

    Aromas: Intensidad media alta, con los mismos identificadores que el olor.

    Sabores elementales: Sabor amargo, salados y...

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