Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre la «Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se adaptan a la Decisión 1999/468/CE del Consejo determinados actos sujetos al procedimiento contemplado en el artículo 251 del Tratado, en lo que se refiere al procedimiento de reglamentación con control — Adaptación al procedimiento de reglamentación con control – Quinta parte»[COM(2009) 142 final — 2009/0048 (COD)]
Section | Actos preparatorios |
Diario Oficial de la Unión Europea 23.12.2009
Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre la «Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se adaptan a la Decisión 1999/468/CE del Consejo determinados actos sujetos al procedimiento contemplado en el artículo 251 del Tratado, en lo que se refiere al procedimiento de reglamentación con control - Adaptación al procedimiento de reglamentación con control - Quinta parte»
[COM(2009) 142 final - 2009/0048 (COD)]
(2009/C 317/12)
Ponente general: Daniel RETUREAU
El 14 de mayo de 2009, de conformidad con el artículo 152 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, el Consejo decidió consultar al Comité Económico y Social Europeo sobre la
Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se adaptan a la Decisión 1999/468/CE del Consejo determinados actos sujetos al procedimiento contemplado en el artículo 251 del Tratado, en lo que se refiere al procedimiento de reglamentación con control - Adaptación al procedimiento de reglamentación con control - Quinta parte
COM(2009) 142 final - 2009/0048 (COD).
El 12 de mayo de 2009, el Comité Económico y Social Europeo encargó a la Sección Especializada de Mercado Único, Producción y Consumo la preparación de los trabajos del Comité en este asunto.
De conformidad con el artículo 20 del Reglamento Interno, en su 455° Pleno, celebrado los días 15 y 16 de julio de 2009 (sesión del 16 de julio de 2009), el Comité Económico y Social Europeo ha decidido nombrar ponente general a Daniel RETUREAU y ha aprobado por 122 votos a favor y 2 votos en contra el presente Dictamen.
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S E
Conclusiones
El CESE acepta las propuestas de la Comisión relativas al de reglamentación con control y se pregunta al
mismo tiempo sobre la necesidad de considerar un procedimiento cuando las modificaciones, sin cambiar el objeto y las del instrumento, van algo más allá del criterio de no fundamental y tienen impactos sociales, econóo sobre la salud, de una determinada importancia.
El CESE, no obstante, considera que el control es difícil de por razones de organización del trabajo parlamentario.
Los ciudadanos no se hacen aún una idea precisa del valor del nuevo procedimiento, puesto que las organizaciones
sociedad civil afectadas por la reglamentación «supletoria» por la comitología pueden experimentar dificultades las modificaciones reglamentarias sucesivas del instruoriginal.
Recordatorio de los procedimientos de adaptación a la reglamentación con control en 2007 y 2008
El procedimiento de reglamentación con control del Parlase ha acelerado estos dos últimos años por medio de una
ómnibus
de los instrumentos jurídicos adoptados en con el procedimiento de comitología «normal». La
normal
sigue siendo válida cuando las condiciones procedimiento con control no se aplican.
La Decisión del Consejo 2006/512/CE, de 17 de julio de modificó la Decisión del Consejo, de 28 de junio de 1999, por la que se establecen los procedimientos para el ejercicio de las de ejecución atribuidas a la Comisión
(1999/468/CE), en particular por la incorporación de un artículo 5 bis que establece un nuevo procedimiento de «reglamentación con control». Este procedimiento permite al Parlamento ejercer un derecho de control de las modificaciones efectuadas por la comitología en los actos de que se trate, en la medida en que tales modificaciones no sean fundamentales o en caso de que consistan en añadir o retirar disposiciones o elementos que no tengan un carácter fundamental.
2.3. Los procedimientos de comitología que garantizan el seguimiento de cada acto legislativo incluirán así una opción suplementaria que...
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