Comunicaciones al DO nº C-367/18 of Tribunal de Justicia, Sala 2ª, August 03, 2018

Resolution DateAugust 03, 2018
Issuing OrganizationSala Segunda
Decision NumberC-367/18

Petición de decisión prejudicial presentada por el Tribunal Supremo (España) el 4 de junio de 2018 - María Teresa Aragón Carrasco, María Eugenia Cotano Montero, María Gloria Ferratges Castellanos, Raquel García Ferratges, Elena Muñoz Mora, Ángela Navas Chillón, Mercedes Noriega Bosch, Susana Rizo Santaella, Desamparados Sánchez Ramos, Lucía Santana Ruiz y Luis Salas Fernández (como heredero de Lucía Sánchez de la Peña) / Administración del Estado

(Asunto C-367/18)

Lengua de procedimiento: español

Órgano jurisdiccional remitente

Tribunal Supremo

Partes en el procedimiento principal

Recurrentes: María Teresa Aragón Carrasco, María Eugenia Cotano Montero, María Gloria Ferratges Castellanos, Raquel García Ferratges, Elena Muñoz Mora, Ángela Navas Chillón, Mercedes Noriega Bosch, Susana Rizo Santaella, Desamparados Sánchez Ramos, Lucía Santana Ruiz y Luis Salas Fernández (como heredero de Lucía Sánchez de la Peña)

Recurrida: Administración del Estado

Cuestiones prejudiciales

¿La cláusula 4 del Acuerdo Marco sobre el trabajo de duración determinada, que figura en el Anexo de la Directiva 1999/701 , debe interpretarse en el sentido de que se opone a la normativa nacional española que en el artículo 12.3 del Texto refundido del Estatuto del Empleado Público (Real Decreto Legislativo 2/2015, de 30 de octubre), dispone el cese libre sin indemnización, y por el contrario, sí establece una indemnización en el artículo 49.1.c) del Texto refundido del Estatuto de los Trabajadores (Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre) cuando se produce la extinción de un contrato de trabajo que obedece a determinadas causas legalmente tasadas?

Para el caso de ser negativa la respuesta a la cuestión...

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