Comunicaciones al DO nº T-597/19 of Tribunal General de la Unión Europea, President, October 11, 2019

Resolution DateOctober 11, 2019
Issuing OrganizationPresident
Decision NumberT-597/19

Recurso interpuesto el 6 de septiembre de 2019 - Helsingin Kaupunki/Comisión

(Asunto T-597/19)

Lengua de procedimiento: finlandés

Partes

Demandante: Helsingin Kaupunki (Helsinki, Finlandia) (representante: I. Aalto-Setälä, abogado)

Demandada: Comisión Europea

Pretensiones

La parte demandante solicita al Tribunal General que:

Anule, total o parcialmente, la Decisión dictada por la Comisión Europea el 28 de junio de 2019 sobre la ayuda de Estado SA.33846 - (2015/C) (ex 2011/CP)

Condene a la Comisión a cargar en su integridad con las costas del municipio, incrementadas en sus intereses

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca los siguientes motivos:

Primer motivo, basado en que se incurrió en un error manifiesto en la aplicación del artículo 107 TFUE, apartado 1, en la Decisión impugnada.

Es manifiesto el error en que incurrió la Comisión en la aplicación del principio del operador en economía de mercado. Al analizarlo, tampoco tuvo en cuenta adecuadamente toda la información y las explicaciones que se le habían transmitido durante el procedimiento de investigación y que demostraban que el préstamo controvertido se había concedido en circunstancias que en el mercado son usuales y de acuerdo con las modalidades que habrían guiado a un inversor prudente en una economía de mercado en las condiciones económicas correspondientes.

El juicio que se hizo de las medidas en cuestión está en contradicción con la práctica decisoria de la Comisión y con la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. La Comisión aplicó métodos de cálculo que son inadecuados para enjuiciar en detalle los préstamos de capital.

Además, la Comisión incurrió en un error manifiesto de apreciación al declarar que el préstamo para equipamiento en cuestión no podía calificarse de ayuda preexistente.

Segundo motivo, basado en que la motivación de la Decisión impugnada no responde a los requisitos del artículo 296 TFUE y de la jurisprudencia pertinente.

La motivación de la Decisión impugnada es insuficiente, en particular en relación con el juicio que hace sobre si el precio de compra pagado por la rama de actividad empresarial de Helsingin Bussiliikenne (HelB) era usual en el mercado, en relación con el cual la Comisión puso en tela de juicio la exactitud del dictamen del perito presentado por...

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