Commission Regulation (EC) No 243/2007 of 6 March 2007 concerning the authorisation of 3-phytase (Natuphos) as a feed additive (Text with EEA relevance)

Coming into Force02 April 2007
End of Effective Date31 December 9999
Celex Number32007R0243
ELIhttp://data.europa.eu/eli/reg/2007/243/oj
Published date13 March 2007
Date06 March 2007
Official Gazette PublicationGazzetta ufficiale dell’Unione europea, L 73, 13 marzo 2007,Diario Oficial de la Unión Europea, L 73, 13 de marzo de 2007,Journal officiel de l’Union européenne, L 73, 13 mars 2007
L_2007073ES.01000401.xml
13.3.2007 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 73/4

REGLAMENTO (CE) no 243/2007 DE LA COMISIÓN

de 6 de marzo de 2007

relativo a la autorización de 3-fitasa (Natuphos) como aditivo para la alimentación animal

(Texto pertinente a efectos del EEE)

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CE) no 1831/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de septiembre de 2003, sobre los aditivos en la alimentación animal (1), y, en particular, su artículo 9, apartado 2,

Considerando lo siguiente:

(1) El Reglamento (CE) no 1831/2003 prevé la autorización de aditivos para su uso en la alimentación animal y los motivos y procedimientos para conceder dicha autorización.
(2) De conformidad con el artículo 7 del Reglamento (CE) no 1831/2003, se ha presentado una solicitud de autorización del preparado mencionado en el anexo. La solicitud iba acompañada de la información y la documentación exigidas en el apartado 3 de dicho artículo.
(3) La solicitud se refiere a la autorización del preparado enzimático 3-fitasa producido por Aspergillus niger (CBS 101.672) para lechones destetados, cerdos de engorde y pollos de engorde, que debe clasificarse en la categoría de «aditivos zootécnicos».
(4) La Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria («la Autoridad») concluyó en sus dictámenes de 15 de junio de 2006 y de 17 de mayo de 2006 que la 3-fitasa producida por Aspergillus niger (CBS 101.672) no tiene efectos adversos para la salud animal, la salud humana o el medio ambiente (2). Concluyó, además, que el preparado enzimático 3-fitasa producido por Aspergillus niger (CBS 101.672) no presenta ningún otro riesgo que pudiera, con arreglo al artículo 5, apartado 2, del Reglamento (CE) no 1831/2003, impedir su autorización. El dictamen de la Autoridad recomienda medidas para la seguridad de los usuarios. No considera que haya necesidad de requisitos específicos de seguimiento posterior a la comercialización. Confirma también el informe sobre el método de análisis del aditivo para la alimentación animal en los piensos que presentó el laboratorio comunitario de referencia establecido en el Reglamento (CE) no 1831/2003. La evaluación de dicho preparado muestra que se cumplen los requisitos de autorización mencionados en el artículo 5 del Reglamento (CE) no 1831/2003. En consecuencia, debe autorizarse el uso de ese preparado tal como se especifica en el anexo del presente Reglamento.
(5) Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité permanente de la cadena alimentaria y de sanidad animal.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

Se autoriza el uso como aditivo en la alimentación animal del preparado especificado en el anexo, perteneciente a la categoría «aditivos zootécnicos» y al grupo funcional «digestivos», en las condiciones establecidas en dicho anexo.

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