Commission Regulation (EC) No 1091/2009 of 13 November 2009 concerning the authorisation of an enzyme preparation of endo-1,4-beta-xylanase produced by Trichoderma reesei (MUCL 49755) and endo-1,3(4)-beta-glucanase produced by Trichoderma reesei (MUCL 49754) as a feed additive for chickens for fattening (holder of authorisation Aveve NV) (Text with EEA relevance)

Coming into Force04 December 2009
End of Effective Date31 December 9999
Celex Number32009R1091
ELIhttp://data.europa.eu/eli/reg/2009/1091/oj
Published date14 November 2009
Date13 November 2009
Official Gazette PublicationGazzetta ufficiale dell’Unione europea, L 299, 14 novembre 2009,Diario Oficial de la Unión Europea, L 299, 14 de noviembre de 2009,Journal officiel de l’Union européenne, L 299, 14 novembre 2009
L_2009299ES.01000601.xml
14.11.2009 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 299/6

REGLAMENTO (CE) N o 1091/2009 DE LA COMISIÓN

de 13 de noviembre de 2009

relativo a la autorización de un preparado enzimático de endo-1,4-beta-xilanasa producida por Trichoderma reesei (MUCL 49755) y endo-1,3(4)-beta-glucanasa producida por Trichoderma reesei (MUCL 49754) como aditivo alimentario para pollos de engorde (titular de la autorización: Aveve NV)

(Texto pertinente a efectos del EEE)

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CE) no 1831/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de septiembre de 2003, sobre los aditivos en la alimentación animal (1), y, en particular, su artículo 9, apartado 2,

Considerando lo siguiente:

(1) El Reglamento (CE) no 1831/2003 establece la autorización de aditivos para su uso en la alimentación animal, así como los motivos y los procedimientos para conceder dicha autorización.
(2) De conformidad con el artículo 7 del Reglamento (CE) no 1831/2003, se presentó una solicitud de autorización del preparado que figura en el anexo del presente Reglamento. Dicha solicitud estaba acompañada de la información y la documentación exigidas en el apartado 3 del citado artículo.
(3) La solicitud se refiere a la autorización de un preparado enzimático de endo-1,4-beta-xilanasa producida por Trichoderma reesei (MUCL 49755) y endo-1,3(4)-beta-glucanasa producida por Trichoderma reesei (MUCL 49754) como aditivo alimentario para pollos de engorde, que debe clasificarse en la categoría de «aditivos zootécnicos».
(4) En su dictamen de 13 de mayo de 2009 (2), la Autoridad llegó a la conclusión de que el preparado de endo-1,4-beta-xilanasa producida por Trichoderma reesei (MUCL 49755) y endo-1,3(4)-beta-glucanasa producida por Trichoderma reesei (MUCL 49754) no tiene efectos adversos para la salud de los animales, la salud humana o el medio ambiente y que la utilización de dicho preparado contribuye significativamente a incrementar el peso corporal. La Autoridad no estimó que fuesen necesarios requisitos específicos de seguimiento consecutivo a la comercialización. Asimismo, dio el visto bueno al informe sobre el método de análisis de este aditivo en piensos presentado por el laboratorio comunitario de referencia que establece el Reglamento (CE) no 1831/2003.
(5) La evaluación de dicho preparado muestra que se cumplen las condiciones de autorización establecidas en el artículo 5 del Reglamento (CE) no 1831/2003. En consecuencia, debe autorizarse el uso de este preparado según se especifica en el anexo del presente Reglamento.
(6) Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité permanente de la cadena alimentaria y de sanidad animal.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

Se autoriza el uso como aditivo en la alimentación animal del preparado especificado en el anexo, perteneciente a la categoría de «aditivos zootécnicos» y...

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