Council Decision 2012/392/CFSP of 16 July 2012 on the European Union CSDP mission in Niger (EUCAP Sahel Niger)

Coming into Force16 July 2012
End of Effective Date30 September 2020
Celex Number32012D0392
ELIhttp://data.europa.eu/eli/dec/2012/392/oj
Published date17 July 2012
Date16 July 2012
Official Gazette PublicationGazzetta ufficiale dell’Unione europea, L 187, 17 luglio 2012,Journal officiel de l’Union européenne, L 187, 17 juillet 2012,Diario Oficial de la Unión Europea, L 187, 17 de julio de 2012
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17.7.2012 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 187/48

DECISIÓN 2012/392/PESC DEL CONSEJO

de 16 de julio de 2012

sobre la Misión PCSD de la Unión Europea en Níger (EUCAP Sahel Níger)

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de la Unión Europea, y en particular su artículo 28, su artículo 42, apartado 4, y su artículo 43, apartado 2,

Vista la propuesta de la Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,

Considerando lo siguiente:

(1) El 21 de marzo de 2011, el Consejo se felicitó por la Estrategia de la Unión Europea para la Seguridad y el Desarrollo en el Sahel, subrayando que la Unión tiene un interés desde hace tiempo en reducir la inseguridad y mejorar el desarrollo en la región del Sahel. Más recientemente, la intensificación de las acciones terroristas y las consecuencias del conflicto en Libia han aumentado la urgencia de proteger a los ciudadanos y los intereses de la Unión en la región y de prevenir la extensión de las amenazas a la Unión, ayudando al tiempo a reducir las amenazas para la seguridad regional.
(2) El 23 de marzo de 2012, el Consejo aprobó el concepto de gestión de crisis para una eventual misión civil de la Política Común de Seguridad y Defensa (PCSD) en el Sahel.
(3) El 1 de junio de 2012, el Primer Ministro de Níger envió a la Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad una carta de invitación con respecto a la prevista misión PCSD, congratulándose del despliegue PCSD de la Unión destinado a reforzar las capacidades de las Fuerzas de Seguridad nigerinas, en particular para luchar contra el terrorismo y la delincuencia organizada de forma eficaz, coherente y coordinada.
(4) Debe activarse la capacidad de guardia permanente para la EUCAP SAHEL Níger.
(5) La EUCAP SAHEL Níger se llevará a cabo en el contexto de una situación que puede deteriorarse y que podría obstaculizar el logro de los objetivos de la acción exterior de la Unión que se indican en el artículo 21 del Tratado de la Unión Europea (TUE).

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

Misión

En virtud de la presente Decisión, la Unión establece una Misión PCSD de la Unión Europea en Níger destinada a reforzar las capacidades de los actores de la seguridad nigerinos en la lucha contra el terrorismo y la delincuencia organizada (EUCAP Sahel Níger).

Artículo 2

Objetivos

En el contexto de la aplicación de la Estrategia de la Unión Europea para la Seguridad y el Desarrollo en el Sahel, la EUCAP Sahel Níger tendrá como objetivo mejorar la coordinación regional al afrontar retos comunes en materia de seguridad. En particular, la EUCAP Sahel Níger tendrá como objetivo contribuir al desarrollo de un enfoque integrado, multidisciplinario, coherente, sostenible y basado en los derechos humanos, entre los diferentes actores de la seguridad nigerinos en la lucha contra el terrorismo y la delincuencia organizada.

Artículo 3

Cometidos

1. A fin de cumplir los objetivos fijados en el artículo 2, la EUCAP SAHEL Níger:

a) asesorará y asistirá en la ejecución de la dimensión de la seguridad de la estrategia de Níger para la seguridad y el desarrollo a escala nacional, complementaria de otros actores;
b) apoyará el desarrollo de una coordinación integral regional e internacional en la lucha contra el terrorismo y la delincuencia organizada;
c) reforzará el Estado de Derecho a través del desarrollo de las capacidades de investigación penal y, en este contexto, elaborará y aplicará programas de formación adecuados;
d) apoyará el desarrollo de la sostenibilidad de las Fuerzas de Seguridad nigerinas;
e) contribuirá a determinar, planificar y ejecutar proyectos en el ámbito de la seguridad.

2. La EUCAP SAHEL Níger se centrará inicialmente en las actividades mencionadas en el apartado 1 que contribuyan a mejorar el control del territorio de Níger, también en coordinación con las Fuerzas Armadas nigerinas.

3. La EUCAP SAHEL Níger no desempeñará función ejecutiva alguna.

Artículo 4

Cadena de mando y estructura

1. La EUCAP SAHEL Níger, en su calidad de operación de gestión de crisis, tendrá una cadena de mando unificada.

2. La EUCAP SAHEL Níger tendrá su Cuartel General en Niamey.

3. La EUCAP SAHEL Níger contará con la siguiente estructura:

a) jefe de Misión;
b) componente de planificación y operaciones, incluidos agentes regionales de enlace;
c) componente de apoyo a la Misión;
d) elementos de elaboración de informes, seguridad, análisis y asesoramiento e información al público;
e) elemento de apoyo de Bruselas.

4. La EUCAP SAHEL Níger tendrá una célula de proyectos para determinar y ejecutar proyectos. En su caso, la EUCAP SAHEL Níger podrá, en ámbitos relacionados con ella y en apoyo de sus objetivos, coordinar y facilitar los proyectos ejecutados por los Estados miembros y terceros Estados bajo su responsabilidad y asesorar sobre los mismos,.

Artículo 5

Comandante civil de la operación

1. El Director de la Capacidad Civil de Planificación y Ejecución será el Comandante civil de la operación de la EUCAP SAHEL Níger.

2. El Comandante civil de la operación ejercerá el mando y el control de la EUCAP SAHEL Níger a nivel estratégico, bajo el control político y la dirección estratégica del Comité Político y de Seguridad (CPS) y la autoridad general del Alto Representante.

3. El Comandante civil de la operación...

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