Commission Directive 82/625/EEC of 1 July 1982 adapting to technical progress Council Directive 77/313/EEC on the approximation of the laws of the Member States relating to measuring systems for liquids other than water

Coming into Force22 July 1982
End of Effective Date30 October 2006
Celex Number31982L0625
ELIhttp://data.europa.eu/eli/dir/1982/625/oj
Published date27 August 1982
Date01 July 1982
Official Gazette PublicationOfficial Journal of the European Communities, L 252, 27 August 1982,Gazzetta ufficiale delle Comunità europee, L 252, 27 agosto 1982,Journal officiel des Communautés européennes, L 252, 27 août 1982
EUR-Lex - 31982L0625 - ES

Directiva 82/625/CEE de la Comisión, de 1 de julio de 1982, por la que se adapta al progreso técnico la Directiva 77/313/CEE del Consejo, relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados Miembros sobre los sistemas de medición de líquidos distintos del agua

Diario Oficial n° L 252 de 27/08/1982 p. 0010 - 0029
Edición especial en finés : Capítulo 13 Tomo 12 p. 0112
Edición especial en español: Capítulo 13 Tomo 12 p. 0258
Edición especial sueca: Capítulo 13 Tomo 12 p. 0112
Edición especial en portugués: Capítulo 13 Tomo 12 p. 0258


DIRECTIVA DE LA COMISIÓN

de 1 de julio de 1982

por la que se adapta al progreso técnico la Directiva 77/313/CEE del Consejo , relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros sobre los sistemas de medición de líquidos distintos del agua

( 82/625/CEE )

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS ,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea ,

Vista la Directiva 71/316/CEE del Consejo , de 26 de julio de 1971 , relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros sobre las disposiciones comunes a los instrumentos de medición y a los métodos de control metrológico (1) , modificada en último lugar por el Acta de adhesión de Grecia y , en particular , su artículo 17 ,

Considerando que procede modificar la Directiva 77/313/CEE (2) , habida cuenta de la evolución técnica en este campo ;

Considerando que las medidas establecidas en la presente Directiva concuerdan con el dictamen del Comité para la adaptación al progreso técnico de las directivas encaminadas a la eliminación de los obstáculos técnicos en los intercambios comerciales dentro del sector de los instrumentos de medición ,

HA ADOPTADO LA PRESENTE DIRECTIVA :

Artículo 1

El Anexo de la Directiva 77/313/CEE se modificará de la siguiente manera :

1 . El número 2.2.6.2.3 se sustituirá por el texto siguiente :

« 2.2.6.2.3 . Los compartimentos de la cisterna habrán de estar equipados con un dispositivo antirremolino , excepto si el conjunto de medición comprendiere un separador de gases conforme al número 1.6.2.1.4 . »

2 . Después del número 3.1.2.4.2 se añadirá el número siguiente :

« 3.1.3 . Respecto a los sistemas de medición contempladas en los números 2.2 y 2.4 , se podrá otorgar la aprobación CEE de modelo basándose en planos y esquemas , siempre que concuerden con las...

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