Commission Implementing Regulation (EU) No 767/2013 of 8 August 2013 withdrawing the approval of the active substance bitertanol, in accordance with Regulation (EC) No 1107/2009 of the European Parliament and of the Council concerning the placing of plant protection products on the market, and amending Commission Implementing Regulation (EU) No 540/2011 Text with EEA relevance
Coming into Force | 29 August 2013 |
End of Effective Date | 31 December 9999 |
Celex Number | 32013R0767 |
ELI | http://data.europa.eu/eli/reg_impl/2013/767/oj |
Published date | 09 August 2013 |
Date | 08 August 2013 |
Official Gazette Publication | Diario Oficial de la Unión Europea, L 214, 9 de agosto de 2013,Gazzetta ufficiale dell’Unione europea, L 214, 9 agosto 2013,Journal officiel de l’Union européenne, L 214, 9 août 2013 |
9.8.2013 | ES | Diario Oficial de la Unión Europea | L 214/5 |
REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) No 767/2013 DE LA COMISIÓN
de 8 de agosto de 2013
por el que se retira la aprobación de la sustancia activa bitertanol, de acuerdo con el Reglamento (CE) no 1107/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a la comercialización de productos fitosanitarios, y se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) no 540/2011 de la Comisión
(Texto pertinente a efectos del EEE)
LA COMISIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Visto el Reglamento (CE) no 1107/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de octubre de 2009, relativo a la comercialización de productos fitosanitarios y por el que se derogan las Directivas 79/117/CEE y 91/414/CEE del Consejo (1), y, en particular, la segunda alternativa de su artículo 21, apartado 3, y su artículo 78, apartado 2,
Considerando lo siguiente:
(1) | En virtud del Reglamento de Ejecución (UE) no 1278/2011 de la Comisión (2) se aprobó el bitertanol como sustancia activa con arreglo al Reglamento (CE) no 1107/2009, con la condición de que el solicitante de la aprobación de dicha sustancia facilitara, a más tardar el 30 de junio de 2012, información confirmatoria complementaria en relación con la importancia toxicológica de las impurezas BUE 1662, así denominada por razones de confidencialidad, y del compuesto 3-clorofenoxi. |
(2) | El solicitante a instancia del cual se aprobó el bitertanol no presentó ninguna información confirmatoria en el plazo que finalizó el 30 de junio de 2012. Mediante carta de 11 de diciembre de 2011 ya había informado a la Comisión de que no tenía intención de presentar tal información. |
(3) | Por consiguiente, procede retirar la aprobación del bitertanol. |
(4) | El Reglamento de Ejecución (UE) no 1278/2011 debe, pues, ser derogado. |
(5) | Procede, por tanto, modificar en consecuencia el Reglamento de Ejecución (UE) no 540/2011 de la Comisión (3). |
(6) | Debe darse tiempo a los Estados miembros para que retiren las autorizaciones de los productos fitosanitarios que contengan bitertanol. |
(7) | Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité Permanente de la Cadena Alimentaria y de Sanidad Animal. |
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Artículo 1
Retirada de la aprobación
Queda retirada la aprobación de...
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