Comunicaciones al DO nº T-593/20 of Tribunal General de la Unión Europea, October 23, 2020
Resolution Date | October 23, 2020 |
Issuing Organization | Tribunal General de la Unión Europea |
Decision Number | T-593/20 |
Recurso interpuesto el 28 de septiembre de 2020 - Tirrenia di navigazione/Comisión
(Asunto T-593/20)
Lengua de procedimiento: italiano
Partes
Demandante: Tirrenia di navigazione SpA (Roma, Italia) (representantes: B. Nascimbene y F. Rossi Dal Pozzo, abogados)
Demandada: Comisión Europea
Pretensiones
La parte demandante solicita al Tribunal General que:
Anule la Decisión impugnada en las partes indicadas en el recurso y, en concreto, sus artículos 2, 3 y 4, exclusivamente.
Subsidiariamente, anule los artículos 6 y 7 de la Decisión que ordenan la recuperación de las supuestas ayudas, declarando que esta recuperación es inmediata y efectiva.
Condene en costas a la Comisión.
Motivos y principales alegaciones
El presente recurso se dirige contra los artículos 2, 3 y 4 de la Decisión C(2020) 1110 final, de 2 de marzo de 2020. En esta Decisión, la Comisión concluyó que las compensaciones por obligaciones de servicio público concedidas a Tirrenia AS a partir de 2009 y, posteriormente, a su adquirente, Compagnia Italiana di Navigazione, para la prestación de servicios de transporte mediante transbordadores en Italia son conformes con las normas de la Unión Europea en materia de ayudas de Estado.
Por otra parte, la Comisión apreció que otras medidas concedidas a Tirrenia AS son incompatibles con las normas de la Unión Europea en materia de ayudas de Estado. La Comisión concluyó, asimismo, que las compensaciones por obligaciones de servicio público concedidas de 1992 a 2008 a las sociedades del antiguo grupo Tirrenia (Adriatica, Caremar, Saremar, Siremar y Toremar) son conformes con las normas de la Unión Europea en materia de ayudas de Estado, con excepción de las ayudas relativas a una línea específica, que fueron consideradas incompatibles.
En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca tres motivos.
-
Primer motivo, basado en la infracción del artículo 107 TFUE, apartado 1, y del artículo 108 TFUE, apartado 2, y de las Directrices de salvamento y reestructuración de 2004.
- La demandante alega a este respecto que, en la Decisión impugnada, la Comisión incurrió en un error de Derecho en la aplicación del artículo 107 TFUE, apartado 3, letra b), y en relación con las Directrices de 2004 en la medida en que concluyó que la ayuda concedida para el salvamento de Tirrenia AS había sido prorrogada ilegalmente y era incompatible con el mercado interior.
- En este sentido, la demandante precisa que:
El plan de reestructuración existía antes...
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