93/554/EEC: Commission Decision of 22 June 1993 relating to a proceeding pursuant to Article 85 of the EEC Treaty in Cases IV/31.550 - Zera/Montedison and IV/31.898 - Hinkens/Stähler (Only the German and Italian texts are authentic)

Published date04 November 1993
Subject MatterIntese,concorrenza,Prácticas colusorias,competencia,Ententes,concurrence
Official Gazette PublicationGazzetta ufficiale delle Comunità europee, L 272, 4 novembre 1993,Diario Oficial de las Comunidades Europeas, L 272, 4 de noviembre de 1993,Journal officiel des Communautés européennes, L 272, 4 novembre 1993
EUR-Lex - 31993D0554 - ES

93/554/CEE: Decisión de la Comisión, de 22 de junio de 1993, relativa a un procedimiento de aplicación del artículo 85 del Tratado CEE (IV/31.550 - Zera/Montedison y IV/31.898 - Hinkens/Stähler) (Los textos en lenguas alemana y italiana son los únicos auténticos)

Diario Oficial n° L 272 de 04/11/1993 p. 0028 - 0045


DECISIÓN DE LA COMISIÓN de 22 de junio de 1993 relativa a un procedimiento de aplicación del artículo 85 del Tratado CEE (IV/31.550 - Zera/Montedison y IV/31.898 - Hinkens/Staehler) (Los textos en lenguas alemana e italiana son los únicos auténticos)

(93/554/CEE)LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea,

Visto el Reglamento no 17 del Consejo, de 6 de febrero de 1962, primer Reglamento de aplicación de los artículos 85 y 86 del Tratado CEE (1), cuya última modificación la constituye el Acta de adhesión de España y de Portugal, y, en particular, el apartado 1 de su artículo 3,

Vistas las solicitudes de la sociedad Zera-Agrarchemikalien GmbH (Travenbrueck-Tralau, Alemania) y la empresa Wilhelm Hinkens (Linnich, Alemania), presentadas con arreglo al artículo 3 del Reglamento no 17 con objeto de que la Comisión compruebe si las empresas Agrimont SpA, Milán (antes Farmoplant SpA, Italia), Montedison (Eschborn, Alemania), Chemie Handels-GmbH (antes Montedison Deutschland GmbH, Alemania) y Staehler Agrochemie GmbH & Co. KG (Stade, Alemania) han infringido el artículo 85 del Tratado,

Vista la Decisión de la Comisión, de 27 de septiembre de 1989, de iniciar un procedimiento en el presente asunto,

Después de haber ofrecido a Agrimont SpA, Montedison (Alemania) Chemie Handels-GmbH y Staehler Agrochemie GmbH & Co. KG la oportunidad de dar a conocer sus puntos de vista en relación con las objeciones formuladas por la Comisión, con arreglo al apartado 1 del artículo 19 del Reglamento no 17 y al Reglamento no 99/63/CEE de la Comisión, de 25 de julio de 1963, relativo a las audiencias previstas en los apartados 1 y 2 del artículo 19 del Reglamento no 17 del Consejo (2),

Previa consulta al Comité consultivo en materia de prácticas restrictivas y de posiciones dominantes,

Considerando lo que sigue:

I. HECHOS A. Explicación sucinta del objeto del procedimiento (1) El objeto de la presente Decisión es un acuerdo entre dos empresas filiales del grupo industrial, por una parte, y el distribuidor exclusivo en Alemania, por otra, cuya finalidad consiste en garantizar a este último, mediante la diferenciación del producto fitosanitario Digermin, una protección absoluta en el mercado alemán e impedir, de esta manera, las importaciones paralelas de otros Estados miembros en Alemania.

(2) La presente Decisión no trata de la compatibilidad con las normas de competencia del acuerdo de distribución exclusiva en Alemania. La Comisión no ha realizado ninguna evaluación del acuerdo, que, por otra parte, no le fue notificado.

B. Las empresas (3) Hasta mayo de 1986, Farmoplant SpA, Milán (en adelante, « Farmoplant »), una empresa filial al 100 % del grupo italiano Montedison, se dedicaba esencialmente a la elaboración de productos fitosanitarios para la agricultura, entre ellos Digermin. En junio de 1986, Farmoplant pasó a formar parte de la recién creada filial Agrimont SpA (en adelante, « Agrimont »), que centralizaba todas las actividades agrarias del grupo Montedison. A principios de 1989, Montedison traspasó el 100 % de Agrimont al recién creado grupo Enimont SpA, Milán, participado a partes iguales por Montedison y Ente Nazionale Idrocarburi (ENI). En el contexto del traspaso a ENI de la parte correspondiente a Montedison, Agrimont quedó incorporada, con efectos a partir del 1 de noviembre de 1991, a la sociedad EniChem Agricoltura SpA, Milán.

De acuerdo con el informe anual de 1984, los ingresos por ventas de Agrimont ascendieron en ese año a 89 003 millones de liras italianas (unos 64,4 millones de ecus) (3).

(4) La sociedad Montedison (Deutschland) Chemie Handels-GmbH Eschborn, denominada anteriormente Montedison Deutschland GmbH (en adelante, MED), se ocupaba de la distribución de los productos Montedison en Alemania. En un principio, MED era una filial al 100 % de Montedison International Holding Co. (Zúrich) y posteriormente, a comienzos de 1989, pasó a formar parte en su totalidad del nuevo grupo Enimont. En octubre de 1991, la empresa Montedison (Deutschland) Chemie Handels-GmbH se fusionó con Agip (Deutschland) AG y se convirtió primero en EniMont (Deutschland) AG y después en EniChem Deutschland AG. Esta sociedad tiene su sede en Múnich y cuenta con una filial en Eschborn, encargada de las actividades en el sector agroquímico.

El volumen de negocios de MED fue de 566,6 millones de marcos alemanes (unos 253,16 millones de ecus) en 1984. En el sector de productos fitosanitarios se realizó un volumen de negocios de [. . .] (4) de marcos alemanes, de los cuales [. . .] de marcos alemanes correspondieron al producto Digermin.

(5) Staehler Agrochemie GmbH & Co. KG (Stade), denominada hasta el 30 de junio de 1984 Aagrunol Staehler Pflanzenschutzunion GmbH & Co. KG (en adelante, Staehler), tenía la exclusiva de la distribución del herbicida Digermin en Alemania, según lo establecido en un contrato celebrado con MED el 9 de septiembre de 1980. El volumen de negocios de la empresa ascendió a unos 22 millones de marcos alemanes (9,26 millones de ecus) en 1982, a unos 28 millones de marcos alemanes (12,33 millones de ecus) en 1983 y a aproximadamente 33 millones de marcos alemanes (14,7 millones de ecus) en 1984.

C. El producto 1. El principio activo trifluralina

(6) El principio activo químico trifluralina, contenido en el producto fitosanitario Digermin, es un derivado de la dinitroanilina desarrollado en Estados Unidos por Eli Lilly y comercializado desde 1963 en todo el mundo, por lo común bajo la marca Treflan. La trifluralina es el principio activo de herbicidas de mayor éxito hasta el momento en la historia de la industria química. Los sectores de utilización de este principio activo abarcan desde el algodón, la colza y el girasol hasta las hortalizas como el haba de soja, la remolacha y la coliflor.

Eli Lilly distribuye este producto con trifluralina en Alemania desde el año 1968, aproximadamente, bajo la marca Elancolan.

2. El producto Digermin

(7) Digermin es un herbicida cuyo principio activo, la trifluralina - que es insoluble en agua -, se diluye (o se « formula », según la jerga química) en uno o varios diluyentes, como el xilol en una concentración de 480 g por litro. Para que el principio activo contenido en la solución (la « fórmula ») se mantenga en suspensión una vez trasvasado a los depósitos pulverizadores y añadida el agua, se le han de añadir emulgentes y otras sustancias auxiliares.

(8) Los productos que durante el período de referencia de la Decisión, que se extiende hasta finales de 1988 (véanse los considerandos 14 y 35), competían en el mercado alemán con Elancolan (distribuido por Elanco, el departamento de productos fitosanitarios de la sociedad alemana Eli Lilly GmbH) y Zera-Trifluralin (distribuido por Zera Agrarchemikalien GmbH) y Zera-Trifluralin (distribuido por Zera Agrarchemikalien GmbH, desde 1985 con licencia propia) tienen la misma concentración de principios activos, pero presentan ciertas diferencias en lo que a los diluyentes se refiere (véanse, a este respecto, los considerandos 61 a 68).

3. Sectores de utilización

(9) El ámbito de utilización de Digermin está en función de la autorización concedida por el país de que se trate. En Alemania, Digermin se puede utilizar en el desherbado de la colza, del nabo y de la coliflor. El principal sector de utilización lo constituye el cultivo de la colza.

(10) Dentro de la Comunidad, Digermin está autorizado, además de en Alemania, en Italia, Francia, España y el Reino Unido y se utiliza en general para cultivos distintos de la colza.

4. Los procedimientos de autorización

(11) Después de que Agrimont señalara, en un primer momento y en respuesta a preguntas de la Comisión, que la autorización en los demás Estados miembros se obtuvo después de haberse concedido en Alemania, tanto esta empresa como MED indicaron en sus observaciones a los cargos y durante la audiencia oral el siguiente calendario de autorizaciones:

"" ID="01">Italia> ID="02">5. 11. 1975> ID="03">8. 2. 1980"> ID="01">Alemania> ID="02">13. 1. 1977> ID="03">30. 1. 1978"> ID="01">España> ID="02">18. 2. 1977> ID="03">15. 2. 1984"> ID="01">Reino Unido> ID="02">19. 3. 1979> ID="03">20. 9. 1979"> ID="01">Francia> ID="02">3. 6. 1981> ID="03">26. 6. 1982 ">

No fue posible determinar las fórmulas que habían sido objeto de solicitudes de autorización en Italia y España. Sin embargo, se ha podido comprobar que en Alemania se autorizó una fórmula distinta de las de los demás Estados miembros (véanse los considerados 69 y 70).

(12) MED señaló durante la audiencia que las autoridades alemanas competentes en materia de autorización, mediante carta de 10 de marzo de 1980, habían exigido que el contenido máximo de nitrosamina (NDPA) fuera de 1 mg/kg (o 1 ppm). Según una nota de Staehler de 14 de enero de 1981, adjuntada como anexo a los cargos presentados, el contenido de nitrosamina del Digermin alemán en aquel momento era todavía de 10 ppm. Sin embargo, en 1983, incluso el Digermin producido para otros Estados miembros respondía a las normas alemanas (véase el considerando 49). Además, las nitrosaminas están contenidas en el propio principio activo y no se deben a los diluyentes utilizados.

(13) La venta de Digermin en los diferentes Estados miembros se inició simultáneamente en 1979, cuando expiró en Alemania la primera de las patentes del principio activo trifluralina correspondientes a Eli Lilly.

(14) Según lo comunicado por MED, la autorización vigente en Alemania no se...

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