94/220/EC: Commission Decision of 26 January 1994 requiring France to suspend the payment to Groupe Bull of aid granted in breach of Article 93 (3) of the EC Treaty (Text with EEA relevance)

Published date28 April 1994
Subject Matterconcorrenza,aiuti degli Stati,competencia,ayudas concedidas por los Estados,concurrence,aides accordées par les États
Official Gazette PublicationGazzetta ufficiale delle Comunità europee, L 107, 28 aprile 1994,Diario Oficial de las Comunidades Europeas, L 107, 28 de abril de 1994,Journal officiel des Communautés européennes, L 107, 28 avril 1994
EUR-Lex - 31994D0220 - ES

94/220/CE: Decisión de la Comisión, de 26 de enero de 1994, por la que se exige a Francia que suspenda el pago de una ayuda al Grupo Bull, concedida en infracción del apartado 3 del artículo 93 del Tratado CE (Texto pertinente a los fines del EEE)

Diario Oficial n° L 107 de 28/04/1994 p. 0061 - 0062


DECISIÓN DE LA COMISIÓN de 26 de enero de 1994 por la que se exige a Francia que suspenda el pago de una ayuda al Grupo Bull, concedida en infracción del apartado 3 del artículo 93 del Tratado CE (El texto en lengua francesa es el único auténtico) (Texto pertinente a los fines del EEE) (94/220/CE)

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea y, en particular, los apartados 2 y 3 de su artículo 93,

Considerando lo que sigue:

(1) En su carta de 6 de diciembre de 1993, las autoridades francesas informaron a la Comisión de su intención de proceder a una nueva recapitalización del grupo Bull (en lo sucesivo « Bull ») por un total de 8 600 millones de francos franceses, de los que 7 000 millones serían suscritos por el Estado francés, y el resto por France Télécom.

En la carta se indicaba también que, de la cantidad total a cargo del Estado francés, 4 500 millones de francos franceses serían pagados en el marco del ejercicio financiero de Bull de 1993. Las autoridades francesas comunicaron al Comisario responsable de la política de competencia que el Estado francés había efectuado ya este pago, extremo que ha sido confirmado por la Representación Permanente de Francia. Resulta también que la aportación de capital de France Télécom, que asciende a 1 600 millones de francos franceses, ha sido ya abonada.

Estos pagos, al haberse efectuado en infracción del apartado 3 del artículo 93 del Tratado y teniendo en cuenta que la Comisión no ha adoptado todavía una decisión sobre dicha ayuda, deben considerarse ilegales.

(2) En su carta de 8 de diciembre de 1993, la Comisión pidió al Gobierno francés que retrasara las aportaciones de capital hasta que se llegara a una decisión al respecto; en la carta se solicitaba también una información exhaustiva sobre los planes de reestructuración de Bull.

El 17 de diciembre de 1993, la Comisión envió una nueva carta a las autoridades francesas sobre el importe de las aportaciones de capital aún sin desembolsar en el ejercicio de 1993, en la que solicitaba una información...

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