96/666/EC: Commission Decision of 26 June 1996 concerning aid granted by Germany to the Volkswagen Group in Mosel and Chemnitz (Only the German text is authentic) (Text with EEA relevance)

Published date29 November 1996
Subject Mattercompetencia,ayudas concedidas por los Estados,concurrence,aides accordées par les États,concorrenza,aiuti degli Stati
Official Gazette PublicationDiario Oficial de las Comunidades Europeas, L 308, 29 de noviembre de 1996,Journal officiel des Communautés européennes, L 308, 29 novembre 1996,Gazzetta ufficiale delle Comunità europee, L 308, 29 novembre 1996
EUR-Lex - 31996D0666 - ES

96/666/CE: Decisión de la Comision de 26 de junio de 1996 relativa a una ayuda concedida por Alemania al grupo Volkswagen y destinada a las plantas de Mosel y Chemnitz (El texto en lengua alemana es el único auténtico) (Texto pertinente a los fines del EEE)

Diario Oficial n° L 308 de 29/11/1996 p. 0046 - 0057


DECISIÓN DE LA COMISIÓN de 26 de junio de 1996 relativa a una ayuda concedida por Alemania al grupo Volkswagen y destinada a las plantas de Mosel y Chemnitz (El texto en lengua alemana es el único auténtico) (Texto pertinente a los fines del EEE) (96/666/CE)

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea y, en particular, el párrafo primero del apartado 2 de su artículo 93,

Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo y, en particular, la letra a) del apartado 1 de su artículo 62,

Después de haber emplazado a los interesados para que presenten sus observaciones, de conformidad con el párrafo primero del apartado 2 del artículo 93 del Tratado,

Considerando lo que sigue:

I

Mediante carta de 14 de enero de 1992 (1), la Comisión comunicó a Alemania su decisión, adoptada el 18 de diciembre de 1991, de incoar el procedimiento del apartado 2 del artículo 93 del Tratado CE en relación con las ayudas proyectadas por las autoridades alemanas en favor del grupo Volkswagen (VW) para sus plantas en los nuevos Estados federados.

Al incoar el procedimiento, la Comisión expresó serias dudas respecto de la compatibilidad de las ayudas con el mercado común por las razones que se exponen a continuación:

1) las ayudas de Estado no se habían notificado a la Comisión con arreglo al apartado 2 del artículo 93 del Tratado CE y no pudieron ser cuantificadas con exactitud,

2) la intensidad de ayuda prevista, aparentemente elevada, para un plan que implica un importante aumento de capacidades en el mercado europeo del automóvil, podría dar lugar a un falseamiento de la competencia,

3) la acumulación de ayudas regionales con una intensidad comparativamente elevada no se había motivado suficientemente desde la óptica de los problemas estructurales y económicos de los nuevos Estados federados; la intensidad total de las ayudas probablemente sea excesiva e incompatible con los criterios de las Directrices comunitarias sobre ayudas de Estado a la industria automovilística (2).

II

Mediante cartas de 19 de septiembre de 1990, 14 de diciembre de 1990 y 14 de marzo de 1991, la Comisión solicitó la notificación, conforme a las Directrices sobre ayudas de Estado a la industria automovilística, de las medidas de ayuda destinadas a las nuevas inversiones de VW en los nuevos Estados federados y subrayó que estas ayudas habían de ser notificadas y autorizadas por la Comisión antes de concederse.

Por carta de 29 de mayo de 1991, el Gobierno alemán señaló que, según su criterio, entre el 1 de enero y el 31 de marzo de 1991, las mencionadas Directrices no eran de aplicación en los nuevos Estados federados, puesto que inicialmente debían expirar a finales de 1990 y su prórroga por parte de la Comisión en diciembre de ese año, para ser jurídicamente vinculante, requería el consentimiento formal del Gobierno alemán o bien una decisión formal de la Comisión con arreglo al apartado 2 del artículo 93 del Tratado CE. Dado que las medidas en cuestión habían sido concedidas antes del 31 de marzo de 1991, la Comisión solamente podía evaluarlas a la luz de los regímenes regionales autorizados en los nuevos Estados federados.

La Comisión no comparte la argumentación alemana por las siguientes razones:

1) la Decisión 90/381/CEE de la Comisión sobre la aplicación en Alemania de las Directrices relativas a la industria automovilística (3), que no fue impugnada por el Gobierno alemán, no estaba limitada en el tiempo, de modo que la prórroga de las Directrices decidida por la Comisión en diciembre de 1990 no afectó a la obligación de notificación,

2) el Gobierno alemán no impugnó la prórroga de las Directrices ni se pronunció al respecto, por lo que estaba fundada la suposición de la Comisión de que se cumplirían las disposiciones vigentes,

3) al autorizar la extensión de los regímenes de ayudas regionales existentes a los nuevos Estados federados [SG(91) D/12002, de 9 de enero de 1991], la Comisión estableció que debían respetarse las disposiciones de las Directrices,

4) esta extensión implica que las disposiciones del 19° programa marco de la iniciativa común (19. Rahmenprogramm der Gemeinschaftsaufgabe), publicado por el Gobierno alemán en julio de 1991 y autorizado por la Comisión por carta [SG(90) D/27707, de 2 de octubre de 1991], también han de observarse cuando se trata de ayudas en los nuevos Estados federados. Por tanto, en estos casos también se debe respetar la obligación de notificar previamente las ayudas en favor de la industria automovilística.

En consecuencia, la Comisión consideró que estos casos representaban ayudas no notificadas, ya que habían sido aprobadas por las autoridades alemanas sin su autorización previa.

La decisión de incoar el procedimiento con arreglo al apartado 2 del artículo 93 del Tratado CE se apoyaba en un primer examen detallado de toda la información que obraba en poder de la Comisión a raíz de las cartas del Gobierno alemán de 16 de septiembre y 10 de diciembre de 1991, de diversos encuentros bilaterales entre las autoridades alemanas y representantes de la Comisión y de la inspección in situ del emplazamiento que realizó la Comisión en agosto de 1991.

En su carta de 14 de enero de 1992, la Comisión instó al Gobierno alemán a pronunciarse, en el plazo de un mes, sobre la incoación del procedimiento del apartado 2 del artículo 93 en el asunto VW y a ratificar, en un plazo de diez días hábiles, su acuerdo con la suspensión de todos los pagos a VW por sus inversiones en Mosel, Chemnitz y Eisenach. Para el caso de que no se recibiera tal declaración, la Comisión se reservaba el derecho a suspender el pago de todo tipo de ayudas de Estado en beneficio de los proyectos.

III

Mediante carta de 29 de enero de 1992, el Gobierno alemán aceptó suspender el pago de nuevas ayudas hasta que concluyera el procedimiento del apartado 2 del artículo 93. En su carta de 31 de marzo de 1992, se pronunció sobre la carta de la Comisión de 14 de enero del mismo año.

Por carta de 24 de abril de 1992, la Comisión pidió a Alemania, al Treuhandanstalt (THA) y a VW que le remitieran la información adicional necesaria para un examen completo del caso.

Las preguntas relativas al asunto, que la Comisión explicó en una reunión bilateral celebrada el 28 de abril de 1992 y detalló posteriormente en las cartas de 14 de mayo, 5 de junio, 21 de agosto y 17 de noviembre de 1992, fueron respondidas poco a poco por las autoridades alemanas en sus cartas de 20 de mayo, 3 de junio, 12 de junio, 20 de julio, 29 de julio, 8 de septiembre, 25 de septiembre, 2 de octubre, 16 de octubre, 21 de octubre, 4 de noviembre y 25 de noviembre de 1992. VW completó esta información mediante comunicaciones a la Comisión de fecha 15 de junio y 30 de octubre de 1992, así como 12 y 20 de enero de 1993. Las respuestas se debatieron en varios encuentros de la Comisión con diversas autoridades alemanas y con VW, que tuvieron lugar los días 16 de junio, 9 de septiembre, 12 de octubre, 16 de octubre y 3 de diciembre de 1992, así como el 8 y 11 de enero de 1993.

A comienzos de enero de 1993, cuando la Comisión había concluido el examen del asunto y estaba a punto de adoptar una decisión definitiva, VW le informó extraoficialmente de que estaba revisando sus planes de inversión en los nuevos Estados federados y, por consiguiente, pedía un aplazamiento de la decisión de la Comisión hasta que concluyera dicha revisión. Las autoridades alemanas se adhirieron a esta petición.

El 13 de enero de 1993, VW decidió aplazar buena parte de sus proyectos de inversión por un período que alcanzaba hasta los tres años. Como la modificación del calendario de los proyectos trastocó algunos parámetros fundamentales utilizados por la Comisión en su valoración de la compatibilidad de las ayudas proyectadas con las correspondientes Directrices comunitarias sectoriales, ésta aceptó revisar su análisis teniendo en cuenta los cambios en los planes de inversión de VW.

Algunos de los detalles del proyecto modificado fueron explicados a la Comisión en una conversación bilateral que tuvo lugar el 5 de mayo de 1993. El 6 de junio de 1993, las autoridades alemanas remitieron mayor información por escrito sobre el nuevo plan de inversión, información que fue completada por VW mediante cartas de 24 de junio y 6 de julio de 1993, así como por medio de un fax fechado el 10 de noviembre de 1993. Esta nueva información se debatió, además, en diversos encuentros bilaterales celebrados los días 18 de mayo, 10 de junio, 2 y 22 de julio de 1993. Mediante carta de 15 de febrero y fax de 25 de febrero de 1994, el Gobierno alemán aportó nuevos datos sobre la capacidad productiva total proyectada por el grupo VW.

En una inspección in situ a comienzos de abril de 1994, la Comisión pudo recabar información adicional sobre los proyectos, que debía incluirse en el análisis, dado que de ella cabía deducir modificaciones en los mencionados proyectos. Esta información se debatió en las conversaciones de 11 de mayo, 2 de junio, 7 de junio y 24 de junio de 1994 y fue completada por escrito mediante documentos entregados durante los encuentros o remitidos por las autoridades alemanas y VW con fecha 10 de mayo, 30 de junio, 4 de julio y 12 de julio de 1994. Mediante carta de 24 de mayo de 1994 dirigida a VW, las autoridades alemanas modificaban, además, los acuerdos relativos a las ayudas.

El 27 de julio de 1994, la Comisión adoptó definitivamente la Decisión 94/1068/CE (4) sobre el proyecto de ayudas de las autoridades alemanas para la reestructuración de las plantas de...

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