98/12/EC: Commission Decision of 15 December 1997 amending for the fourth time Council Directive 82/894/EEC on the notification of animal diseases within the Community and temporarily amending the frequency of notification for bovine spongiform encephalopathy (Text with EEA relevance)

Published date08 January 1998
Subject Matterlegislación veterinaria,legislazione veterinaria,législation vétérinaire
Official Gazette PublicationDiario Oficial de las Comunidades Europeas, L 4, 08 de enero de 1998,Gazzetta ufficiale delle Comunità europee, L 4, 08 gennaio 1998,Journal officiel des Communautés européennes, L 4, 08 janvier 1998
EUR-Lex - 31998D0012 - ES 31998D0012

98/12/CE: Decisión de la Comsión de 15 de diciembre de 1997 por la que se modifica por cuarta vez la Directiva 82/894/CEE del Consejo relativa a la notificación de las enfermedades de los animales en la Comunidad y se modifica temporalmente la frecuencia de la notificación de la encefalopatía espongiforme bovina (Texto pertinente a los fines del EEE)

Diario Oficial n° L 004 de 08/01/1998 p. 0063 - 0063


DECISIÓN DE LA COMISIÓN de 15 de diciembre de 1997 por la que se modifica por cuarta vez la Directiva 82/894/CEE del Consejo relativa a la notificación de las enfermedades de los animales en la Comunidad y se modifica temporalmente la frecuencia de la notificación de la encefalopatía espongiforme bovina (Texto pertinente a los fines del EEE) (98/12/CE)

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Vista la Directiva 82/894/CEE del Consejo, de 21 de diciembre de 1982, relativa a la notificación de las enfermedades de los animales en la Comunidad (1), cuya última modificación la constituye la Decisión 92/450/CEE de la Comisión (2), y, en particular, el apartado 2 de su artículo 5,

Considerando que siguen apareciendo focos de encefalopatía espongiforme bovina en el territorio de la Comunidad; que es preciso por lo tanto mantener esta enfermedad en la lista de enfermedades sujetas a notificación en virtud de la Directiva 82/894/CEE;

Considerando que la experiencia adquirida justifica la conveniencia de prorrogar la notificación de los focos de esta enfermedad; que, excepcionalmente, hasta el 31 de diciembre de 2002, se considerará suficiente una notificación semanal de los focos con arreglo a los datos requeridos para los focos secundarios;

Considerando que procede derogar las disposiciones adoptadas anteriormente en relación con la notificación de la enfermedad;

Considerando que las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité veterinario permanente,

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

En el anexo I de la Directiva 82/894/CEE se añadirá la enfermedad «encefalopatía espongiforme bovina».

Artículo 2

No obstante lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 3 de la Directiva 82/894/CEE, todos los focos de encefalopatía espongiforme bovina se notificarán, de conformidad con el artículo 4 de la misma Directiva, hasta el 31 de diciembre de 2002.

Artículo 3

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