98/242/EC: Commission Decision of 20 March 1998 recognising in principle the completeness of the dossiers submitted for detailed examination in view of the possible inclusion of cyhalofop-butyl, pyraflufen-ethyl and azafenidin in Annex I to Council Directive 91/414/EEC concerning the placing of plant-protection products on the market (Text with EEA relevance)

Published date28 March 1998
Subject MatterLegislazione fitosanitaria,Legislación fitosanitaria,Législation phytosanitaire
Official Gazette PublicationGazzetta ufficiale delle Comunità europee, L 96, 28 marzo 1998,Diario Oficial de las Comunidades Europeas, L 96, 28 de marzo de 1998,Journal officiel des Communautés européennes, L 96, 28 mars 1998
EUR-Lex - 31998D0242 - ES

98/242/CE: Decisión de la Comisión de 20 de marzo de 1998 por la que se reconoce, en principio, la conformidad de los expedientes presentados para su examen detallado con vistas a la posible inclusión del cihalofopbutilo, el piraflufenetilo y la azafenidina en el anexo I de la Directiva 91/414/CEE del Consejo relativa a la comercialización de productos fitosanitarios (Texto pertinente a los fines del EEE)

Diario Oficial n° L 096 de 28/03/1998 p. 0045 - 0046


DECISIÓN DE LA COMISIÓN de 20 de marzo de 1998 por la que se reconoce, en principio, la conformidad de los expedientes presentados para su examen detallado con vistas a la posible inclusión del cihalofopbutilo, el piraflufenetilo y la azafenidina en el anexo I de la Directiva 91/414/CEE del Consejo relativa a la comercialización de productos fitosanitarios (Texto pertinente a los fines del EEE) (98/242/CE)

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Vista la Directiva 91/414/CEE del Consejo, de 15 de julio de 1991, relativa a la comercialización de productos fitosanitarios (1), cuya última modificación la constituye la Directiva 97/73/CE (2) y, en particular, el apartado 3 de su artículo 6,

Considerando que la Directiva 91/414/CEE (denominada en lo sucesivo «la Directiva») prevé la elaboración de una lista comunitaria de sustancias activas autorizadas para su incorporación en productos fitosanitarios;

Considerando que se han presentado expedientes referidos a tres sustancias activas a las autoridades de los Estados miembros con vistas a obtener la inclusión de esas sustancias en el anexo I de la Directiva;

Considerando que, el 30 de abril de 1997, la empresa Dow Elanco Italia Srl presentó a las autoridades italianas un expediente relativo a la sustancia activa cihalofopbutilo;

Considerando que, el 16 de junio de 1997, la empresa Nihon Nohyaku Co. Ltd presentó a las autoridades belgas un expediente relativo a la sustancia activa piraflufenetilo;

Considerando que, el 25 de junio de 1997, la empresa Du Pont de Nemours (France) SA presentó a las autoridades españolas un expediente relativo a la sustancia activa azafenidina;

Considerando que dichas autoridades han indicado a la Comisión los resultados de un primer examen de la conformidad de los expedientes con respecto a los datos y la información que figuran en el anexo II y, en el caso de al menos...

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