Dictamen del Comité Económico y Social sobre la «Propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se modifica la Directiva 76/116/CEE relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros sobre los abonos, en cuanto a la comercialización en Austria, Finlandia y Suecia de abonos que contienen cadmio»

SectionDirective
Issuing OrganizationParlamento Europeo y Consejo de la Unión Europea

10.7.98 ES C 214/15Diario Oficial de las Comunidades Europeas Dictamen del ComitÈ Econo¥mico y Social sobre la 'Propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se modifica la Directiva 76/116/CEE relativa a la aproximacio¥n de las legislaciones de los Estados miembros sobre los abonos, en cuanto a la comercializacio¥n en Austria, Finlandia y Suecia de abonos que contienen cadmio' (98/C 214/05) El 27 de marzo de 1998, de conformidad con el arti¥culo 130 S del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, el Consejo decidio¥ consultar al ComitÈ Econo¥mico y Social sobre la propuesta mencionada.

La Seccio¥n de Medio Ambiente, Sanidad y Consumo, encargada de preparar los trabajos en este asunto, aprobo¥ su dictamen el 31 de marzo de 1998 (ponente u¥nico: Sr. Strasser).

En su 354o Pleno (sesio¥n del 29 de abril de 1998), el ComitÈ Econo¥mico y Social ha aprobado por 114 votos a favor y 3 abstenciones el presente Dictamen.

  1. Introduccio¥n contenido en los abonos sobre el medio ambiente, asi¥ como los posibles peligros para la poblacio¥n. Dado que no se disponi¥a de suficientes datos en todos los Estados 1.1. En todos los Estados miembros existe normativa miembros, la Comisio¥n no pudo llegar a una conclusio¥n de obligado cumplimiento sobre ciertas especificaciones definitiva. En opinio¥n de la Comisio¥n, adema¥s, todavi¥a tÈcnicas que deben cumplir los abonos. La Directiva hay que encontrar respuestas a una serie de cuestiones 76/116/CEE, en su arti¥culo 7, estipula que, sin perjuicio adicionales en relacio¥n con la especial situacio¥n de de lo establecido en otras directivas comunitarias, Austria, Finlandia y Suecia.

    los Estados miembros no podra¥n prohibir, limitar u obstaculizar, por motivos que se refieran a su composi1.5. En el estudio encargado por la Comisio¥n tambiÈncio¥n, identificacio¥n, etiquetado o envasado, la comerciase examinaron las posibles repercusiones que la limita-lizacio¥n de aquellos abonos que vayan provistos de la cio¥n del contenido de cadmio aplicada por Austria,denominacio¥n 'abonos CEE' y que se ajusten a las Finlandia y Suecia tendri¥a en la libre circulacio¥n dedisposiciones de la Directiva 76/116/CEE y sus anexos.

    mercanci¥as. No se encontraron indicios de obsta¥culos a la libre circulacio¥n de mercanci¥as.

    1.2. No se establece li¥mite alguno en relacio¥n con el contenido de cadmio ni en la Directiva 76/116/CEE y 2. Propuestas de la Comisio¥nsus anexos ni en otras directivas. Las normativas...

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