Reglamento (CE) nº 1648/2005 de la Comisión, de 10 de octubre de 2005, por el que se abre una licitación permanente para la reventa en el mercado comunitario de azúcar blanco en poder del organismo de intervención belga

SectionReglamento
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

REGLAMENTO (CE) No 1648/2005 DE LA COMISIÓN

de 10 de octubre de 2005

por el que se abre una licitación permanente para la reventa en el mercado comunitario de azúcar blanco en poder del organismo de intervención belga

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CE) no 1260/2001 del Consejo, de 19 de junio de 2001, por el que se establece la organización común de mercados en el sector del azúcar (1), y, en particular, su artículo 9, apartado 3,

Considerando lo siguiente:

(1) Bélgica dispone de existencias de intervención de azúcar blanco. Para responder a las necesidades del mercado, es conveniente poner a disposición del mercado interior las existencias de azúcar blanco aceptadas en intervención entre el 1 de abril de 2005 y el 30 de junio de 2005 por el organismo de intervención belga.

(2) Es oportuno que en esa venta se aplique el Reglamento (CE) no 1262/2001 de la Comisión, de 27 de junio de 2001, por el que se establecen las disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) no 1260/2001 del Consejo en lo que respecta a la compra y venta de azúcar por los organismos de intervención (2). En caso necesario, procede establecer excepciones a dicho Reglamento y definir algunas normas específicas de procedimiento.

(3) Teniendo en cuenta la situación del mercado comunitario, es oportuno que la Comisión fije un precio mínimo de venta para cada licitación parcial.

(4) El organismo de intervención belga debe comunicar las ofertas a la Comisión. Es preciso mantener el anonimato de los licitadores.

(5) Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión del azúcar.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

El organismo de intervención belga procederá a la puesta a la venta mediante licitación permanente en el mercado interior de la Comunidad de una cantidad total de 49 891,492 toneladas de azúcar blanco que obran en su poder, aceptadas en intervención entre el 1 de abril de 2005 y el 30 de junio de 2005.

Artículo 2
  1. La licitación y la venta contempladas en el artículo 1 se realizarán de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento (CE) no 1262/2001, salvo disposición contraria del presente Reglamento.

  2. No obstante lo dispuesto en el artículo 22, apartados 2 y 3, del Reglamento (CE) no 1262/2001, el organismo de...

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