Reglamento (CE) nº 697/2006 de la Comisión, de 5 de mayo de 2006, que modifica el Reglamento (CE) nº 343/2006, por el que se abren las compras de mantequilla en algunos Estados miembros entre el 1 de marzo y el 31 de agosto de 2006

SectionReglamento
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

REGLAMENTO (CE) No 697/2006 DE LA COMISIÓN de 5 de mayo de 2006 que modifica el Reglamento (CE) no 343/2006, por el que se abren las compras de mantequilla en algunos Estados miembros entre el 1 de marzo y el 31 de agosto de 2006

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CE) no 1255/1999 del Consejo, de 17 de mayo de 1999, por el que se establece la organización común de mercados en el sector de la leche y de los productos lácteos (1),

Visto el Reglamento (CE) no 2771/1999 de la Comisión, de 16 de diciembre de 1999, por el que se establecen las disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) no 1255/1999 del Consejo en lo que respecta a las medidas de intervención en el mercado de la mantequilla y la nata (2), y, en particular, su artículo 2,

Considerando lo siguiente:

(1) El Reglamento (CE) no 343/2006 de la Comisión (3) recoge la lista de los Estados miembros en los que quedan abiertas las compras de mantequilla, de acuerdo con lo establecido en el artículo 6, apartado 1, del Reglamento (CE) no 1255/1999.

(2) Basándose en las notificaciones más recientes efectuadas por Bélgica y Luxemburgo, de conformidad con el artículo 8 del Reglamento (CE) no 2771/1999, la Comisión ha observado que los precios de mercado de la mantequilla se han mantenido en un nivel inferior al 92 % del precio de intervención durante dos semanas consecutivas.

Por tanto, es conveniente abrir las compras de intervención en Bélgica y Luxemburgo. Así pues, procede añadir dichos Estados en la lista prevista en el Reglamento (CE) no 343/2006.

(3) Es necesario modificar el Reglamento (CE) no 343/2006 en consecuencia.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

El artículo 1 del Reglamento (CE) no 343/2006 se sustituye por el texto siguiente:

'Artículo 1

Las compras de mantequilla contempladas en el artículo 6, apartado 1, del Reglamento (CE) no 1255/1999 quedan abiertas en los siguientes Estados miembros:

? Bélgica ? República Checa ? Alemania ? Estonia ? España ? Francia ? Italia ? Irlanda ? Letonia ? Luxemburgo ? Países Bajos ? Polonia ? Portugal ? Finlandia ? Suecia ? Reino Unido.'.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el 6 de mayo de 2006.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 5 de mayo de 2006.

Por la Comisión J. L. DEMARTY Director General de...

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