Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Segunda), de 7 de julio de 2005, en el asunto C-147/03: Comisión de las Comunidades Europeas contra República de Austria («Incumplimiento de Estado Artículos 12 CE, 149 CE y 150 CE Requisitos de acceso a la enseñanza universitaria Discriminación»)

SectionCase
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

1) El concepto de 'servicios' a que se refiere la Directiva 89/104/CEE del Consejo, de 21 de diciembre de 1988, Primera Directiva relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros en materia de marcas, especialmente su artículo 2, comprende los servicios prestados en el marco del comercio al por menor de productos.

2) Para registrar una marca relativa a estos servicios, no es necesario designar concretamente el servicio o servicios de que se trate. Sin embargo, deben precisarse los productos o tipos de productos a los que se refieren dichos servicios.

(1 ) DO C 19, de 25.1.2003.

SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA (Sala Primera) de 14 de julio de 2005 en el asunto C-135/03: Comisión de las Comunidades Europeas contra Reino de España (1 ) ('Incumplimiento de Estado -- Normativa comunitaria sobre producción agrícola ecológica y su indicación en los productos agrarios y alimenticios -- Legislación nacional que autoriza el uso del término 'bio' en productos no obtenidos según el método de producción ecológica') (2005/C 217/09) (Lengua de procedimiento: español) En el asunto C-135/03, que tiene por objeto un recurso por incumplimiento interpuesto, con arreglo al artículo 226 CE, el 26 de marzo de 2003, Comisión de las Comunidades Europeas (agentes: Sres. G. Berscheid, B. Doherty y F. Jimeno Fernández, y Sra. S. Pardo Quintillán) contra Reino de España (agentes:

Sra. N. Díaz Abad y Sr. E. Braquehais Conesa), el Tribunal de Justicia (Sala Primera), integrado por el Sr. P. Jann (Ponente),

Presidente de Sala, y los Sres. K. Lenaerts, J.N. Cunha Rodrigues,

  1. Ilesic y E. Levits, Jueces; Abogado General: Sra. J. Kokott;

    Secretaria: Sra. M. Ferreira, administradora principal, ha dictado el 14 de julio de 2005 una sentencia cuyo fallo es el siguiente:

    1) Desestimar el recurso.

    2) Condenar en costas a la Comisión de las Comunidades Europeas.

    (1 ) DO C 146, de 21.6.2003.

    SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA (Sala Segunda) de 7 de julio de 2005 en el asunto C-147/03: Comisión de las Comunidades Europeas contra República de Austria (1 ) ('Incumplimiento de Estado -- Artículos 12 CE, 149 CE y 150 CE -- Requisitos de acceso a la enseñanza universitaria -- Discriminación') (2005/C 217/10) (Lengua de procedimiento: alemán) En el asunto C-147/03, que tiene por objeto un recurso por incumplimiento interpuesto, con arreglo al artículo 226 CE, el 31 de marzo de 2003, Comisión de las Comunidades Europeas (agentes: Sres. W. Bogensberger y D...

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