Acción común de 2 de febrero de 1998 adoptada por el Consejo sobre la base del artículo J.3 del Tratado de la Unión Europea en apoyo al proceso de paz en Bosnia

SectionAcción Común
Issuing OrganizationConsejo de la Unión Europea

(Actos adoptados en aplicación del título V del Tratado de la Unión Europea) ACCIÓN COMÚN de 2 de febrero de 1998 adoptada por el Consejo sobre la base del artículo J.3 del Tratado de la Unión Europea en apoyo al proceso de paz en Bosnia (98/117/PESC) EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de la Unión Europea y, en particular, sus artículos J.3 y J.11,

Vistas las directrices generales incluidas en las conclusiones adoptadas por el Consejo Europeo de Dublín de los días 13 y 14 de diciembre de 1996,

Considerando que el 19 de enero de 1998 entró en funciones un nuevo Gobierno de la Repu'blica Srpska;

Considerando que su nuevo Primer Ministro, Milorad Dodik, ha asumido el compromiso de cooperar plenamente en la aplicación del Acuerdo de paz de Dayton/París;

Considerando que la formación del primer Gobierno de la Repu'blica Srpska, comprometido con la aplicación del Acuerdo de paz, brinda posibilidades de lograr avances importantes hacia la paz duradera y la reconciliación en Bosnia y Herzegovina;

Considerando que la ayuda de la comunidad internacional sigue estando condicionada al cumplimiento del Acuerdo de paz y a las obligaciones consiguientes, tal como reiteró el Consejo de aplicación del Plan de paz, reunido en Bonn los días 9 y 10 de diciembre de 1997;

Considerando que la Unión Europea reconoce que el nuevo Gobierno necesita el pleno apoyo de la comunidad internacional, por medio de una ayuda financiera de emergencia, para garantizar ra'pidamente el funcionamiento eficaz del Gobierno;

Considerando que en las conclusiones del Consejo del 26 de enero de 1998 se acordó que la Unión cooperaría de manera ra'pida con el nuevo Gobierno para acelerar su entrada en funciones efectiva;

Considerando que el Alto Representante ha solicitado una ayuda internacional eficaz y ra'pida al nuevo Gobierno y ha decidido abrir una cuenta especial con este fin;

Considerando que la Unión ha contribuido de manera importante al desarrollo del proceso de paz y estima ahora que la formación del nuevo Gobierno brinda posibilidades de cooperación sustancial con las autoridades de la Repu'blica Srpska;

Considerando que, para asegurar la coherencia de las actividades exteriores de la Unión, sera'n igualmente tomadas en consideración en un futuro próximo medidas adicionales de la Comunidad Europea en apoyo del nuevo Gobierno que vayan ma's alla' de este primer paso,

HA...

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