Reglamento (CE) nº 1022/2006 de la Comisión, de 5 de julio de 2006, que modifica el Reglamento (CE) nº 1071/2005 por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) nº 2826/2000 del Consejo sobre acciones de información y de promoción de los productos agrícolas en el mercado interior
Section | Reglamento |
Issuing Organization | Comisión de las Comunidades Europeas |
REGLAMENTO (CE) No 1022/2006 DE LA COMISIÓN de 5 de julio de 2006 que modifica el Reglamento (CE) no 1071/2005 por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) no 2826/2000 del Consejo sobre acciones de información y de promoción de los productos agrícolas en el mercado interior LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,
Visto el Reglamento (CE) no 2826/2000 del Consejo, de 19 de diciembre de 2000, sobre acciones de información y de promoción de los productos agrícolas en el mercado interior (1), y, en particular, su artículo 4, su artículo 5, apartado 1, y su artículo 12,
Considerando lo siguiente:
(1) El artículo 3 del Reglamento (CE) no 2826/2000 establece los criterios para determinar los temas y productos que pueden ser objeto de acciones de información o de promoción en el mercado interior. Estos temas y productos figuran en el anexo I del Reglamento (CE) no 1071/2005 de la Comisión (2).
(2) De conformidad con el artículo 5 del Reglamento (CE) no 2826/2000, para cada uno de los sectores o productos seleccionados, la Comisión debe establecer una estrategia que determine las líneas directrices a las que deban responder las campañas que se realicen en esos sectores.
Las directrices correspondientes a los sectores y productos elegidos figuran en el anexo II del Reglamento (CE) no 1071/2005.
(3) La reciente crisis de la influenza aviar ha desestabilizado el sector de la carne de aves de corral al provocar un descenso importante del consumo debido a una crisis de confianza de los consumidores. Por lo tanto, parece oportuno contemplar la posibilidad de llevar a cabo acciones de información o promoción en este sector con vistas a recuperar la confianza de los consumidores de forma duradera, sobre todo gracias a una información adecuada.
(4) Por consiguiente, procede incluir en la lista de productos objeto de promoción la carne de aves de corral y establecer una estrategia que determine las líneas directrices de las campañas que se realicen en este sector.
(5) Procede modificar el Reglamento (CE) no 1071/2005 conforme a lo expuesto.
(6) Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión conjunto sobre promoción de los productos agrícolas.
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
El Reglamento (CE) no 1071/2005 queda modificado como sigue:
1) En el anexo I se añadirá el guión siguiente:
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