Directiva 2013/12/UE del Consejo, de 13 de mayo de 2013, por la que se adapta la Directiva 2012/27/UE del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la eficiencia energética, con motivo de la adhesión de la República de Croacia
Section | Directive |
Issuing Organization | Consejo de la Unión Europea |
L 141/28 Diario Oficial de la Unión Europea 28.5.2013
ES
DIRECTIVAS DIRECTIVA 2013/12/UE DEL CONSEJO
de 13 de mayo de 2013
por la que se adapta la Directiva 2012/27/UE del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la eficiencia energética, con motivo de la adhesión de la República de Croacia
EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Visto el Tratado de adhesión de Croacia y, en particular, su artículo 3, apartado 4,
Vista el Acta de Adhesión de Croacia y, en particular, su artículo 50,
Vista la propuesta de la Comisión Europea,
Considerando lo siguiente:
(1) De conformidad con el artículo 50 del Acta de Adhesión de Croacia, en caso de que los actos de las instituciones adoptados antes de la adhesión requieran una adaptación como consecuencia de la adhesión, y en el Acta de Adhesión o en sus anexos no se hayan previsto las necesarias adaptaciones, el Consejo, por mayoría cualificada y a propuesta de la Comisión, debe adoptar los actos necesarios al respecto, si el acto original no fue adoptado por la Comisión.
(2) En el Acta Final de la Conferencia en que se elaboró el Tratado de Adhesión de Croacia se indica que las Altas Partes Contratantes han llegado a un acuerdo político sobre una serie de adaptaciones de actos adoptados por las instituciones que resultan necesarias con motivo de la adhesión y se invita al Consejo y a la Comisión a adoptar esas adaptaciones antes de la adhesión, completadas y actualizadas, en su caso, para tener en cuenta la evolución del Derecho de la Unión.
(3) La Directiva 2012/27/UE del Parlamento Europeo y del Consejo
( 1
) exige a los Estados miembros que fijen objetivos nacionales de eficiencia energética orientativos, y, que al hacerlo, tengan en cuenta el consumo de energía de la Unión en 2020.
(4) Debido a la adhesión de Croacia es necesario adaptar técnicamente las cifras de consumo de energía previstas para la Unión en 2020 para reflejar el consumo en los 28 Estados miembros. Las proyecciones realizadas en 2007 mostraban un consumo de energía primaria en
2020 de 1 842 Mtep para los 27 Estados miembros. Las mismas proyecciones muestran un consumo de energía primaria en 2020 de 1 853 Mtep para los 28 Estados miembros, incluida Croacia. Una reducción del 20 % corresponde a 1 483 Mtep en 2020, es decir, una reducción de 370 Mtep respecto a las proyecciones. Esta adaptación técnica es necesaria para que la...
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