Decisión del Consejo, de 24 de octubre de 2008, relativa a la adaptación de las dietas de los miembros del Comité Económico y Social Europeo, así como de los suplentes

SectionDecision
Issuing OrganizationConsejo de la Unión Europea

II (Actos adoptados en aplicación de los Tratados CE/Euratom cuya publicación no es obligatoria) DECISIONES CONSEJO DECISIÓN DEL CONSEJO de 24 de octubre de 2008 relativa a la adaptación de las dietas de los miembros del Comité Económico y Social Europeo, así como de los suplentes (2008/845/CE, Euratom) EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea y, en particular, su artículo 258, cuarto párrafo,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea de la Energía Atómica y, en particular, su artículo 166, cuarto pá rrafo,

Vista la solicitud del Comité Económico y Social Europeo con fecha 9 de septiembre de 2008,

Considerando que es preciso adaptar importes de las dietas concedidas a los miembros del Comité Económico y Social Europeo, así como a los suplentes, establecidas por la Decisión 81/121/CEE del Consejo (1).

DECIDE:

Artículo 1

El artículo 2 de la Decisión 81/121/CEE se sustituye por el texto siguiente:

'Artículo 2

  1. La dieta por día de viaje ascenderá a:

    -- 145 EUR para los miembros y suplentes.

  2. La dieta por día de reunión ascenderá a:

    -- 233 EUR para los miembros y suplentes.

  3. En caso de que el derechohabiente aporte la prueba fehaciente de que ha incurrido en gastos de pernoctación en el lugar de trabajo, se concederá una dieta diaria suple mentaria de 34 EUR.'.

Artículo 2

La presente...

To continue reading

Request your trial

VLEX uses login cookies to provide you with a better browsing experience. If you click on 'Accept' or continue browsing this site we consider that you accept our cookie policy. ACCEPT