Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Sexta) de 23 de octubre de 2003 en el asunto C-408/01 (Petición de decisión prejudicial planteada por el Hoge Raad der Nederlanden): Adidas-Salomon AG, antiguamente Adidas AG, Adidas Benelux BV contra Fitnessworld Trading Ltd ('Directiva 89/104/CEE Artículo 5, apartado 2 Marcas de renombre Protección...

SectionDirective
Issuing OrganizationTribunal de Justicia de las Comunidades Europeas

13.12.2003 ES C 304/5Diario Oficial de la Unión Europea -- el artículo 41, apartado 1, se opone a que se introduzca en la normativa nacional de un Estado miembro la exigencia, a una empresa establecida en Turquía, de un permiso de trabajo para prestar servicios en el territorio de este Estado, cuando tal permiso ya no se exigía en el momento de entrar en vigor dicho Protocolo Adicional;

-- incumbe al órgano jurisdiccional nacional determinar si la normativa interna aplicada a nacionales turcos como los demandantes en los litigios principales es menos favorable que la que les era aplicable cuando entró en vigor este Protocolo Adicional.

(1) DO C 303 de 27.10.2001; DO C 348 de 8.12.2001.

SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA (Sala Sexta) de 23 de octubre de 2003 en el asunto C-408/01 (Petición de decisión prejudicial planteada por el Hoge Raad der Nederlanden): AdidasSalomon AG, antiguamente Adidas AG, Adidas Benelux BV contra Fitnessworld Trading Ltd (1) ('Directiva 89/104/CEE -- Artículo 5, apartado 2 -- Marcas de renombre -- Protección contra el uso de un signo para productos o servicios idénticos o similares -- Grado de similitud entre la marca y el signo -- Efecto en el público -Signo que se percibe como elemento decorativo') (2003/C 304/07) (Lengua de procedimiento: neerlandés) (Traducción provisional; la traducción definitiva se publicará en la 'Recopilación de la Jurisprudencia del Tribunal de Justicia') En el asunto C-408/01, que tiene por objeto una petición dirigida al Tribunal de Justicia, con arreglo al artículo 234 CE, por el Hoge Raad der Nederlanden (Países Bajos), destinada a obtener, en el litigio pendiente ante dicho órgano jurisdiccional entre Adidas-Salomon AG, antiguamente Adidas AG, Adidas Benelux BV y Fitnessworld Trading Ltd, una decisión prejudicial sobre la interpretación del artículo 5, apartado 2, de la Directiva 89/104/CEE del Consejo, de 21 de diciembre de 1988, Primera Directiva relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros en materia de marcas (DO 1989, L 40, p. 1), el Tribunal de Justicia (Sala Sexta), integrado por el Sr. J.-P. Puissochet, Presidente de Sala, y el Sr.

  1. Gulmann (Ponente), las Sras. F. Macken y N. Colneric y el Sr. J. N. Cunha Rodrigues, Jueces; Abogado General: Sr.

F.G...

To continue reading

Request your trial

VLEX uses login cookies to provide you with a better browsing experience. If you click on 'Accept' or continue browsing this site we consider that you accept our cookie policy. ACCEPT