Posición común (CE) nº 28/2000, de 28 de marzo de 2000, aprobada por el Consejo de conformidad con el procedimiento establecido en el artículo 251 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, con vistas a la adopción de una Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la adjudicación de la capacidad de infraestructura...

SectionDirective
Issuing OrganizationParlamento Europeo y Consejo de la Unión Europea

C 178/28 ES 27.6.2000Diario Oficial de las Comunidades Europeas POSICIO¥ N COMU¥ N (CE) No 28/2000 aprobada por el Consejo el 28 de marzo de 2000 con vistas a la adopcio¥ n de la Directiva 2000/.../CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de ..., relativa a la adjudicacio¥n de la capacidad de infraestructura ferroviaria, a la aplicacio¥ n de ca¥nones por su utilizacio¥n y a la certificacio¥n de la seguridad (2000/C 178/03) EL PARLAMENTO EUROPEO Y EL CONSEJO DE LA UNIO¥ N (4) Las citadas Directivas no han evitado una diversidad considerable en la estructura y cuanti¥as de los ca¥nonesEUROPEA, por utilizacio¥n de infraestructura, y en la forma y duracio¥n de los procedimientos de adjudicacio¥n de capacidad.Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea y, en particular, su arti¥culo 71,

Vista la propuesta de la Comisio¥n(1), (5) Para garantizar la transparencia y el acceso no discriminatorio a la infraestructura ferroviaria de todas las empresas Visto el dictamen del ComitÈ Econo¥mico y Social(2), ferroviarias, toda la informacio¥n necesaria para la utilizacio¥n de los derechos de acceso se publicara¥ en una Visto el dictamen del ComitÈ de las Regiones(3), declaracio¥n sobre la red.

De conformidad con el procedimiento establecido en el arti¥culo 251 del Tratado(4), (6) La combinacio¥n, por una parte, de unos sistemas adecuados de adjudicacio¥n de la capacidad de infraestructura Considerando lo siguiente: ferroviaria y, por otra, de operadores competitivos, contribuira¥ a mejorar la distribucio¥n intermodal del (1) Una mayor integracio¥n del sector ferroviario de la transporte.

Comunidad constituye un elemento esencial para la realizacio¥n del mercado interior y contribuye a la movilidad sostenible.

(7) Fomentar un uso o¥ptimo de la infraestructura ferroviaria reducira¥ el coste del transporte para la sociedad.

(2) La Directiva 91/440/CEE del Consejo, de 29 de julio de 1991, sobre el desarrollo de los ferrocarriles comunitarios(5) otorga determinados derechos de acceso al trans(8) Para que el sector del transporte de mercanci¥as, enporte ferroviario internacional a empresas ferroviarias y particular el internacional, sea eficaz, son necesariasagrupaciones internacionales constituidas por Èstas. Tales medidas de apertura del mercado.derechos suponen que la infraestructura ferroviaria pueda ser utilizada por mu¥ltiples usuarios.

(9) Los Estados miembros deben poder permitir a los com-(3) La Directiva 95/19/CE del Consejo, de 19 de junio de pradores de servicios ferroviarios que participen directa-1995, sobre la adjudicacio¥n de las capacidades de la mente en el procedimiento de adjudicacio¥n de capacidad.infraestructura ferroviaria y la fijacio¥n de los correspondientes ca¥nones de utilizacio¥n(6) establece un marco amplio para la adjudicacio¥n de capacidad de infraestructura ferroviaria. (10) La revitalizacio¥n de los ferrocarriles europeos a travÈs de una ampliacio¥n del acceso a los servicios internacionales (1) DO C 321 de 20.10.1998, p. 10. de transporte de mercanci¥as en la red transeuropea (2) DO C 209 de 22.7.1999, p. 22. de transporte ferroviario de mercanci¥as requiere unas (3) DO C 57 de 29.2.2000, p. 40. condiciones equitativas de competencia intermodal entre (4) Dictamen del Parlamento Europeo de 10 de marzo de 1999 (DO ferrocarril y carretera, en particular, con una adecuada C 175 de 21.6.1999, p. 120), Posicio¥n comu¥n del Consejo de consideracio¥n de los distintos efectos externos. La aplica-28 de marzo de 2000 y Decisio¥n del Parlamento Europeo de ...

cio¥n de sistemas de ca¥nones adecuados a la infraestructura(no publicada au¥n en el Diario Oficial).

ferroviaria, junto con iniciativas paralelas en otras infraes-(5) DO L 237 de 24.8.1991, p. 25; Directiva modificada por la tructuras de transporte y operadores en competencia,Directiva 2000/.../CE del Parlamento Europeo y del Consejo (DO dara¥n como resultado un equilibrio o¥ptimo entre losL ...).

(6) DO L 143 de 27.6.1995, p. 75. diferentes modos de transporte.

27.6.2000 ES C 178/29Diario Oficial de las Comunidades Europeas (11) Los regi¥menes de ca¥nones y adjudicacio¥n de capacidad (22) Las necesidades del transporte de viajeros pueden entrar a menudo en conflicto con las del transporte de mercan-deben permitir igualdad de acceso sin discriminacio¥n a todas las empresas y procurar, en la medida de lo posible, ci¥as. De las primeras puede derivarse una red ma¥s costosa de construir y mantener que otra que estuviese destinadaatender las necesidades de todos los usuarios y tipos de tra¥fico de manera justa y no discriminatoria. exclusivamente a las mercanci¥as; el creciente diferencial de velocidad entre el material rodante utilizado en el transporte de viajeros y el utilizado en el transporte de (12) Dentro del marco establecido por los Estados miembros, mercanci¥as puede agravar el conflicto entre estos dos los sistemas de tarifacio¥n y adjudicacio¥n de capacidad tipos de tra¥fico.

deben estimular a los administradores de infraestructuras ferroviarias para que optimen la utilizacio¥n de estas u¥ltimas.

(23) Con frecuencia, la repercusio¥n sobre la capacidad de infraestructura de distintos usuarios y tipos de usuarios (13) Las empresas ferroviarias deben recibir sen~ales claras y es tambiÈn diferente y debe alcanzarse un correcto coherentes de los sistemas de adjudicacio¥n de capacidad equilibrio entre las necesidades de los diferentes servicios.

que las lleven a tomar decisiones racionales.

(24) Los servicios explotados mediante contrato con las(14) A fin de tener en cuenta las necesidades de los usuarios o autoridades pu¥blicas pueden precisar normas especialesposibles usuarios de la capacidad de infraestructura que protejan el atractivo de este tipo de transporte paraferroviaria para planificar su actividad empresarial y las los usuarios.necesidades de los consumidores y de los inversores, es importante que el administrador de infraestructuras vele por que la capacidad de las infraestructuras sea adjudicada (25) Los regi¥menes de ca¥nones y adjudicacio¥n de capacidadde forma que refleje la necesidad de mantener y mejorar deben tener en cuenta la creciente congestio¥n y, en u¥ltimolos niveles de fiabilidad del servicio.

tÈrmino, la escasez de la capacidad de infraestructura.

(15) Conviene incentivar a las empresas ferroviarias y a los administradores de infraestructuras para que reduzcan al (26) En razo¥n de los distintos calendarios de programacio¥n dema¥ximo las perturbaciones y mejoren el rendimiento de los diversos tipos de tra¥fico, conviene garantizar quela red.

puedan atenderse las solicitudes de capacidad de infraestructura que se realicen tras haberse completado el (16) Los sistemas de tarifacio¥n y adjudicacio¥n de la capacidad procedimiento de programacio¥n de horarios.

deberi¥an propiciar la competencia leal en la prestacio¥n de servicios ferroviarios.

(27) El uso de las tecnologi¥as de la informacio¥n puede aumentar la rapidez y flexibilidad del procedimiento de(17) Es importante tomar en consideracio¥n tanto las necesidaprogramacio¥n de horarios, facilitar las ofertas de posiblesdes empresariales de los candidatos autorizados como las candidatos y contribuir al establecimiento de franjasdel administrador de infraestructuras.

ferroviarias a travÈs de redes gestionadas por distintos administradores de infraestructuras.

(18) Aunque es importante maximizar la flexibilidad de que disponen los administradores de infraestructuras en relacio¥n con la adjudicacio¥n de capacidad de infraestructura, (28) Con el fin de optimizar los resultados de las empresas Èsta debe ser compatible con la satisfaccio¥n de las ferroviarias, conviene prescribir un examen del uso de la exigencias razonables del candidato. capacidad de infraestructura cuando haga falta coordinar la solicitud de capacidad de infraestructura para atender las necesidades de los usuarios.(19) El procedimiento de adjudicacio¥n de la capacidad debe evitar la imposicio¥n de limitaciones excesivas a las necesidades de otras empresas que tengan o vayan a (29) Dada la posicio¥n monopoli¥stica de los administradorestener derechos de utilizacio¥n de la infraestructura para de infraestructuras, conviene prescribir un examen de ladesarrollar sus actividades.

capacidad de infraestructura disponible y los mÈtodos para aumentarla cuando el procedimiento de adjudicacio¥n (20) Conviene otorgar cierto grado de flexibilidad a los de capacidad no permita atender las necesidades de los administradores de infraestructuras, a fin de posibilitar usuarios.

un uso ma¥s eficiente de las mismas.

(21) Por lo que respecta a los regi¥menes de ca¥nones y de (30) Las empresas ferroviarias encuentran dificultades para aprovechar al ma¥ximo sus solicitudes de capacidad deadjudicacio¥n de capacidad, es posible que haya de tenerse en cuenta el hecho de que diferentes segmentos de la red infraestructura cuando no disponen de informacio¥n sobre las solicitudes presentadas por otras empresas y sobre lasde infraestructuras ferroviarias fueron concebidos en funcio¥n de otros usuarios principales. limitaciones del sistema.

C 178/30 ES 27.6.2000Diario Oficial de las Comunidades Europeas (31) Es importante mejorar la coordinacio¥n de los sistemas de (41) Los descuentos ofrecidos a las empresas ferroviarias deben guardar relacio¥n con los ahorros de costes administrativosadjudicacio¥n a fin de aumentar el atractivo del ferrocarril para el transporte que utiliza redes gestionadas por varios efectivamente obtenidos. Los descuentos tambiÈn podra¥n utilizarse para fomentar el uso eficaz de la infraestructura.administradores de infraestructuras, especialmente en el tra¥fico internacional.

(42) Conviene incentivar a las empresas ferroviarias y al administrador de infraestructuras para que se reduzcan al(32) Es importante reducir al mi¥nimo el falseamiento de la...

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