Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Quinta) de 27 de febrero de 2003 en el asunto C-373/00 (Petición de decisión prejudicial del Vergabekontrollsenat des Landes Wien): Adolf Truley GmbH contra Bestattung Wien GmbH ('Directiva 93/36/CEE Contratos públicos de suministro Concepto de 'entidad adjudicadora' Organismo de Derecho público ...

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Issuing OrganizationTribunal de Justicia de las Comunidades Europeas

26.4.2003 ES C 101/3Diario Oficial de la Unión Europea 4) Cuando la institución del lugar de estancia ha denegado erróneamente el abono de las prestaciones en especie contempladas en el artículo 31 del Reglamento no 1408/71, en su versión modificada y actualizada por el Reglamento no 2001/ 83 en la versión resultante del Reglamento no 3096/95, y la institución del lugar de residencia, después de conocer esta negativa, se ha abstenido de contribuir a facilitar, como es su obligación, la aplicación correcta de esta disposición, corresponde a esta última institución, sin perjuicio de una eventual responsabilidad de la institución del lugar de estancia, reembolsar directamente al asegurado el coste de la asistencia que éste tuvo que sufragar, a fin de garantizarle un nivel de asunción del coste equivalente al que hubiera disfrutado si se hubiera respetado lo dispuesto en dicho artículo.

5) En este último supuesto, los artículos 31 y 36 del Reglamento no 1408/71, en su versión modificada y actualizada por el Reglamento no 2001/83 en la versión resultante del Reglamento no 3096/95, y 31 y 93 del Reglamento no 574/72, en su versión modificada y actualizada por el Reglamento no 2001/83 en la versión resultante del Reglamento no 3096/ 95, se oponen a que una normativa nacional supedite tal reembolso a la obtención de una autorización a posteriori que sólo se concede cuando consta que la enfermedad que ha requerido la asistencia controvertida apareció de manera repentina durante la estancia, haciendo inmediatamente necesaria dicha asistencia.

(1) DO C 335 de 25.11.2000.

SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA (Sala Sexta) de 27 de febrero de 2003 en el asunto C-327/00 (Petición de decisión prejudicial del Tribunale amministrativo regionale per la Lombardia):

Santex SpA contra Unità Socio Sanitaria Locale n. 42 di Pavia(1) ('Directiva 93/36/CEE -- Contratos públicos de suministro -- Directiva 89/665/CEE -- Procedimientos de recurso en materia de contratos públicos -- Plazo de caducidad -Principio de efectividad') (2003/C 101/05) (Lengua de procedimiento: italiano) (Traducción provisional; la traducción definitiva se publicará en la 'Recopilación de la Jurisprudencia del Tribunal de Justicia') En el asunto C-327/00, que tiene por objeto una petición dirigida al Tribunal de Justicia, con arreglo al artículo 234 CE, por el Tribunale amministrativo regionale per la Lombardia (Italia), destinada a obtener, en el litigio pendiente ante dicho órgano...

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