Decisión de la Comisión, de 16 de octubre de 2007, relativa a la compatibilidad con el Derecho comunitario de las medidas adoptadas por el Reino Unido en virtud del artículo 3 bis, apartado 1, de la Directiva 89/552/CEE del Consejo sobre la coordinación de determinadas disposiciones legales, reglamentarias y administrativas de los Estados...

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Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

II (Actos adoptados en aplicación de los Tratados CE/Euratom cuya publicación no es obligatoria) DECISIONES COMISIÓN DECISIÓN DE LA COMISIÓN de 16 de octubre de 2007 relativa a la compatibilidad con el Derecho comunitario de las medidas adoptadas por el Reino Unido en virtud del artículo 3 bis, apartado 1, de la Directiva 89/552/CEE del Consejo sobre la coordinación de determinadas disposiciones legales, reglamentarias y administrativas de los Estados miembros relativas al ejercicio de actividades de radiodifusión televisiva (Texto pertinente a efectos del EEE) (2007/730/CE) LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Vista la Directiva 89/552/CEE del Consejo, de 3 de octubre de 1989, sobre la coordinación de determinadas disposiciones legales, reglamentarias y administrativas de los Estados miembros relativas al ejercicio de actividades de radiodifusión televisiva (1), y, en particular, su artículo 3 bis, apartado 2,

Visto el dictamen del Comité establecido en virtud del artículo 23 bis de la Directiva 89/552/CEE,

Considerando lo siguiente:

(1) Por carta de 25 de septiembre de 1998, el Reino Unido (en lo sucesivo denominado 'RU') notificó a la Comisión un conjunto de medidas por él adoptadas en el marco del artículo 3 bis, apartado 1, de la Directiva 89/552/CEE. La Comisión comunicó esas medidas a los otros Estados miembros el 2 de noviembre de 1998, recibiendo después observaciones del Comité establecido en virtud del artículo 23 bis de esa Directiva con motivo de su reunión del 20 de noviembre de 1998. Por carta de 23 de diciembre del mismo año, la Comisión informó al RU de la existencia de ciertas dudas sobre el alcance de las medidas notificadas, dudas que le impedían evaluar la compatibilidad de dichas medidas con el Derecho comunitario.

En respuesta a ese correo, el RU notificó a la Comisión por carta de 5 de mayo de 2000 una versión modificada de las medidas en cuestión.

(2) Dentro de los tres meses siguientes a esa notificación, la Comisión procedió a verificar si las medidas eran compatibles con el Derecho comunitario, examinando en particular su proporcionalidad así como la transparencia del procedimiento de consulta nacional.

(3) En su examen, la Comisión tomó en consideración los datos disponibles sobre la situación de los medios de comunicación en el RU.

(4) La Comisión comprobó que la lista de los 'acontecimientos de gran importancia para la sociedad' recogidos en las medidas notificadas por el RU se había elaborado de forma clara y transparente y que se había organizado en el país un proceso de consultas de amplio alcance.

(5) La Comisión verificó que los acontecimientos previstos en las medidas del RU cumplían, por lo menos, dos de los criterios que se consideran indicadores fiables de la importancia de un acontecimiento para la sociedad. Tales criterios son: i) una resonancia general especial en el Estado miembro, y no un simple interés para quienes sigan habitualmente el deporte o la actividad de que se trate; ii) un peso cultural claro y generalmente reconocido en la población del Estado miembro, especialmente como catalizador de su identidad cultural; iii) la participación del equipo nacional en una competición o torneo de importancia internacional, y iv) el hecho de que el acontecimiento se haya transmitido tradicionalmente en televisión de libre acceso y haya logrado altos índices de audiencia.

ESL 295/12 Diario Oficial de la Unión Europea 14.11.2007 (1) DO L 298 de 17.10.1989, p. 23. Directiva modificada por la Directiva 97/36/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 202 de 30.7.1997, p. 60).

(6) De los acontecimientos previstos en las medidas del RU, hay un número considerable que responde al tipo de acontecimientos que vienen considerándose tradicionalmente de gran importancia para la sociedad, como los Juegos Olímpicos de verano y de invierno o, en el caso del fútbol, el Campeonato del Mundo y el Campeonato de Europa, que se mencionan expresamente en el considerando 18 de la Directiva 97/36/CE. Esos acontecimientos tienen una resonancia general especial en el RU, pues atraen la atención no solo de quienes siguen normalmente los acontecimientos deportivos, sino también del público en general (independientemente de la nacionalidad de los participantes).

(7) La final de la FA Cup tiene una resonancia general especial en el RU por considerarse el principal partido del fútbol inglés y un auténtico acontecimiento nacional de fama mundial.

(8) La final de la Scottish FA Cup tiene una resonancia general especial en Escocia como acontecimiento de importancia similar a la de la final de la FA Cup (inglesa).

(9) El Grand National tiene una resonancia general en el RU como acontecimiento de larga tradición que, además de gozar de renombre y atractivo a nivel mundial, reviste una importancia cultural clara y generalmente reconocida para la población de ese país, formando parte de su conciencia nacional.

(10) El Derby tiene una resonancia general en el RU no solo porque es la principal carrera ecuestre de la temporada sin obstáculos y cita inexcusable del calendario nacional, sino también porque reviste una importancia cultural clara y generalmente reconocida para la población de ese país, como acontecimiento específicamente británico que atrae el interés de todos sin distinción de clases sociales.

(11) El Torneo de Tenis de Wimbledon tiene una resonancia general en el RU por ser la principal competición de tenis del país y un acontecimiento de renombre internacional que suscita la cobertura de numerosísimos medios de comunicación. Además, esa resonancia general y la inequívoca importancia cultural que reviste este acontecimiento en el RU se deben al éxito que obtienen en él los participantes del país.

(12) La final de la Rugby League Challenge Cup y la de la Copa del Mundo de Rugby tienen una resonancia general en el RU como acontecimientos que suscitan un amplio interés, incluso entre personas que no siguen normalmente este tipo de competiciones. Como citas importantes del calendario deportivo del país, tienen también resonancia general en el RU los partidos del Torneo de Rugby de las Seis Naciones en los que participan Escocia, Inglaterra o el País de Gales (1).

(13) Los Cricket Test Matches (partidos internacionales de cricket jugados en Inglaterra) tienen una resonancia general en el RU como acontecimientos señeros del deporte estival nacional que, ofreciendo la participación del equipo inglés y de los grandes equipos extranjeros de este deporte, suscitan un interés general sin distinción de clases sociales ni regiones. También algunos partidos de la Copa del Mundo de Cricket (la final, las semifinales y los partidos en los que juegan los equipos nacionales) tienen una resonancia general en el RU dado que forman parte del único campeonato mundial autónomo de este deporte y constituyen una competición al más alto nivel en la que participan los equipos del país. Además, estos acontecimientos revisten una importancia cultural clara y generalmente reconocida para la población del RU debido a su atractivo multicultural, que contribuye a la cohesión social y refuerza los lazos entre los miembros de la Commonwealth.

(14) Los Juegos de la Commonwealth tienen una resonancia general especial en el RU por ser una competición tradicional de alto nivel en la que participan deportistas nacionales.

(15) El Campeonato Mundial de Atletismo tiene una resonancia general especial en el RU porque es el principal evento de los consagrados exclusivamente al atletismo y una competición al más alto nivel en la que participan deportistas del país.

(16) La Ryder Cup de Golf tiene una resonancia general especial en el RU dado que constituye un importante y exclusivo torneo internacional en el que compiten jugadores del país al más alto nivel.

(17) El Open de Golf (británico) tiene una resonancia general especial en el RU por ser el principal torneo del golf británico y uno de los más importantes y antiguos del golf mundial.

(18) Los acontecimientos inscritos en la lista del RU, incluidos los que deben considerarse como un conjunto y no como una sucesión de eventos individuales, se han transmitido tradicionalmente en televisión de libre acceso y han atraído altos índices de audiencia. En los casos excepcionales en que esto no ha sido así (partidos de la Copa del Mundo de Cricket), la lista, además de ser limitada (solo incluye la final, las semifinales y los partidos en los que participen los equipos nacionales), requiere únicamente una adecuada cobertura secundaria y cumple de cualquier forma dos de los criterios que se consideran indicadores fiables de la importancia de los acontecimientos para la sociedad (considerando 13).

ES14.11.2007 Diario Oficial de la Unión Europea L 295/13 (1) La lista del Reino Unido se modificó en 2001 cuando el Torneo de Rugby de las Cinco Naciones pasó a denominarse Torneo de Rugby de las Seis Naciones.

(19) Las medidas notificadas por el RU parecen proporcionadas y justifican que se adopte una excepción al principio fundamental de libre prestación de servicios, contenido en el Tratado CE, como respuesta a la imperiosa necesidad de interés público de garantizar un amplio acceso a la transmisión de los acontecimientos de gran importancia para la sociedad.

(20) Las medidas del RU son compatibles con las normas de competencia de la CE, dado que la definición de los organismos de radiodifusión calificados para la transmisión de los acontecimientos inscritos en la lista se basa en criterios objetivos que...

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