Ayudas estatales España Ayuda C 20/2002 (ex N 458/01) Ayudas a la investigación y desarrollo en el ámbito aeronáutico para Gamesa Invitación a presentar observaciones, en aplicación del apartado 2 del artículo 88 del Tratado CE

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AYUDAS ESTATALES -- ESPAÑA Ayuda C 20/2002 (ex N 458/01) -- Ayudas a la investigación y desarrollo en el ámbito aeronáutico para Gamesa Invitación a presentar observaciones, en aplicación del apartado 2 del artículo 88 del Tratado CE (2002/C 153/10) (Texto pertinente a efectos del EEE) Por carta de 12 de marzo de 2002, reproducida en la versión lingüística auténtica en las páginas siguientes al presente resumen, la Comisión notificó a España su decisión de incoar el procedimiento previsto en el apartado 2 del artículo 88 del Tratado CE en relación con la ayuda antes citada.

Las partes interesadas podrán presentar sus observaciones sobre la ayuda respecto de la cual la Comisión ha incoado el procedimiento en un plazo de un mes a partir de la fecha de publicación del presente resumen y de la carta siguiente, enviándolas a:

Comisión Europea Dirección General de Competencia Dirección Ayudas de Estado I -- Unidad G2

B-1049 Bruxelles/Brussel Fax (32-2) 296 98 14 y (32-2) 296 12 42

Dichas observaciones serán comunicadas a España. La parte interesada que presente observaciones podrá solicitar por escrito, exponiendo los motivos de su solicitud, que su identidad sea tratada confidencialmente.

RESUMEN 1. Procedimiento Mediante carta de 28 de junio de 2001, registrada el 2 de junio de 2001, la Representación Permanente de España notificó, con arreglo al apartado 3 del artículo 88 del Tratado CE, el proyecto de ayudas a la investigación y desarrollo en el ámbito aeronáutico en favor de la empresa Gamesa. Se transmitió información complementaria mediante cartas de 3 de octubre de 2001, registrada el 5 de octubre de 2001, y de 11 de enero de 2002, registrada el 15 de enero de 2002.

La Comisión hizo examinar el expediente a un experto científico independiente. Este peritaje dio lugar a un contrato firmado el 14 de diciembre de 2001.

  1. Descripción de la ayuda La empresa beneficiaria es la sociedad Gamesa. Fabrica y suministra productos, instalaciones y servicios tecnológicamente avanzados en los ámbitos de la aeronáutica y las energías renovables.

    Gamesa participa actualmente en un proyecto de desarrollo de dos nuevos modelos de aviones regionales: el ERJ-170 y el ERJ-190. Este proyecto fue puesto en marcha por la empresa brasileña Embraer. Gamesa se encarga de proporcionar el fuselaje posterior, la cola y el timón de las dos aeronaves.

    En este marco, Gamesa emprendió un proyecto de I+D destinado a la adquisición de las tecnologías necesarias para el desarrollo de secciones posteriores de aviones comerciales, que se aplicará tanto para el proyecto ERJ-170/190 como para otros programas futuros. La duración del proyecto es de cuatro años, de 2000 a 2003.

    Según las autoridades españolas, el programa de trabajo del proyecto incluye las siguientes actividades:

    1) Estudios de viabilidad 2) Investigación industrial Se trata de adquirir las tecnologías necesarias para desarrollar el proyecto: tecnologías mecánicas globales, tecnologías de los materiales, métodos y fabricación, tecnologías de inspección, mantenimiento y reparación y tecnologías de proyecto.

    ESC 153/14 Diario Oficial de las Comunidades Europeas 27.6.2002

    3) Actividades de desarrollo precompetitivo Se trata de las actividades técnicas necesarias para permitir la concepción, el desarrollo, la integración, las pruebas, la certificación y el apoyo operativo de la cola y del fuselaje posterior de los aviones ERJ-170/190. Esto incluye trabajos relativos a la geometría básica de los productos, definición de normas, cálculo de cargas, concepción de elementos, ingeniería de estructuras, ingeniería de sistemas, pruebas de certificación, estudios de mantenimiento, desarrollo y concepción de herramientas y definición de métodos de fabricación.

    El coste total del proyecto es de [. . .] (*) millones de euros.

    Con el fin de apoyar este proyecto, el Gobierno vasco (administración regional), prevé conceder una ayuda consistente en un préstamo a tipo cero por un importe total de 25,60 millones de euros. Habida cuenta de un tipo de referencia y actualización del 6,33 %, según los cálculos efectuados por la Comisión el equivalente de subvención bruto de este préstamo a tipo cero es el [. . .].

  2. Valoración La medida parece a primera vista constituir ayuda estatal en el sentido del apartado 1 del artículo 87 del Tratado CE. La Comisión ha analizado este aspecto de acuerdo con el Encuadramiento comunitario sobre ayudas de Estado de investigación y desarrollo (en lo sucesivo, 'el Encuadramiento') (1).

    A raíz de este análisis, la Comisión formuló dudas, por una parte, sobre la clasificación de los trabajos según las fases de investigación definidas en el anexo I del Encuadramiento I+D y, por tanto, la intensidad admisible de la ayuda y, por otra parte, sobre la existencia del efecto de incentivación de la ayuda según lo dispuesto en el punto 6 del Encuadramiento I+D.

    Con respecto a las fases de investigación La Comisión alberga dudas sobre la naturaleza de actividad de I+D de las labores de certificación y los estudios de manteniemiento. En efecto, estos trabajos parecen aplicarse a productos muy próximos al mercado, por lo que la Comisión considera que no puede excluirse que se utilicen con fines industriales o comerciales, o se transformen con tal fin.

    Por otra parte, el experto independiente consultado para analizar científicamente el expediente indicó que la información proporcionada por las autoridades españolas hasta la fecha no permite determinar si las actividades del programa de trabajo calificadas de investigación industrial o de estudios de viabilidad por las autoridades españolas están suficientemente apartadas del mercado para poder calificarse de actividades de investigación industrial en el sentido del anexo I del Encuadramiento I+D.

    Las autoridades...

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