Sentencia del Tribunal de Primera Instancia, de 21 de octubre de 2004, en el asunto T-36/99: Lenzing AG contra Comisión de las Comunidades Europeas (Ayudas de Estado Recurso de anulación Admisibilidad Acto que afecta individualmente a la demandante Artículo 87 CE, apartado 1 Acuerdos de aplazamiento y de devolución de deudas Criterio del...
Section | Case |
Issuing Organization | Comisión de las Comunidades Europeas |
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA de 21 de octubre de 2004 en el asunto T-36/99: Lenzing AG contra Comisión de las Comunidades Europeas (1 ) (Ayudas de Estado -- Recurso de anulación -- Admisibilidad -- Acto que afecta individualmente a la demandante -Artículo 87 CE, apartado 1 -- Acuerdos de aplazamiento y de devolución de deudas -- Criterio del acreedor privado) (2004/C 314/30) (Lengua de procedimiento: alemán) En el asunto T-36/99, Lenzing AG, con domicilio social en Lenzing (Austria), representada inicialmente por el Sr. H.-J.
Niemeyer y posteriormente por los Sres. I. Brinker y U. Soltész, abogados, contra Comisión de las Comunidades Europeas (agentes: Sres. V. Kreuschitz y D. Triantafyllou, asistidos por el Sr. M. Núñez-Müller, abogado, que designa domicilio en Luxemburgo), apoyada por Reino de España (agente: Sra. N.
Díaz Abad, que designa domicilio en Luxemburgo), que tiene por objeto una pretensión de anulación parcial de la Decisión 1999/395/CE de la Comisión, de 28 de octubre de 1998, relativa a la ayuda estatal otorgada por España a Sniace, S.A., situada en Torrelavega, Cantabria (DO L 149, p. 40), en su versión modificada por la Decisión 2001/43/CE de la Comisión, de 20 de septiembre de 2000 (DO L 11, p. 46), el Tribunal de Primera Instancia (Sala Quinta ampliada), integrado por el Sr. R. García-Valdecasas, Presidente, y la Sra. P. Lindh, los Sres. J.D. Cooke y H. Legal y la Sra. M.E. Martins Ribeiro,
Jueces; Secretaria: Sra. D. Christensen, administradora, ha dictado el 21 de octubre de 2004 una sentencia cuyo fallo es el siguiente:
1) Anular el artículo 1, apartado 1, de la Decisión 1999/395/CE de la Comisión, de 28 de octubre de 1998, relativa a la ayuda estatal otorgada por España a Sniace, S.A., situada en Torrelavega, Cantabria, en su versión modificada por la Decisión 2001/43/CE de la Comisión, de 20 de septiembre de 2000.
2) La Comisión cargará con sus propias costas y con las de la demandante.
3) El Reino de España cargará con sus propias costas.
(1 ) DO C 160 de 5.6.1999.
SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA de 5 de octubre de 2004 en el asunto T-45/01: Stephen Sanders y otros contra Comisión de las Comunidades Europeas (1 ) (Personal empleado en la Empresa Común JET -- Igualdad de trato -- Inaplicación del estatuto de agente temporal -Artículo 152 CEEA -- Plazo razonable -- Perjuicios materiales sufridos) (2004/C...
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