2003/C 28 E/265E-2424/02 de Alexandros Alavanos a la Comisión Asunto: Vacaciones anuales de los trabajadores griegos

Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

La adición de proteínas (incluidas las proteínas bovinas o porcinas) a la carne fresca de ave de corral con el fin de obtener un preparado de carne no está prohibida por la legislación comunitaria, siempre y cuando:

no existan disposiciones legales que excluyan específicamente su uso para esta categoría de productos;

las proteínas añadidas sean aptas para el consumo humano;

las proteínas estén etiquetadas de conformidad con las disposiciones sobre el etiquetado de ingredientes.

La Comisión considera que este problema en torno a los 'filetes de pollo' es fundamentalmente una infracción de la legislación sobre el etiquetado de alimentos. La cuestión tiene que ver, por tanto, con la aplicación y el control de la legislación comunitaria vigente. Las autoridades neerlandesas se han comprometido a adoptar las medidas necesarias para garantizar que se cumplan las condiciones arriba indicadas, y a informar regularmente a la Comisión y a los otros Estados miembros sobre los resultados de tales medidas.

  1. Seguimiento de las medidas adoptadas por las autoridades neerlandesas En su respuesta de 12 de julio de 2002, las autoridades neerlandesas informaron a la Comisión de las medidas que han adoptado tras llevar a cabo inspecciones y análisis de los productos en cuestión.

Las medidas relativas al etiquetado, en especial el nombre del producto, la lista de ingredientes y el contenido de carne, parecen apropiadas para informar adecuadamente a los consumidores sobre la auténtica naturaleza y la composición de estos productos. Las autoridades neerlandesas han establecido también controles oficiales regulares para comprobar la idoneidad y la seguridad alimentaria de los filetes de pollo preparados por las empresas neerlandesas en cuestión, y se han comprometido a informar de sus resultados.

La Comisión supervisará la eficacia de las medidas adoptadas y revisará la situación a través de los comités pertinentes.

(1) Directiva 2000/13/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de marzo de 2000, relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros en materia de etiquetado, presentación y publicidad de los productos alimenticios, DO L 109 de 6.5.2000.

(2) Reglamento (CEE) no 1906/90 del Consejo, de 26 de junio de 1990, por el que se establecen normas de comercialización aplicables a las aves de corral, DO L 173 de 6.7.1990 y Reglamento (CEE) no 1538/91 de la Comisión, de 5 de junio de 1991, que establece las disposiciones de aplicación...

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