2003/C 28 E/265E-2424/02 de Alexandros Alavanos a la Comisión Asunto: Vacaciones anuales de los trabajadores griegos
Issuing Organization | Comisión de las Comunidades Europeas |
La adición de proteínas (incluidas las proteínas bovinas o porcinas) a la carne fresca de ave de corral con el fin de obtener un preparado de carne no está prohibida por la legislación comunitaria, siempre y cuando:
no existan disposiciones legales que excluyan específicamente su uso para esta categoría de productos;
las proteínas añadidas sean aptas para el consumo humano;
las proteínas estén etiquetadas de conformidad con las disposiciones sobre el etiquetado de ingredientes.
La Comisión considera que este problema en torno a los 'filetes de pollo' es fundamentalmente una infracción de la legislación sobre el etiquetado de alimentos. La cuestión tiene que ver, por tanto, con la aplicación y el control de la legislación comunitaria vigente. Las autoridades neerlandesas se han comprometido a adoptar las medidas necesarias para garantizar que se cumplan las condiciones arriba indicadas, y a informar regularmente a la Comisión y a los otros Estados miembros sobre los resultados de tales medidas.
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Seguimiento de las medidas adoptadas por las autoridades neerlandesas En su respuesta de 12 de julio de 2002, las autoridades neerlandesas informaron a la Comisión de las medidas que han adoptado tras llevar a cabo inspecciones y análisis de los productos en cuestión.
Las medidas relativas al etiquetado, en especial el nombre del producto, la lista de ingredientes y el contenido de carne, parecen apropiadas para informar adecuadamente a los consumidores sobre la auténtica naturaleza y la composición de estos productos. Las autoridades neerlandesas han establecido también controles oficiales regulares para comprobar la idoneidad y la seguridad alimentaria de los filetes de pollo preparados por las empresas neerlandesas en cuestión, y se han comprometido a informar de sus resultados.
La Comisión supervisará la eficacia de las medidas adoptadas y revisará la situación a través de los comités pertinentes.
(1) Directiva 2000/13/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de marzo de 2000, relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros en materia de etiquetado, presentación y publicidad de los productos alimenticios, DO L 109 de 6.5.2000.
(2) Reglamento (CEE) no 1906/90 del Consejo, de 26 de junio de 1990, por el que se establecen normas de comercialización aplicables a las aves de corral, DO L 173 de 6.7.1990 y Reglamento (CEE) no 1538/91 de la Comisión, de 5 de junio de 1991, que establece las disposiciones de aplicación...
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